Actuaciones en los cauces fluviales: qué está permitido y qué trámites se precisan

La última modificación de la normativa que regula las actuaciones permitidas en las proximidades de los ríos agiliza plazos y reduce trámites. Conocemos en detalle los cambios introducidos y los procedimientos que se requieren ahora para llevar a cabo acciones en estos espacios

Actuaciones en los cauces fluviales: qué está permitido y qué trámites se precisan

Retirar un árbol seco del lecho de un río o colocar cierres para el ganado en las parcelas al lado de un riachuelo son dos trabajos del día a día en el campo para los cuáles es preciso tramitar una notificación a Augas de Galicia, antes de llevarlos a cabo. Los márgenes de los ríos son de los espacios que cuentan con protección especial y en los que las actuaciones están limitadas y controladas.

Los trámites para actuaciones en estas zonas requerían o bien una autorización directa de Augas de Galicia o en el caso de las acciones con menor impacto, bastaba con tramitar una declaración responsable, aunque había que esperar 15 días para poder comenzar a realizar los trabajos.

La última modificación de la normativa que regula estas actuaciones en los lechos fluviales abre la posibilidad de que las tramitaciones sean más ágiles y sencillas, aunque sigue a ser preciso comunicárselo a la Administración.

El decreto aprobado amplía el catálogo de las acciones que sólo precisan una declaración responsable para llevarse a cabo

El nuevo decreto busca que las gestiones y los tiempos de espera por las autorizaciones se reduzcan y se agilicen las tramitaciones. Así, el decreto que entró en vigor el 23 de marzo del 2020 modifica los permisos precisos para acometer obras menores en los márgenes de los ríos de la provincia de A Coruña, el noroeste de Pontevedra y norte de Lugo, a la par que acorta los plazos.

«El objetivo de esta nueva disposición normativa es ampliar el catálogo de actuaciones que se pueden acometer al lado de los lechos fluviales con sólo una declaración responsable ante la Administración hidráulica de la Xunta, sin tener que esperar la autorización de Augas de Galicia», explican desde la Consellería de Infraestructuras y Movilidad.

El principal cambio que se introduce en el Decreto 1/2015, del 15 de enero, que regula las gestiones en los márgenes fluviales, es que se incrementan los casos para los que basta con tramitar una declaración responsable. Pero, ¿para qué acciones es preciso presentar esta solicitud?

Declaración responsable

La nueva norma amplía el catálogo de actuaciones que se pueden acometer al lado de los lechos fluviales con sólo una declaración responsable. Se incluyen trabajos menores en la zona de policía de los ríos de la demarcación Galicia-Costa, en general en una franja de 100 metros a cada lado de los canales de los ríos.

Franxa fluvial na que, para determinadas actuacións, abonda con presentar unha declaración responsable.

Franja fluvial en la que, para determinadas actuaciones, es suficiente con presentar una declaración responsable.

Recogemos las acciones para las que se requiere una declaración responsable:

-Retirada de árboles muertas y podas de árboles que impidan accesos a los canales o, siempre que no impliquen pérdida del sustrato arbóreo de la ribera.

-Retirada de árboles muertas y podas de árboles que reduzcan la capacidad del canal del río.

-Retirada de elementos arrastrados por la corriente que obstruyan el canal o que constituyan un elemento de degradación o contaminación.

-Mantenimiento de las secciones de medición de caudales de las redes oficiales de estaciones de medición.

madeira rio

La retirada de árboles secas puede realizarse una vez presentada la declaración responsable.

Con la modificación del decreto, también pueden ejecutarse sólo con declaración responsable, sin necesidad de autorización, las siguientes actuaciones menores de mantenimiento y conservación en el dominio público hidráulico y en su zona de policía:

-En infraestructuras, el bacheo de pistas forestales y la renovación de capas de rodadura de carreteras y otras obras menores de mantenimiento o de mejora de la red viaria pública tales como la renovación de los tendidos enterrados de redes de abastecimiento de agua, alcantarillas, de electricidad, de gas o de telecomunicaciones, excepto cuando para su ejecución fueran precisos movimientos de tierras. También, la colocación y relevo de carteles informativos o de señalización.

-En edificaciones y viviendas, el pintado, revestimiento e impermeabilización de fachadas, cambio de ventanas o relevo de tejados y otras actuaciones de similares características que en ningún caso impliquen ampliación del volumen.

-Los siguientes tipos de cierres: pastor eléctrico para guardar animales y permeables de malla o similares y con una distancia mínima entre postes de 3 metros.

Con este cambio, la Administración procura agilizar las tramitaciones y evitar que el servicio se sature. Según apuntan desde la Consellería de Infraestructuras y Movilidad, al año estaban recibiendo unas 1.200 solicitudes de autorización de obras. Las previsiones manejadas estimaban que este número se reduciría casi en 500 solicitudes, que pasarían a tramitarse como declaraciones responsables.

Se estaban tramitando unas 1.200 solicitudes de autorizaciones de obra al año. Buscan que cerca de la mitad de estas peticiones pasen a gestionarse como declaraciones responsables

«El volumen de solicitudes que estaban recibiéndose podía saturar el servicio y hacer que se retrasen en su emisión. Con el cambio se buscaba agilizar las actuaciones y centrar los esfuerzos en los campos en los que resulte más necesario actuar», indican desde la Consellería.

Sin esperas

Otra de las novedades salientables que incluyó el nuevo decreto es la reducción de tiempos de espera. En el caso de las acciones para las que sólo sea preciso presentar una declaración responsable, estas podrán comenzarse al día siguiente de tener presentada la petición. Hasta ahora, los trabajos permitidos con sólo declaración responsable no podían iniciarse hasta 15 días después.

Para tramitar la declaración responsable, las personas interesadas pueden descargar el modelo de la web de la Consellería de Infraestructuras y presentarlo cubierto en cualquiera registro de la Xunta de Galicia antes de iniciar los trabajos.

En el caso de las administraciones públicas, personas jurídicas o las que ejerzan una actividad profesional para a cuál se requiera estar colegiado deberán presentarlo de manera telemática, a través de la sede electrónica de la Xunta.

En esta declaración responsable, el solicitante declara que, bajo su responsabilidad, cumple con los requisitos y tiene la documentación necesaria para realizar la actividad. En el documento se detalla no sólo la actuación que se ha previsto realizar sino la localización de los trabajos con respeto del lecho del río. Además, se incorpora una descripción detallada de las actuaciones para que Augas de Galicia pueda conocer e identificar exactamente las actuaciones u obras para las que se presenta de la declaración, así como la fecha de inicio de las actuaciones y los plazos de ejecución que manejan.

Mientras, para aquellas actuaciones en los márgenes de protección de los lechos fluviales que no se encuentran sujetos a la declaración responsable, los interesados deberán solicitar una autorización administrativa previa a Augas de Galicia. En estos trámites, además de la solicitud se deberá incluir la documentación necesaria para tramitarla.

-Consulta aquí la guía habilitada por la Consellería de Infraestructuras para cubrir la Declaración responsable.

Esta información fue realizada en colaboración con la Consellería de Infraestructuras da Xunta de Galicia

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