
Souto queimado en Valdeorras. Foto: Arquivo
Inmediatamente después de remitir la ola de incendios forestales registrada este verano en la Comunidad, la Xunta de Galicia celebró un Consejo extraordinario en Ourense en el que aprobó una línea de ayudas directas para impulsar la reconstrucción de las zonas afectadas por el fuego. Se trata de aportaciones dirigidas a apoyar los ciudadanos y los ayuntamientos, con ayudas para la recuperación de viviendas, explotaciones agroganaderas, negocios o instalaciones municipales. Pueden solicitarse a partir de 1 de septiembre .
Todas las personas que tengan derecho a las ayudas las van a recibir, sin límite de importe total, explica el Gobierno gallego, en la medida en que el objetivo para por llegar al máximo número de beneficiarios que tengan derecho.
Para la Xunta de Galicia resulta prioritario que la reconstrucción sea «lo más rápida posible”. Las ayudas aprobadas por el Consejo serán compatibles con las del Ejecutivo estatal siempre que la suma total de los fondos no supere el total del daño provocado por el fuego.
Para agilizar y resolver dudas sobre la tramitación de estas aportaciones, la Xunta habilitó, 16 oficinas de atención a los afectados por los incendios en las que trabajarán medio centenar de empleados públicos. Además, también está a disposición de los ciudadanos el teléfono de información 012, que se verá reforzado.
Apoyo a la reconstrucción de viviendas
El paquete de medidas aprobado por el Consejo extraordinario incluye apoyos para la reconstrucción de las viviendas que sufrieron daños por consecuencia de los incendios, con diferentes cuantías en función de si el inmueble afectado era el domicilio habitual o una segunda residencia.
En el caso de las viviendas de uso habitual o permanente, los propietarios podrán recibir hasta 132.000€ para su rehabilitación o para su reconstrucción, o adquirir una nueva vivienda si el inmueble fuera declarado ruinoso. Del mismo modo, habrá ayudas para renovar el menaje doméstico con cuantías de hasta 16.200€.
Cuando se trate de la segunda residencia, los titulares tendrán derecho la ayudas de hasta 66.000€ para la rehabilitación o la reconstrucción de la misma. Además podrán recibir hasta 5.400€ para muebles y utensilios domésticos.
Quedan fuera de estas aportaciones aquellas casas que estuvieran abandonadas en el momento de producirse los incendios.
Además, los afectados por los incendios también podrán beneficiarse de ayudas complementarias para el realojo mientras se rehabilitan las viviendas dañadas siempre que fuera domicilio habitual del solicitante. Por una parte, a través de las medidas derivadas de los convenios y acuerdos con ayuntamientos y entidades de apoyo a estos vecinos y, por otra, con el acceso al Bono alquiler social. En este caso, los afectados podrán recibir hasta el 100% de la renta del alquiler -siempre que no superen los límites fijados por ayuntamientos que rigen en las bases de este Bono- y una aportación extra de 600 euros para sufragar los gastos del alojamiento provisional, del transporte o del cambio.
Las aportaciones de Vivienda podrán solicitarse hasta el próximo 28 de noviembre.
Explotaciones agroganaderas y forestales
Las medidas aprobadas por la Xunta contemplan diferentes líneas de ayudas para apoyar las explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales de las zonas afectadas por el incendios. Todas ellas cubrirán el 100% de la inversión, con un límite máximo en función del tipo de ayuda que en algunos casos puede llegar a los 200.000 euros por persona.
En el caso de las explotaciones agroganaderas y con el objetivo de llegar al mayor número posible de beneficiarios, la Xunta va a favorecer la flexibilidad en los trámites.
Los titulares podrán solicitar ayudas para la reparación de bienes, maquinaria, equipación o medios de producción de las explotaciones. En caso de que quedaran inutilizados, podrían ser sustituidos por maquinaria nueva o de segunda mano. La cuantía máxima será de 200.000 euros/persona. Además se habilita una aportación para la adquisición de alimentación complementaria para el ganado en extensivo o las colmenas superviventes en las zonas afectadas, para un período máximo de 6 meses. La cuantía máxima será de 15.000 euros/persona.
