Claves de las ayudas de incorporación y para planes de mejora 2025

Adrián Villar Ramos, ingeniero técnico agrícola, explica las principales novedades de las ayudas de incorporación y para planes de mejora que acaban de ser convocadas por la Consellería de Medio Rural

GRANXA ABELEIRASEl Diario Oficial de Galicia (DOG) publica este miércoles, 25 de junio, la nueva convocatoria de la Consellería de Medio Rural que regula las ayudas destinadas a la incorporación de personas jóvenes al campo gallego, a las inversiones en explotaciones agrarias y a los planes de modernización para personas jóvenes ya instaladas. En total, se activaron tres líneas diferenciadas: MR404A, MR405F y MR405H, todas ellas cofinanciadas por el FEADER en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.

El plazo de solicitud será de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el DOG. Con esto, el plazo formal finalizaría el 25 de julio; sin embargo, al coincidir con festivo autonómico (Día del Apóstol), el último día para presentar solicitudes será el lunes 28 de julio de 2025.

El presupuesto total destinado la esta convocatoria asciende a 36 millones de euros, repartido de la siguiente manera:

MR404La – Incorporación de personas jóvenes: 16.000.000 €
MR405F – Planes de mejora para nuevas incorporaciones: 14.500.000 €
MR405H – Planes de mejora para incorporaciones del año anterior: 5.500.000 €

La orden establece además la posibilidad de redistribuir fondos entre las distintas líneas, en el caso de existir remanentes en una de ellas, con el fin de optimizar la ejecución presupuestaria.

En comparación con la convocatoria anterior, publicada en enero de 2024, observamos una ligera reducción en el presupuesto total, que entonces ascendía a 47 millones de euros, incluyendo:

-16 millones de euros para la línea principal de incorporación (68611_01),
-3 millones de euros para nuevas personas agricultoras (68612_01),
-27 millones en total para inversiones productivos, sumando también pequeñas explotaciones.

La edición de este año introduce cambios relevantes en el perfil de los beneficiarios, limitando las ayudas a casos muy concretos. Así, solo podrán solicitar estas subvenciones:

-Jóvenes de entre 18 y 40 años que se incorporen por primera vez a la actividad agraria (línea MR404A),

-Explotaciones que vayan a incorporar un joven y presenten simultáneamente un plan de inversiones (línea MR405F),
-Explotaciones que ya habían incorporado un joven en el año 2024 y no les fue aprobado el plan de mejora asociado (línea MR405H).

Esta restricción de perfiles hace prever un porcentaje elevado de resoluciones favorables, al reducirse significativamente el número de solicitudes posibles. Como contrapartida, se eliminan varias líneas que sí estaban presentes en la convocatoria anterior, entre ellas:

-La línea de incorporación para personas de entre 41 y 55 años,

-Las ayudas dirigidas a pequeñas explotaciones,

– Y las inversiones orientadas a la mitigación y adaptación al cambio climático.

De este modo, la convocatoria 2025 limita el alcance de las ayudas al relevo generacional, al dirigirse únicamente a nuevas incorporaciones o a explotaciones en las que se hubiera producido una incorporación reciente.

Además, la orden incorpora dos novedades de especial interese para los solicitantes:

1. Compatibilidad con otras ayudas: por primera vez, las inversiones subvencionables podrán recibir apoyo de otras convocatorias públicas, siempre que no se supere el 100 % del coste elegible. Esta medida facilita la combinación de distintas fuentes de financiación para un mismo proyecto, incrementando la capacidad de inversión de las explotaciones.

2. Admisión de inversiones ya iniciadas: podrán acogerse a la subvención aquellas inversiones comenzadas a partir de 1 de enero de 2023, siempre que no estén finalizados en la fecha de solicitud y se pueda acreditar de forma oficial a fecha de inicio. Para esto, se aceptarán como pruebas válidas los actas de técnicos de otros programas, actas notariales o cualquier documento con fecha cierta emitido por administraciones públicas.

Incorporación de jóvenes y jóvenes al campo: hasta 70.000 € de ayuda para establecerse como titulares de explotación

La primera de las líneas activadas en la convocatoria 2025 es la MR404A, destinada a apoyar el establecimiento de jóvenes como titulares de explotaciones agrarias. Esta línea está pensada para facilitar el acceso al campo de la juventud gallega y cuenta con una dotación de 16 millones de euros.

