Ayudas para tratamientos silvícolas en pinares y masas de frondosas

Medio Rural destina en el periodo 2020-2021 un total de 13 millones de euros para podas, desbroces y clareos

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Ayudas para tratamientos silvícolas en pinares y masas de frondosas

Pinar de regeneración natural en el que se practicaron tratamientos silvícolas. / Archivo.

Administración convocante: Consellería do Medio Rural

Enlace axuda: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2020/20200127/AnuncioG0426-231219-0001_gl.html

Prazo: 09/03/2020

Resumo:

La Consellería de Medio Rural ha convocado hoy dos líneas de ayudas orientadas a financiar tratamientos silvícolas en pinares y en masas de frondosas (sotos de castaños, robledas, alcornocales, etc.). La línea para actuaciones en pinares está dotada de 9 millones de euros, de los que 1 millón corresponde al 2020 y 8 millones a acciones en el 2021. En cuanto a la línea para masas de frondosas, cuenta con 4 millones de euros, de los que 3,5 se ejecutarán en el 2021.

Pinares
Las actuaciones subvencionables en pinares son desbroces, podas y clareos que contribuyan a reducir el combustible en el monte, mejorando así la prevención contra incendios y la calidad maderera de la masa.

Los clareos se deberán ejecutar en pinares con un mínimo de 2.000 pies por hectárea y con un diámetro medio inferior a 15 centímetros. Respecto a las podas en las masas de coníferas, deberán conseguir una altura mínima de 2 metros y máxima de 4 metros. Después de los tratamientos silvícolas, en ningún caso podrá haber en las superficies objeto de la ayuda pies puntuales de eucalipto ni de acacia negra, mimosa o pseudoacacia.

Masas de frondosas caducifolias
La segunda de las líneas de actuación se centra en tratamientos silvícolas en masas de frondosas caducifolias, en las que también se podrán acometer plantaciones puntuales de determinados árboles con el objetivo de mejorar los valores ecológicos de bosques sin carácter productivo.

Los tratamientos en masas de frondosas caducifolias (castaños, robles) y alcornocales podrán incluir acciones como claras, podas de formación o desbroces, entre otros. Las masas objeto de actuación deberán tener una densidad mínima de 400 pies por hectárea, a excepción de los sotos de castaños, donde se pide una densidad mínima de 80 pies por hectárea.

Superficies mínimas
Los solicitantes pueden ser propietarios individuales, comunidades de montes, montes de varas, cooperativas agrarias, Sofor o agrupaciones de propietarios particulares formalmente constituidas.
Para los propietarios particulares, la superficie mínima de actuación será de una hectárea en coto redondo. Para las Sofor y agrupaciones de propietarios se pide también un mínimo de una hectárea, pero que puede estar dividida hasta en 3 cotos redondos. El resto de solicitantes deberán contar con un mínimo de 3 hectáreas, con una superficie mínima en cada coto de 1 hectárea.

Distribución de fondos
La Administración estableció un sistema de puntuación para priorizar las solicitudes presentadas. Este año, como novedad, se le da una puntuación extra de 40 puntos a todos los montes que estén en la zona demarcada por el nematodo del pino, que abarca toda la parte sur de la provincia de Pontevedra.

Del total de fondos consignados para estas ayudas, un 45% se destina a montes vecinales, otro 45% a Sofor, agrupaciones de propietarios y cooperativas agrarias y un 10% a propietarios particulares. Si no existieran solicitudes suficientes en alguna de las divisiones, los fondos sobrantes pasarían a las otras.

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