La Xunta también indemnizará los ganaderos y agricultores por pérdidas en la producción o animales. En el primer caso, habrá aportaciones de 12.700€/hectárea para los productores de vino, de 1,22€/kilo para los de castaña, la indemnización por la pérdida de forraje se calculará en función del estado (sin recoger, pacas, ensilado) y en el resto de productos serán con base en los valores de los precios establecidos en la línea de seguros agrarios. En cuanto, a las ayudas para paliar la muerte de ganado o abejas se estimarán según el tipo de especie y la edad del animal. En el caso del ganado bovino, se establece un máximo de 1.600 euros por animal mayor o igual a 18 meses y menor de 120.

Los ganaderos tuvieron que poner a salvo del fuego montones de rulos de hierba
Se habilitarán además otras cuatro líneas de ayudas para reparar los daños en las explotaciones forestales. La Xunta dará hasta 15.000€ para la reparación de los daños causados a infraestructuras de titularidad privada como pistas forestales, captaciones de aguas, cerramientos, bebederos o comederos. Podrá recibirse un máximo de 50.000€ para la reparación de la maquinaria y equipación forestal dañadas en tareas de colaboración en la extinción de los incendios forestales u ocasionados por estos. En caso de que quedaran inutilizados podrán ser sustituidos por maquinaria nueva o de segunda mano. Además, habrá ayudas para los gastos de la madera acopiada quemada y de tala, recogida y astillado de la madera quemada no comercial o trabajos de señalamiento, cubicación y/o tasación de madera comercial en montes de gestión pública con un máximo de 50.000€ por persona y hasta 100.000€ para plantaciones substitutorias. El plazo de solicitud será de un mes.
Aportaciones para los centros productivos y negocios afectados
La Xunta impulsa, al mismo tiempo, una línea de ayudas directas para apoyar a las empresas afectadas por la ola de incendios. La determinación del importe total de las ayudas se efectuará una vez que sean resueltas las solicitudes presentadas atendiendo al carácter extraordinario de estas y a su naturaleza de concesión directa y no competitiva.
Las subvenciones permitirán cubrir hasta el 100% de los daños producidos, conforme a la valoración recogida en un informe de tasación, con un límite de 600.000 euros por beneficiario. De manera excepcional, y atendiendo a la gravedad de los daños y a su impacto socioeconómico, la cuantía podrá ampliarse hasta un máximo de 1,5 millones de euros, especialmente cuando esté en riesgo el mantenimiento del empleo.
La convocatoria abarca los daños ocasionados en edificaciones, instalaciones, maquinaria, mercancías o vehículos comerciales e industriales asociados a la actividad. No serán objeto de esta línea las explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales. Tampoco las actividades de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, excepto aquellas instalaciones de generación de energía eléctrica incluidas en el propio establecimiento.
Las ayudas tendrán carácter subsidiario y complementario, por lo que serán compatibles con otras indemnizaciones públicas o privadas, siempre que la suma total no supere el 100% de los daños. En este caso, los beneficiarios deberán comprometerse a mantener la actividad afectada durante por lo menos un año a partir de la concesión de la ayuda, plazo que se extenderá a tres años en el caso de recibir una aportación superior a los 600.000 euros.
Con esta medida el Gobierno gallego busca dar una respuesta rápida y eficaz al impacto económico de la ola de fuegos, mostrando su compromiso con el tejido empresarial gallego y con la recuperación de las zonas más afectadas. El plazo de solicitud se abrirá el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia y permanecerá abierto durante un mes.
La Xunta va a iniciar una serie de reuniones con los establecimientos turísticos afectados por cancelaciones o pérdida de productos para evaluar los daños y convocar una línea de ayudas específica para apoyar al sector.
Colaboración con los ayuntamientos
El decreto aprobado por el Consejo extraordinario también establece ayudas a entidades locales para hacer frente a los gastos derivados de las actuaciones realizadas a consecuencia de los incendios, así como por los daños ocasionados en bienes de titularidad municipal. Estas aportaciones se determinarán a través de convenios de colaboración con los ayuntamientos para colaborar nos sus gastos de obras de reparación, mantenimiento o reposición de las infraestructuras, equipaciones o bienes municipales afectados por los incendios, así como de adquisición de material para la reposición de los servicios afectados.
Estas ayudas también cubrirán los costes de limpieza y restauración ambiental o de alquiler, combustible y reparación de maquinaria y vehículos. Además, se financiarán los gastos de traslado, alojamiento y mantenimiento de la población evacuada o del personal, tanto propio como de los efectivos del operativo de extinción, que el ayuntamiento tuviera que asumir. Como novedad, respeto a la orden de ayudas publicada en 2022 por el mismo motivo, se incluyen entre las actuaciones subvencionables el resarcimiento de los gastos en que incurrieran los vecinos por su colaboración en la extinción.