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

Podrán optar a la línea MR404A las personas que cumplan los siguientes requisitos principales:

-Tener entre 18 y 40 años en el momento de la solicitud (no se pueden cumplir los 41 durante el año natural de la convocatoria).

-Instalarse como titular de una explotación agraria por primera vez, o haberlo hecho en los 12 meses anteriores a la solicitud. En el caso de incorporaciones a través de una sociedad, también será válido instalarse en el plazo máximo de ejecución del plan.

-Comprometerse a alcanzar la condición de agricultor/a profesional en el plazo de 18 meses desde la fecha de instalación.

-La explotación debe generar una renta unitaria de trabajo (RUT) igual o superior al 35 % de la renta de referencia. En el año 2025, esto se traduce en una renta mínima anual de 12.118,58 € por UTA.

-Presentar un plan empresarial con una duración máxima de 24 meses, en el que se detalle la situación inicial de la explotación, los objetivos a cumplir, las inversiones previstas, un análisis económico y, si es el caso, los impactos ambientales y medidas de sostenibilidad.

-Participar obligatoriamente en el programa de tutorización de la Consellería de Medio Rural, a través del personal técnico de las oficinas comarcales.

-Permanecer en la actividad agraria durante un mínimo de 5 años desde el cobro final de la ayuda.

-No haber recibido previamente una ayuda por incorporación. De ser el caso, deberá constar su renuncia formal dentro del plazo legal.

¿Cuanto se puede cobrar?

La ayuda base es de 30.000 €, pudiendo llegar hasta un máximo de 70.000 €, segundo los siguientes incrementos acumulables:

+10.000 € si la persona solicitante es mujer.

+10.000 € si la explotación se localiza en zona de montaña o Red Natura 2000.

+10.000 € si se trata de una explotación ecológica.

+10.000 € si se tramita en régimen de titularidad compartida.

En el caso de explotaciones intensivas, el importe se limita al mínimo: 30.000 € sin posibilidad de acumulación.

¿Como y cuando se cobra?

La ayuda tiene carácter de pago a precio alzado:

-Un primer pago del 60 % tras la concesión de la ayuda.

-Y un segundo pago del 40 % al finalizar el plan empresarial, siempre que se cumplan los compromisos establecidos.

-Esta línea está diseñada para facilitar el relevo generacional en el campo, ofreciendo un apoyo económico importante a las personas que quieran instalarse y desarrollar una actividad viable. En los próximos días publicaremos también un resumen con consejos técnicos para la elaboración del plan empresarial y los criterios que más puntuación pueden dar.

Criterios de prioridad

Las solicitudes recibirán una puntuación según el cumplimiento de ciertos criterios que permiten ordenar las solicitudes en caso de que la demanda supere el presupuesto disponible. La puntuación máxima será de 13 puntos, y será necesario alcanzar como mínimo 2 puntos en dos criterios distintos para que la solicitud pueda ser aprobada.

Los criterios son los siguientes:

-Instalación con inversiones simultáneas (MR405F): 4 puntos

-Localización en zona de montaña: 3 puntos

-Explotación ecológica (o plan para serlo): 2 puntos

-Localización en otra zona con limitaciones naturales: 2 puntos

-Instalación en una explotación del Banco de Explotaciones: 1 punto

-Mujer: 1 punto

-Residencia en la misma comarca de la explotación: 1 punto

-Instalación en una explotación agraria prioritaria (REAGA): 1 punto

En caso de empate de puntuación entre solicitudes, se resolverá aplicando los criterios en la orden anterior.

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Hasta 250.000 € en ayudas para mejorar explotaciones que incorporen jóvenes: así funciona la línea MR405F en 2025

La línea MR405F de la convocatoria 2025 está dirigida a apoyar inversiones en modernización o mejora de explotaciones agrarias, siempre que vayan acompañadas de una nueva incorporación de persona joven. Esta ayuda no puede solicitarse de forma independiente, sino simultáneamente con la línea MR404A de incorporación.

El presupuesto total disponible para esta línea asciende a 14,5 millones de euros, y su objetivo es facilitar que la incorporación de joven se pueda acompañar de mejoras estructurales o tecnológicas en la explotación.

Requisitos para acceder

Podrán optar la esta línea las explotaciones que:

-Presenten una solicitud de incorporación (MR404A) vinculada, es decir, con una persona joven que pase a ser jefa de la explotación o socia mayoritaria en una sociedad.

-Desarrollen una actividad agraria como principal.

