Ayudas de la Diputación de Pontevedra para crear parques forestales y mejorar el monte

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Administración convocante: Deputación de Pontevedra

Enlace axuda: https://boppo.depo.gal/detalle/-/boppo/2018/12/27/2018058877

Prazo: 26/01/2019

Resumo:

La Diputación de Pontevedra mantiene abierto el plazo de su tercera y última convocatoria de subvenciones para crear parques forestales en los montes de la provincia hasta finales de este mes. El vicepresidente César Mosquera explica que existe una partida económica de 800.000 euros a repartir entre los ayuntamientos pontevedreses y recuerda que es necesario que los gobiernos municipales presenten sus solicitudes por vía electrónica antes del 26 de enero.

Las bases de esta última convocatoria de ayudas para la mejora del monte fueron aprobadas el pasado mes en Junta de Gobierno y publicadas en el BOPPO el 27 de diciembre, dando un plazo de 30 días naturales para la presentación de solicitudes.

En las bases (que se pueden consultar aquí) se explica el conjunto de condiciones y el proceso que se seguirá para la concesión según los principios de objetividad y concurrencia competitiva.

Actuaciones que se subvencionan

Tal y como explicó el vicepresidente Mosquera, serán acciones subvencionables los proyectos destinados a la creación de parques forestales que tengan como objeto preservar, mejorar y destacar valores naturales (paisajísticos, ambientales, edafológicos y forestales) y culturales; las formaciones arbóreas (robledales, sotos, bosques etc.); la preservación de especies; la preservación del patrimonio: yacimientos arqueológicos (castros, mámoas, petroglifos etc.), monumentos, lugares, conjuntos, tradiciones o técnicas artesanales; la adopción de medidas frente a incendios: silvicultura preventiva, franjas de protección, cortafuegos vegetales o la creación de puntos de agua; la diversificación de usos: producción de setas, plantas aromáticas, silvopastoreo, aprovechamiento de frutos o apicultura; así como la creación de zonas de uso y aprovechamiento para la ciudadanía como sendas peatonales, miradores, parques, rutas o aulas de interpretación, entre otros.

Podrán presentar las solicitudes todos los ayuntamientos de la provincia de Pontevedra, individualmente o agrupados, para los parques forestales de su ámbito geográfico que tengan como requisitos ser un área de monte continua y coherente con una amplitud mínima de 30 hectáreas, toda vez que para conseguir la superficie se podrán formar agrupaciones de comunidades de montes que estén localizadas en un mismo ayuntamiento o en ayuntamientos distintos siempre que sean límites. También se exige conservar el carácter forestal del monte y contener valores naturales (paisajísticos, ambientales, edafológicos y forestales) o culturales para preservarlo y ponerlo en valor.

Cuantía de las ayudas

Para desarrollar estas actuaciones se aprobaron dos líneas de actuación: La Línea 1 incluye la redacción de los proyectos de parques forestales, subvencionados hasta un máximo del 70 % de su coste y con un límite superior de 6.000 € por proyecto, y la Línea 2 de subvenciones para la ejecución de las actuaciones contempladas en proyectos ya redactados, subvencionados hasta un máximo del 70% del costo con un límite superior máximo subvencionable de 1.500 € por hectárea, lo que eleva considerablemente el máximo de las ayudas anteriores, que se se había fijado en los 900€ por hectárea.

Por otra parte, según explicó Mosquera, otra de las novedades de las bases es que para el cálculo del límite superior en la Línea 2 sólo se tendrán en cuenta las hectáreas en las que se van a realizar actuaciones y no la totalidad del parque forestal. Por tanto, en el caso de actuaciones puntuales que no alcancen grandes superficies (puesta en valor de un yacimiento, una fuente o un tramo de escalada, por ejemplo) se determinará un área de influencia coherente alrededor y será esta la que se contabilizará para el cálculo del límite de la ayuda.

El 30 % restante del coste del proyecto no subvencionable por la Diputación -o la cantidad que resultara en el caso de se superar los límites fijados- lo tendrán que aportar los ayuntamientos solicitantes, bien de sus fondos, bien mediante acuerdos con las entidades titulares de los predios.

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