Galicia tendrá que devolver más de 750.000 euros a la UE por deficiencias en concesión de ayudas agrícolas

La corte europea considera que los controles hechos por la Xunta para otorgar esas subvenciones durante los ejercicios 2008 y 2009 eran deficientes. Los sindicatos agrarios se muestran preocupados por la decisión y la conselleira do Medio Rural recuerda que “fue una infracción cometida por el Gobierno Bipartito”.

Galicia tendrá que devolver más de 750.000 euros a la UE por deficiencias en concesión de  ayudas agrícolas

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) informó ayer de que ha desestimado un recurso interpuesto por el Gobierno España relativo a determinadas ayudas agrícolas a explotaciones ganaderas que habían beneficiado a Galicia.

El Tribunal, con sede en Luxemburgo, señaló que en 2013 la Comisión Europea (CE) excluyó de la financiación comunitaria determinados gastos de los Estados miembros con cargo a la sección Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Se excluía así de esa financiación a algunos gastos efectuados por la Xunta de Galicia de ayuda porindemnizaciones compensatorias de las desventajas naturales del programa de desarrollo rural 2007-2013 de Galicia.

Esa ayuda se dio con cargo a los ejercicios económicos de 2008 y 2009, aplicando una corrección financiera a tanto alzado del 5 %, por un importe de 1,17 millones de euros, de los que 757.968,97 euros correspondían al concepto ‘desventajas naturales’, una cantidad que el Gobierno tendrá que reingresar a las arcas comunitarias.
El Gobierno de España interpuso en octubre de 2013 un recurso de anulación parcial contra esa decisión e impugnó esa corrección por entender que la decisión de la CE respecto a las desventajas naturales infringía las normas de derecho comunitarias.

Deficiencias en los controles sobre número de animales y respeto a la carga ganadera

La corte europea señala que la CE, tras investigar el caso, concluyó que los controles hechos en Galicia tenían deficiencias e insistió en recontar los animales de las explotaciones y en respetar la carga ganadera como valor medio de todo el año. Ambos son criterios u obligaciones a cumplir para poder recibir ayudas por desventajas naturales.

La CE consideró también que el no poder controlar a diario la carga ganadera y que hubiese de aceptarse una media anual, «no significaba que el beneficiario no tuviese que cumplir de manera constante sus obligaciones a ese respecto», dice la sentencia.

España contestó la decisión de la CE por consideran que no favorecía la utilización racional de los pastos de las zonas con dificultades naturales y de sistemas respetuosos con el medio ambiente.

El Tribunal General indicó hoy que esas medidas «son ayudas por superficie» y que ello «no excluye de entrada la necesidad de efectuar controles sobre el terreno, ya que el Derecho de la UE no contempla exclusión alguna a ese respecto».

España sostenía que no era necesario el recuento de animales porque las ayudas de superficie no se basan en el número de cabezas de ganado, sino en el mantenimiento de una carga ganadera que pueda asegurar una determinada utilización de la superficie forrajera en la explotación.

El tribunal también precisó que las superficies por las que se percibían esas ayudas en las zonas de montaña y en las zonas distintas de las de montaña podían albergar explotaciones de ganado vacuno, ovino-caprino o equino, y que estaba justificado pedir un control de los animales sobre el terreno.

También destacó que no hacerse controles sobre el terreno el día de la inspección es unincumplimiento por parte de España de las normas sobre controles de esas explotaciones en las superficies por las que se percibieron las ayudas que fueron objeto de la corrección.

La misma corte señaló que contra esta sentencia se puede interponer un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia en el plazo de dos meses, contado a partir de su notificación, y que ese recurso está limitado a las cuestiones de Derecho.

Los sindicatos agrarios se muestran preocupados y la conselleira do Medio Rural recuerda que la infracción se produjo durante el Gobierno Bipartito

Aeste respecto, el secretario general de Unións Agrarias, Roberto García, lamentó esta decisión del Tribunal de Justicia de la UE, pero lamentó que “el trato diferenciado que este Gobierno pide a Bruselas para conceder las ayudas agrarias, luego en España no se aplica”.

En concreto, advirtió de que “el problema no es de la cantidad de ayudas, ya que cada año vamos a disponer de 5.000 millones de la UE en ayudas agrícolas para España”. Sin embargo, criticó que “a la hora del reparto el Gobierno Central ha decidido que no sea entre los 400.000 agricultores profesionales, sino entre el millón que ese propietario de fincas agrícolas, o que en Galicia el gobierno de la Xunta ha decidido renunciar a la posibilidad de establecer un pago diferenciado en las ayudas de la PAC para las primeras 25 hectáreas de las explotaciones agrarias”.

Por su parte, Lara Barros, del Sindicato Labrego Galego, recordó que “el nuevo Plan de Desarrollo Rural de Galicia está suspendido por la Comisión Europea por deficiencias en su elaboración por parte de la Consellería do Medio Rural”, algo que, alertó, “pone en peligro las ayudas de los planes de incorporación de nuevos agricultores y ganaderos”.

Ambas organizaciones agrarias realizaron esta valoración en Santiago de Compostela tras reunirse con la dirección de Podemos en Galicia, un partido que trasladó su apoyo a la manifestación convocada en Santiago por la Plataforma en Defensa do Sector Lácteo Galego para estes viernes.

Por su parte, la conselleria do Medio Rural e do Mar, Rosa Quintana recordó que la devolución de ayudas que confirma la sentencia del Tribunal Europeo de Justicia “es por una acción de la Xunta de Galicia durante los años 2008 y 2009, durante el Gobierno Bipartito”.

Puedes descargar aquí la sentencia completa.

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