-Tengan capacidad para alcanza una renta mínima de 12.118,58 € por UTA.

-Acrediten la capacitación profesional suficiente (excepto en caso de que sea la primera instalación,que tendrán que conseguirla en 36 meses).

-Se comprometan a mantener las inversiones durante 5 años, o 3 en el caso de pymes o de creación de empleo.

-Además, este año no podrán acceder explotaciones con ayudas anteriores (PDR 2014–2020) pendientes de justificación, ni aquellas que ya fueran beneficiarias de otra convocatoria de la misma subintervención, salvo renuncia expresa.

¿Que se puede subvencionar?

Se podrán incluir inversiones destinadas la:

-Construcciones, reformas y adquisiciones de edificaciones agrarias.

-Compra de maquinaria nueva, mejoras tecnológicas o de eficiencia productiva.

-Compra de terrenos (hasta un 10 % de la inversión elegible).

-Plantaciones leñosas frutales.

-Gastos generales relacionados con el proyecto (proyectos técnicos, licencias, software, etc.).

No son elegibles las inversiones en animales, maquinaria usada, transformación agroalimentaria, forestación o mantenimiento de instalaciones.

La inversión mínima para optar a la ayuda es de 15.000 €.

¿Cuanto se puede cobrar?

El porcentaje de la ayuda base será del 30 % de la inversión elegible, pudiendo incrementarse hasta un máximo del 65 %, en función de determinadas condiciones que permiten bonificaciones acumulables:

+10 % si la persona joven es titular de la explotación.
+10 % si la explotación se localiza en una zona de montaña o en espacios de la Red Natura 2000.
+10 % en el caso de explotaciones ecológicas.
+5 % si la titular es mujer (o si más del 50 % de los socios de la sociedad son mujeres).

No obstante, en el caso de explotaciones intensivas, no se aplicarán estos incrementos, y la ayuda quedará limitada al porcentaje base del 30 %.

NOVEDAD 2025:

En comparación con la convocatoria del año pasado, este año:

-Se reduce el límite máximo por explotación de 300.000 € a 250.000 €

-Se vuelve a establecer un límite máximo por UTA: 75.000 € por unidad de trabajo agrario, un criterio que en 2024 no se aplicaba. Es decir, la cuantía máxima que se puede cobrar dependerá también del tamaño real de la explotación en términos de mano de obra.

-Como norma adicional, no se puede destinar más del 30 % de la ayuda a la compra de maquinaria agrícola.

Criterios de prioridad

Las solicitudes que cumplan los requisitos básicos serán evaluadas mediante un sistema de puntuación, con el objetivo de priorizar aquellos proyectos más orientados a la profesionalización, sostenibilidad y desarrollo equilibrado del medio rural.

La puntuación máxima posible es de 32 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos, repartidos en por lo menos dos criterios distintos, para que la solicitud pueda ser subvencionable.

Los criterios establecidos son los siguientes:

-Nivel de dedicación a la actividad agraria (hasta 10 puntos), según el plan empresarial de la persona chica:
-Exclusivamente actividad agraria: 10 puntos
-Compaginada con una actividad adicional: 8 puntos
-Compaginada con dos actividades: 6 puntos
-Compaginada con tres actividades: 4 puntos
-Compaginada con cuatro o más actividades: 0 puntos
-Explotación ecológica inscrita cómo tal en el REAGA: 4 puntos
-Explotación agraria prioritaria, inscrita en la sección correspondiente del REAGA: 3 puntos
-Localización de la explotación en zona de montaña: 3 puntos
-Explotación de titularidad compartida, inscrita: 3 puntos
-Mujer como titular, o más del 50 % de mujeres en caso de sociedades: 3 puntos
-Explotación con una carga ganadera igual o inferior a 2 UGM/ha, o explotación agrícola especializada: 2 puntos
-Localización en otra zona con limitaciones naturales (no montaña): 2 puntos
-Disponer de un seguro agrario contratado, excluyendo el destinado solo a la retirada de cadáveres: 2 puntos
-Inversiones en una explotación procedente del Banco de Explotaciones de la Ley 11/2021: 1 punto
-Pertenezca a una organización de productores, inscrita cómo tal: 1 punto

Hace falta destacar que los proyectos de nueva creación parten con cierta desventaja en el baremo, ya que no pueden acceder a parte de los puntos vinculados a la situación previa de la explotación, como los referentes a la condición de explotación prioritaria, a la contratación de seguros agrarios o a la pertenencia a organizaciones de productores. Aunque se trata de perfiles emprendedores que deberían contar con un mayor apoyo, en la práctica se ven penalizados frente a explotaciones ya consolidadas.