Aportaciones a Tecores
Por otra parte, se pondrán a la disposición de los titulares de infraestructuras de uso público afectadas por el fuego en la Red gallega de espacios protegidos y las Reservas de biosfera ayudas económicas para cubrir hasta el 100% de los costes de restauración, con un importe máximo de 20.000 euros por proyecto en caso de que la titularidad sea de un monte vecinal en mano común y de 40.000 euros si el beneficiario es un ayuntamiento.
Las actuaciones subvencionables con cargo la esta orden incluyen la reposición o reparación de elementos estructurales de sendas y rutas señalizadas, entre ellos señales, miradores, varandillas de madera y tramos de pasarelas del mismo material; de distintas infraestructuras e instalaciones de interpretación del medio natural, como carteles y otros, y de elementos de áreas recreativas localizadas en espacios protegidos.
Se convocó una segunda orden de ayudas para compensar los titulares de terrenos cinegeticamente ordenados (tecores) afectados por los incendios forestales de este verano en Galicia. Con estas aportaciones se cubrirán gastos de siembra de cereales (hasta 650 euros por hectárea, con un límite máximo por entidad de 30.000 euros), que sirven de alimento a la fauna silvestre y contribuyen a restaurar tanto los hábitats cinegéticos como los suelos afectados, y también actuaciones de recuperación, reparación y reposición de infraestructuras o instalaciones (refugios, fuentes, bebederos y comederos para animales, cercas, toberas etc.) destruidas o dañadas por el fuego, con un importe máximo de 12.000 euros por solicitante.
Los beneficiarios podrán solicitar el anticipo del 100% de la ayuda concedida sin necesidad de prestar garantía (es decir, sin tener que formalizar un aval o fianza), una medida excepcional que se adopta en este caso para facilitar y agilizar el acceso de los afectados a los fondos movilizados por la Xunta. El plazo para presentar las solicitudes será de un mes desde la publicación de ambas convocatorias en el DOG y los beneficiarios podrán justificar las actuaciones subvencionables hasta el 30 de octubre de 2026.
Indemnizaciones por daños físicos a las personas
El Gobierno gallego habilitó ayudas en relación con los daños personales causados por los incendios. En el caso de fallecimiento o incapacidad permanente absoluta, la cuantía será de 87.500 € y en el caso de lesiones que motiven el ingreso hospitalario de la persona herida, la ayuda recibida será de 120 € por día de hospitalización. El plazo de solicitud será de un mes que contará desde el día del fallecimiento, de la declaración de la incapacidad permanente absoluta o del alta hospitalaria.
Alivios fiscales para los ciudadanos afectados por los fuegos
A mayores, la Xunta facilitará el cumplimiento de los deberes tributarios a las personas con domicilio fiscal en los ayuntamientos afectados por los incendios forestales, o que, sin tener domicilio fiscal en los ayuntamientos afectados, habían tenido un establecimiento comercial, industrial, turístico o mercantil o explotaciones forestales, agrícolas o ganaderas radicadas en ellos. Así, se ampliarán los plazos que no estuvieran vencidos en el inicio de los incendios para la presentación y el ingreso de declaraciones, autoliquidaciones y documentación complementaria de los impuestos aplicados por la Atriga (sucesiones, donaciones, transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, compraventa de vehículos y los impuestos propios) y para solicitar la prórroga para la presentación de la autoliquidación del impuesto de sucesiones.
Además, aliviará las cargas fiscales, aprobando medidas en una ley que se aplicará de manera retroactiva, como eximir la carga impositiva del agua utilizada a consecuencia de los incendios (canon del agua y canon de gestión de depuradoras) o las tasas asociadas a las tramitaciones autonómicas que deban realizarse a consecuencia de los incendios, derivados de la pérdida de vehículos o de la vivienda.
Por otra parte, la Xunta va a exigir al Gobierno central que reduzca o exima de los pagos de los impuestos tal y como establece la Ley con la declaración de zonas catastróficas. En caso de que en el Estado no lleve a cabo estas acciones, será la Xunta a que adopte estas medidas dentro de sus competencias.
Más información sobre las distintas líneas de ayudas
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