Administración convocante: Consellería do Medio Rural
Enlace axuda: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2022/20220124/AnuncioG0426-100122-0001_es.html
Prazo: 24/02/2022
Resumo:
El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica este lunes la orden de la Consellería do Medio Rural por la que se convocan en 2022 las ayudas para llevar a cabo acciones silvícolas de prevención de los daños causados en las masas de coníferas por enfermedades fúngicas defoliadoras.
Cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de Desarrollo Rural (PDR) de Galicia 2014-2020, estas aportaciones cuentan con un presupuesto de 500.000 euros para alcanzar una superficie de actuación de alrededor de 6.000 hectáreas.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir de este martes
Se trata de la primera vez que se convocan este tipo de aportaciones, a pesar de que la Dirección General de Planificación y Ordenación Forestal llevó a cabo anteriormente actuaciones en este campo, concretamente durante los ejercicios de 2020 y 2021, en el marco de su Programa de salud y vitalidad forestal. Se trató tanto de acciones propias como de otras coordinadas por la Fundación Arume.
Masas de coníferas con edad inferior a los 25 años
Este año, las nuevas ayudas tienen como finalidad acometer tratamientos preventivos de daños producidos por enfermedades fúngicas en masas estables de pinares de pino del país (Pinus pinaster), pino insigne (Pinus radiata) y pino negral (Pinus nigra) de edad inferior a 25 años y con defoliación inferior al 75%. Son ayudas que se circunscriben a dos provincias, Lugo -en donde ya se registraron daños los dos últimos años- y A Coruña. No entran Pontevedra ni Ourense.
Podrán beneficiarse de las subvenciones propietarios individuales o agrupaciones, asociaciones forestales, las SOFOR y las CMVMC
En concreto, podrán beneficiarse de estas subvenciones las personas titulares individuales, las agrupaciones forestales de gestión conjunta, incluidas las sociedades de fomento forestal (SOFOR), las fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego y las asociaciones y agrupaciones de propietarios formalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Xunta de Galicia. También las cooperativas agrarias, los proindivisos, los proindivisos legalmente constituidos, los montes de varas, abertales, de voces, de vocerío y fabeo, las comunidades de bienes, otras personas jurídicas, las entidades locales y las comunidades de montes vecinales en mano común.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir de mañana martes, día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Los tratamientos fitosanitarios deberán aplicarse por vía terrestre entre el 1 de abril y el 29 de julio.
Procesionaria y banda roja y marrón
En el marco del Programa de salud y vitalidad forestal, se recogen tanto medidas silvícolas de gestión que redunden en una correcta prevención de problemas sanitarios importantes como las medidas de seguimiento y control de los problemas cuando estos aparezcan, con el objetivo de la conservar el estado fitosanitario de los bosques, así como el aumento de la resiliencia de las masas de coníferas con acciones dirigidas a combatir las perturbaciones causadas por agentes bióticos y abióticos.
Se indica también que se tendrán especialmente en cuenta agentes como la procesionaria del pino y los hongos foliares de los pinos (banda roja y banda marrón). Además, se deberá considerar especialmente la aplicación de los planes de contingencia relacionados con organismos de cuarentena, que actualmente afecta en Galicia el nematodo de la madera del pino y el Fusarium circinatum.