El Ministerio de Agricultura acaba de publicar el Real Decreto 1307/2024, que modifica una serie de normativas sobre bienestar, sanidad animal e identificación del ganado. La nueva regulación, que busca dar respuesta a las demandas del campo, incorpora cambios sustanciales. Una de las modificaciones esperadas por el agro es la eliminación de la obligación de incorporar un acceso del ganado al exterior de las instalaciones (patios o similares).
En 2022, el Real Decreto 1053/2022 establecía que los animales debían poder pasar parte del tiempo en el exterior, para lo cual se instaba a diseñar las instalaciones ganaderas con inclusión de patios cubiertos o espacios exteriores similares.
Con los cambios ahora introducidos, la normativa se limita a indicar que en las instalaciones debe garantizarse “el confort térmico y la protección (de los animales) frente a las inclemencias del tiempo”. También se especifica que el ganado debe disponer de “espacio que le permita moverse libremente” y que las concentraciones ambientales de gases y polvo deben ser similares a las del exterior.
Cubículos
La nueva regulación hace también precisiones sobre los cubículos de alojamiento del ganado: “Deben existir por lo menos tantos cubículos como número de animales alojados”. Y se mantiene la obligación de tener plazas de alimentación por lo menos en igual número a los animales alojados, para evitar situaciones de estrés, salvo que haya alimentación a libre disposición (ad libitum).
Descargas eléctricas
Los dispositivos y herramientas que le den descargas eléctricas a los animales se prohíben con carácter general, pero continúan permitidas las cercas eléctricas tradicionales, así como los cercados virtuales, estos últimos con supervisión veterinaria.
Identificación y registro del ganado
La regulación publicada este martes modifica también la normativa sobre identificación y registro de ganado, modificando el Real Decreto 787/2023. Uno de los principales cambios es el ya anunciado el pasado lunes: la identificación electrónica de los animales pasa a ser obligatoria en todos los animales nacidos a partir del 25 de junio del 2025.
Eliminada la obligación del veterinario de explotación
Otro cambio, ya anunciado, es la eliminación de la obligatoriedad de nombrar un veterinario de explotación, que sea responsable del plan sanitario integral.
El plan sanitario integral pasa a ser voluntario
En un comunicado de prensa del Ministerio del pasado lunes, se aludía a la obligatoriedad del plan sanitario integral de explotaciones, si bien el texto del Boletín Oficial del Estado, que modifica el Real decreto 364/2023, ha llegado con sorpresa y pasa a determinar que el plan sanitario integral de explotaciones será voluntario.
Sistema Integral de Gestión de Explotaciones Bovinas
La obligación de contar con un Sistema Integral de Gestión de Explotaciones Bovinas entrará en vigor el 1 de junio del 2025 para todas las ganaderías con más de 20 unidades de ganado mayor.
El principal cambio para este Sistema son los ya mencionados de la voluntariedad del veterinario de explotación y de la voluntariedad del plan sanitario integral. Sin embargo, se mantienen el resto de obligaciones:
- Plan de bienestar animal
- Plan de gestión ambiental, con medidas para la optimización del consumo de agua y energía, para el control de ruidos, polvo y olores.
- Plan de gestión de residuos
- Plan de producción y gestión del estiércol. Tendrá que incluir un cálculo de la producción anual de estiércol y una descripción de la gestión prevista (valorización agronómica y otras vías de gestión, si las hubiera). También se tendrá que precisar la superficie de suelo agrícola y forestal disponible para la aplicación, con identificación de las parcelas destinatarias.