Así queda la normativa de aplicación de purines y estiércol en el agro

El estiércol y el purín deberán enterrarse al día siguiente de su aplicación en las tierras de cultivo. El Ministerio modifica el Real Decreto de Nutrición Sostenible de Suelos Agrarios flexibilizando los plazos para la fertilización orgánica a expensas de que la Xunta autorice el uso del plato invertido como alternativa a los sistemas de aplicación localizada de purín

El estiércol podrá acumularse durante 10 días en las parcelas para facilitar su aplicación y deberá enterrarse en las 24 horas posteriores

El estiércol estará en las parcelas 10 días antes de su aplicación pero deberá enterrarse en las 24 horas posteriores

El Ministerio de Agricultura flexibiliza la normativa en vigor sobre fertilización agraria con el objetivo de hacer más viable y realista su aplicación. El Real Decreto, aprobado este martes en Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Agricultura y publicado este miércoles en el BOE, incorpora nuevas regulaciones y simplifica algunas medidas del Real Decreto de nutrición sostenible de los suelos agrarios aprobado a finales de 2022. 

Algunas de las modificaciones derivan de las 43 medidas de apoyo al sector agrario aprobadas por el Gobierno para mejorar la situación de agricultores y ganaderos, acordadas con las organizaciones Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) y Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos tras las protestas y tractoradas llevadas a cabo la primavera pasada.

Incentivos sin definir para la implantación del Cuaderno Digital

En consonancia con otros cambios normativos anunciados, se modifican los artículos relativos al cuaderno de explotación y el plan de abonado. En concreto, se incluyen incentivos para el uso del cuaderno digital, ya que no tendrá carácter obligatorio sino voluntario, aunque estos incentivos no se detallan, y se define aquella información del plan de abonado que debe incluirse en el cuaderno de explotación, uno de cuyos puntos clave es la determinación de las dosis.

La norma recoge algunos compromisos del Gobierno en respuesta a las reivindicaciones de agricultores y ganaderos

Así, el plan de abonado, cuando sea obligatoria su aplicación (explotaciones de más de 10 hectáreas o cultivos de invernadero) deberá incluir los siguientes datos al inicio de la campaña agrícola: rendimiento esperado, cultivo precedente, necesidades de nitrógeno, fósforo y potasio y la fecha de elaboración del plan.

El plan incluirá la dosis recomendada de los distintos nutrientes, el momento en el que se pretenden aportar, así como el tipo de abono o material, la forma de aplicación y la maquinaria de distribución.

La figura del técnico asesor en fertilización podrá ser substituida por un programa informático de recomendaciones de abonado reconocido por la comunidad autónoma, siempre que el titular de la explotación lleve un Cuaderno Digital.

Flexibilización en la aplicación de purines y estiércoles

Tras más de un año de aplicación, la reforma del real decreto de nutrición sostenible de los suelos agrarios busca facilitar su aplicación y la puesta en marcha de determinados aspectos técnicos, así como “reforzar la coherencia con otras normativas, como la Ley de Residuos y suelos contaminados para una economía circular o disposiciones autonómicas sectoriales”, justifica el Ministerio.  

Una de las principales novedades es que se flexibilizan las obligaciones relacionadas con el uso de estiércoles, purines y otros abonos orgánicos, ya que, entre otras cuestiones, se da más tiempo para el almacenamiento en campo y su posterior aplicación, mediante su incorporación al suelo y su enterrado.

En este sentido, se amplía de 5 a 10 días del plazo en el que se permite el apilamiento de estiércol, que pueden llegar a 20 días en el caso de que el material esté compostado o digerido. Se exceptuará de esta obligación aquellas fincas cuyo acceso por parte de la maquinaria quede imposibilitado por las lluvias hasta que cese esta circunstancia.

El estiércol podrá apilarse durante 10 días en las fincas antes de su aplicación y el purín deberá enterrarse al día siguiente en tierras de cultivo salvo que se utilicen inyectores o tubos colgantes

También se amplía el plazo para el enterrado de purines y otros materiales orgánicos, que pasa de 12 a 24 horas. El enterrado deberá realizarse mediante arado de vertedera, chísel, cultivador o equipo que asegure una labor equivalente, salvo en el caso de utilizar sistemas de aplicación localizada (inyectores o tubos colgantes), en praderas o cultivos ya nacidos y cuando se realice siembra directa o agricultura de conservación.

Las comunidades autónomas, atendiendo a las características agroclimáticas de sus territorios y a la tipología de material aplicado, podrán establecer un plazo de tiempo máximo inferior a las 24 horas para llevar a cabo este enterrado.

También podrán autorizar sistemas alternativos a los inyectores y los tubos colgantes, como el plato invertido, una medida que la Xunta de Galicia ha anunciado, pudiendo utilizarse los sistemas tradicionales de plato convencional y abanico en  fincas con pendientes medias de más del 10% o en explotaciones donde la mitad de la superficie agraria tenga más del 10% de pendiente.