Hasta 250.000 € para explotaciones que incorporaron jóvenes en 2024 y no pudieron ejecutar un plan de mejora: así es la línea MR405H en 2025

La línea MR405H, incluida en la convocatoria de ayudas al amparo del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, está destinada a explotaciones agrarias que incorporaron una persona joven en 2024 al amparo de la línea MR404A pero no pudieron ejecutar un plan de mejora asociado, bien por haber sido denegado, bien por no haberse solicitado.

Esta línea permite compensar esa falta de apoyo a la inversión en un momento clave de la consolidación de la incorporación, facilitando ahora la ejecución de una actuación modernizadora. El presupuesto para esta línea es de 5,5 millones de euros, con un límite de ayuda por explotación de hasta 250.000 €, y con una intensidad subvencionable que puede llegar al 65 % de la inversión elegible, en función de las características de la explotación.

¿Quien puede optar?

La línea está dirigida a explotaciones agrarias que cumplan los siguientes requisitos:

-Que hayan incorporado una persona joven al amparo de la convocatoria MR404A del año 2024, y no hayan podido ejecutar un plan de mejora vinculado a esa incorporación (por denegación o por no haberse solicitado).

-Que no tuvieran concedida ayuda por plan de mejora en esa convocatoria, ni tampoco en la misma subintervención de otras convocatorias.

-Que desarrollen la actividad agraria como principal, con capacidad para generar una renta mínima de 12.118,58 €/UTA.

-Que cuenten con capacitación profesional suficiente o que la obtengan en el plazo máximo de 36 meses (en el caso de primera instalación).

-Que no iniciaran las inversiones antes del 01/01/2023. Las inversiones realizadas antes de esa fecha no serán subvencionables, aunque se presenten facturas posteriores.

¿Que se puede subvencionar?

Se permiten inversiones destinadas a:

-Construcción, reforma o adquisición de edificaciones agrarias.
-Compra de maquinaria nueva.
-Mejoras tecnológicas, eficiencia productiva o ambiental.
-Plantación de cultivos leñosos frutales.
-Compra de terrenos (hasta un 10 % de la inversión subvencionable).
-Gastos generales asociados: redacción de proyectos, licencias, software técnico…
-Quedan excluidos las inversiones en animales, maquinaria de segunda mano, forestación, transformación agroalimentaria o actividades de mantenimiento.

La inversión mínima subvencionable es de 15.000 €.

¿Cuanto se puede cobrar?

La ayuda parte de una intensidad base del 30 %, pero podrá incrementarse hasta un máximo del 65 %, según los siguientes criterios:

+10 % por ser persona joven.
+10 % por localización en zona de montaña o Red Natura 2000.
+10 % por tratarse de una explotación ecológica.
+5 % si la titular es mujer (o si más del 50 % de los socios lo son).

Importes máximos:

-250.000 € por explotación (antes 300.000 € en convocatorias anteriores).
-75.000 € por UTA de la explotación (novedade de 2025).

Además, no se podrá destinar más del 30 % de la ayuda a la compra de maquinaria agrícola.

Criterios de prioridad

La puntuación máxima es de 32 puntos, y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos en, por lo menos, dos criterios distintos para poder optar a la subvención.

Los principales criterios de puntuación son:

-Nivel de dedicación a la actividad agraria (hasta 10 puntos).
-Explotación ecológica (4 puntos).
-Explotación prioritaria (REAGA) (3 puntos).
-Localización en zona de montaña (3 puntos).
-Titularidad compartida (3 puntos).
-Mujer como titular o mayoría societaria (3 puntos).
-Carga ganadera ≤ 2 UGM/ha o explotación agrícola especializada (2 puntos).
-Zona con limitaciones naturales (2 puntos).
-Seguro agrario contratado (2 puntos).
-Origen del Banco de Explotaciones (1 punto).
-Pertenencia a organización de productores (1 punto).

Observación final

Hace falta señalar que esta línea supone una segunda oportunidad para aquellas incorporaciones que no pudieron acompañarse de un plan de mejora en su momento, permitiendo ahora dotar a la explotación de las inversiones necesarias para consolidar la actividad.

Para más información: 621 00 87 49 [email protected]

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