Ayudas para nuevas plantaciones de lúpulo y mejora de las existentes

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Administración convocante: Consellería do Medio Rural

Enlace axuda: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2021/20210503/AnuncioG0426-210421-0004_gl.html

Prazo: 04/05/2021

Resumo:

Cosecha Lupulo-181El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica este lunes la orden de la Consellería de Medio Rural que convoca las ayudas de 2021 para el sector del lúpulo. En concreto, la Xunta invertirá 45.673 euros para impulsar nuevas plantaciones, mejorar las ya existentes y adquirir maquinaria específica con la que poder mecanizar este tipo de cultivos. El objetivo de la convocatoria es garantizar el futuro del sector del lúpulo, apostar por la recuperación de la superficie de este cultivo y adecuar la producción a la demanda de la industria, para garantizar su permanencia y la mayor rentabilidad de los productores.

Para beneficiarse de las ayudas que buscan promover nuevas plantaciones de lúpulo o reconvertir y mejorar las ya existentes, los particulares o agrupaciones -inscritos en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (Reaga)- deberán adquirir alguna de las 11 variedades recomendadas en la orden que publica hoy el DOG y mantener esos cultivos objeto de ayuda durante un período mínimo de cinco cosechas desde la concesión de la subvención. En el caso de reconversión varietal, debe elegirse una variedad distinta de la plantación sustituida, de manera que se consiga una mejora de la calidad de la producción y la adaptación al cambio climático. Asimismo, habrá que presentar y cumplir un plan de mejora para la explotación. En ambos casos, además, se deberá comunicar inmediatamente a la autoridad competente, la finalización de la ejecución de las medidas aprobadas.

Entre las acciones subvencionables en este punto, además de la adquisición del material vegetal o de las inversiones para la reconversión varietal, se incluye la compra e instalación de estructuras de soporte y guiado del cultivo, así como la implantación de sistemas de riego más eficientes.

En cuanto a las ayudas para la adquisición de maquinaria específica, pueden solicitarlas particulares con experiencia en la actividad agraria o que cuenten con un nivel de capacitación profesional suficiente y presenten un proyecto viable desde el punto de vista técnico y económico. También pueden acogerse a ellas las cooperativas, sociedades agrarias de transformación (SAT), asociaciones de producción integrada en agricultura (Aprias) u otro tipo de agrupaciones que tengan una superficie cultivada de lúpulo que haga viable la adquisición de los equipos. En este sentido, será subvencionable la compra de maquinaría agrícola y equipos específicos para el cuidado, tratamiento, recolección, pelado, secado y prensado del lúpulo, así como de grupos de presión para la puesta en práctica de un riego sostenible. También se podrá pedir ayuda para adquirir máquinas o instrumentos de modernización y mejora de los sistemas de secado de la flor del lúpulo ya existentes, así como para su instalación. Cabe añadir que dichas máquinas y equipos deberán ser nuevos y de primera inscripción.

En esta segunda línea de ayudas deberán cumplirse una serie de obligaciones, como tener un contrato para la comercialización del lúpulo en vigor y presentar una memoria del plan de viabilidad que justificar la necesidad de esa maquinaria que se va adquirir. Asimismo, se deberán mantener las máquinas subvencionadas en uso y propiedad del beneficiario por un período mínimo de cinco años y los que realicen trabajos agrícolas a terceros deberán dedicar un mínimo del 75% de sus horas anuales de funcionamiento a explotaciones ajenas a los titulares de la sociedad. A mayores, la explotación de lúpulo deberá estar inscrita en el Reaga y, en el caso de cooperativas, de sociedades agrarias de transformación (SAT) o de otras agrupaciones agrarias, sus socios o miembros deben ser titulares de, por lo menos, tres de las dichas explotaciones.

Plazo

Los interesados tienen un mes de plazo para solicitar estas ayudas a contar desde mañana, día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia. Las solicitudes deberán se presentarán obligatoriamente de manera telemático a través de la sede electrónica de la Xunta, https://sede.xunta.gal.

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