Ayudas para nuevas plantaciones de castaño para fruto y para la regeneración de sotos tradicionales

El presupuesto disponible para los años 2024 y 2025 es de 1,3 millones de euros y el plazo de solicitud es de un mes

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Ayudas para nuevas plantaciones de castaño para fruto y para la regeneración de sotos tradicionales

Administración convocante: Consellería do Medio Rural

Enlace axuda: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2024/20240514/AnuncioG0426-300424-0003_gl.html

Prazo: 26/06/2024

Resumo:

La Xunta convoca ayudas para el fomento de plantaciones de castaño para fruto y para la regeneración y/o mejora de sotos tradicionales para los años 2024 y 2025 por importe total de 1,3 millones de euros.

Podrán ser beneficiarias las entidades locales y las personas físicas o jurídicas que sean titulares de los terrenos objeto de ayuda, entendiendo por titular tanto propietarios como arrendatarios o gestores.

Los montes consorciados o conveniados con la Administración no podrán solicitar las ayudas dentro de la superficie consorciada o conveniada, excepto que hayan solicitado la rescisión de los dichos consorcios o convenios en la fecha de final del plazo para la presentación de las solicitudes de la ayuda.

Se trata de ayudas en concurrencia competitiva con dos líneas de actuación, una para fomento de plantaciones de castaño para fruto y otra para regeneración o mejora de sotos tradicionales.

En los baremos de concesión de las ayudas se puntuarán los montes con proyecto de ordenación o gestión forestal, los montes con certificación forestal, las Agrupaciones Forestales de Gestión Conjunta, las zonas de alto riesgo de incendio, las zonas desfavorecidas y las clasificadas como Red Natura, las parcelas incluidas en el Registro de Masas Consolidadas de Frondosas Autóctonas y aquellas solicitudes que procedan de personas adheridas a la IXP Castaña de Galicia.

La Orden de ayudas fue publicada este martes en el DOG y el plazo de solicitud es de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el DOG. Es obligatoria la tramitación electrónica del procedimiento.

La concesión de la ayuda será incompatible con la concesión de otras subvenciones para la misma finalidad y objeto, siempre que sea para la misma superficie. No obstante, en el caso de la mejora de castañares tradicionales, la incompatiblidad se restringe a las subvenciones concedidas en los últimos cinco años.

El plazo para la ejecución de los trabajos, así como para justificar las ayudas concedidas, finaliza el 30 de junio de 2025. El presupuesto total para los ejercicios 2024 y 2025 será de 1.177.914 euros, de los que 412.270 se destinarán a nuevas plantaciones y 765.644 euros a mejoras en sotos tradicionales existentes.

Importes

La intensidad de la ayuda podrá ser de hasta el 100% de la inversión total subvencionable, que se calculará sobre el coste real de las actuaciones realizadas exceptuando el IVA.

En el caso de nuevas plantaciones, deberán usarse las variedades de castaño para fruto que figuran descritas en la propia orden de ayudas y los importes máximos estarán entre los 4.875 y los 3.645 euros por hectárea para plantaciones de planta injertada en función de las densidades establecidas.

Además de la adquisición de planta y los trabajos de plantación, se podrán incluir los gastos de tratamiento de la vegetación preexistente, la preparación previa del terreno, la protección de la planta (mediante protectores y tutores) y la siembra de especies herbáceas. También los cierres perimetrales cuando se justifique su necesidad (manejo de ganado, fauna), con un importe máximo de inversión de 9.760 euros por kilómetro de cierre perimetral.

En el caso de la línea destinada a mejora de castañares tradicionales, son subvencionables el conjunto de las actuaciones silvícolas necesarias, excepto la poda. Entrarían los desbroces, la eliminación de brotes secundarios o chupones de los castaños, el tratamiento del extracto arbóreo secundario (clareo de otras especies arbóreas distintas de los castaños y/o eliminación de los castaños no productivos o enfermos) y la eliminación o extracción de los restos que se obtengan a consecuencia del tratamiento.

También entraría en el concepto de ayuda el aumento de la densidad de los castañares mediante la plantación de castaños de las variedades para fruto admitidas; otras actuaciones del sotobosque (la enmienda caliza, la fertilización y el espedrado); la lucha integral contra la plaga del gusano de la castaña (Cydia sp, Pammene sp, etc.) y los cierres perimetrales cuando se justifique su necesidad (manejo de ganado, fauna, etc). El importe máximo subvencionable, sumando todas las actuaciones, será de 3.450 euros por hectárea.

Condiciones y mantenimiento de las plantaciones

La superficie mínima de actuación por solicitud será de una hectárea y la superficie máxima admitida por solicitud será de 25 hectáreas en el caso de nuevas plantaciones y de 50 hectáreas en el caso de regeneración o mejora de castañares tradicionales existentes.

Las personas beneficiarias de las ayudas para nuevas plantaciones se comprometen a mantener la plantación en buen estado y a conservar la masa creada durante al menos 20 años, teniendo que devolver el dinero percibido y los intereses legales correspondientes si el bosque es dañado o destruido por descuido, cambio de uso o falta de cuidados silvícolas por parte del solicitante.

En el caso de la línea de ayuda para mejora de castañares tradicionales, deberá mantenerse el buen estado de los castaños durante 20 años con una densidad mínima de 50 pies/ha. Podrán tener lugar usos ganaderos complementarios cuando estos ya no perjudiquen la actuación.

Si las superficies objeto de actuación se transmitieran en todo o en parte durante el período de compromiso, el nuevo titular deberá cumplir las condiciones exigibles para la percepción de las ayudas que se le otorgaron.

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