Condiciones para la utilización de urea

Además de incorporar una redacción más clara de las disposiciones relativas a la reducción de la emisión de amoniaco, se tienen en cuenta otras tecnologías que permiten reducir el riesgo de lixiviación (extracción de una sustancia de un material sólido).

Cuando se utilice urea o soluciones nitrogenadas ureicas deberá emplearse, al menos, uno de los métodos indicados en el Real Decreto para mitigación de las emisiones (fraccionamiento de los aportes, incorporación al suelo antes de las 4 horas posteriores, aplicación de riego posterior, recubrimiento con polímeros de liberación lenta, utilización de inhibidores de la ureasa) o cualquier otro para el que se haya demostrado una eficiencia similar a la hora de reducir emisiones de amoniaco. El uso de urea como fertilizante obliga a llevar un cuaderno digital de explotación, aún sin estar obligado a ello por el resto de las disposiciones de este real decreto.

El Ministerio de Transición Ecológica tiene prioridad sobre el de Agricultura a la hora de establecer los coeficientes de reducción de amoníaco en cada campaña

Si, en el transcurso de un año, se constata que el nitrógeno aportado mediante urea y soluciones nitrogenadas ureicas supera en el ámbito nacional el 30% del nitrógeno total comercializado, en la siguiente campaña de abonado aquellas explotaciones que apliquen más del 20% de sus necesidades de nitrógeno mediante urea o soluciones nitrogenadas ureicas, deberán elegir aquellos métodos que garanticen una reducción de las emisiones igual o superior al 30% respecto a la técnica de referencia.

Lodos y residuos valorizables

Se añaden además nuevos residuos a la lista de aquellos que son admitidos, como efluentes de almazara o lías de vino, modificándose los requisitos para su aplicación, en consonancia con el mercado y los criterios de seguridad y eficacia agronómica.

Se prohíbe, en todo caso, la aplicación de otros materiales orgánicos u órganominerales, incluidos residuos, mediante sistemas de plato, abanico y cañón, siempre que la humedad de estos materiales sea igual o superior al 90% y su contenido en nitrógeno amoniacal sea superior al 0,1% sobre materia fresca.

Los lodos de depuradora podrán ser aplicados en praderas permanentes previa autorización de la comunidad autónoma

Los materiales orgánicos procedentes de residuos y utilizados como fertilizantes, deberán contar con una materia orgánica superior al 25% sobre el contenido de materia seca, cumplir con los requisitos de impurezas y estabilidad, declarar el contenido en Salmonella y Escherichia coli e incluir un análisis de los nutrientes que aportan, en particular, nitrógeno, fósforo, potasio, así como pH y conductividad eléctrica. Los valores de metales pesados de los residuos que se apliquen a los suelos deberán registrarse en el cuaderno de explotación y se añade un límite para el cromo.

Cuando se utilicen como enmiendas, estos residuos se aplicarán únicamente en tierras sin cultivo implantado y, cuando se apliquen en plantaciones leñosas o en cultivos herbáceos permanentes, se hará directamente al suelo y antes del fin de la parada invernal. En el caso de las praderas permanentes se podrán aplicar previa autorización de la comunidad autónoma.

Los valores de metales pesados de los residuos que se apliquen a los suelos deberán registrarse en el cuaderno de explotación

Si se aplican en tierras con cultivo implantado no deberán entrar en contacto con la parte del cultivo destinada al consumo. En comunidades autónomas que no dispongan de normativa aplicable con anterioridad a la regulación que se contempla en este nuevo Real Decreto, los residuos valorizables líquidos, salvo los lodos, que se empleen para aportar nutrientes a los cultivos, se aplicarán dejando, como mínimo, dos meses entre la aplicación y la cosecha o recolección.

No obstante, este periodo se podrá reducir a 21 días cuando la cosecha no se destine a consumo humano o animal o cuando la forma de cultivo o el sistema de aplicación del material garanticen que los residuos no entran en contacto con las partes comestibles del cultivo.

Objetivo: mayor eficiencia para reducir el coste de fertilización

“Esta nueva normativa responde al compromiso del Gobierno de avanzar en la fertilización racional de los cultivos, con el objetivo estratégico de aumentar o mantener la productividad de los suelos agrarios”, asegura el Ministerio. Al mismo tiempo, indica, “busca disminuir el impacto ambiental de la aplicación de productos fertilizantes y otras fuentes de nutrientes o materia orgánica, en línea con los objetivos de la estrategia europea De la Granja a la Mesa”.

“La fertilización racional de los suelos no sólo es importante para mejorar el desempeño ambiental de la agricultura, sino que resulta esencial para la eficiencia y la rentabilidad de la agricultura, en un contexto de elevados precios de los fertilizantes”, razona el departamento que dirige Luis Planas.

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