Claves de las futuras Organizaciones de Productores de vacuno de carne

Conocemos las líneas principales del decreto para la creación de OPs, que estipula, entre otras cuestiones, la obligatoriedad de vender en conjunto los animales de las granjas socias

Claves de las futuras Organizaciones de Productores de vacuno de carne

En Galicia existen varios proyectos en marcha para crear organizaciones de productores de vacuno de carne.

Al igual que hicieron ya otros sectores productivos como el lácteo o el cunícola, los productores de carne de vacuno llevan tiempo procurando un marco legal que ampare y gestione las organizaciones de productores (OP), con las que conseguir una mayor capacidad de negociación para los ganaderos. La inestabilidad política de los últimos meses parece estar condicionando la tramitación de un borrador del real decreto por el que se regirá la gestión de estas OP, si bien en el sector se espera que salga adelante en breve, una vez constituido el nuevo Gobierno.

En este documento, tramitado ya hace meses, se asientan las bases de las organizaciones tanto para vacuno como para caprino y ovino. En Galicia, comenzaron ya a darse los primeros pasos para la constitución de organizaciones de productores de vacuno, pero la falta de un marco legal aprobado ralentizó el proceso.

Requisitos mínimos de las Organizaciones de Productores

El borrador detalla, entre otros temas, los requerimientos que deben cumplir las organizaciones de productores para ser consideradas como tal. Uno de los principales requisitos es que estas organizaciones sólo pueden estar integradas por ganaderos de vacuno de carne.

Las agrupaciones tienen que estar reguladas por estatutos y pensadas para concentrar la oferta y la comercialización de la producción de los miembros. De hecho, también se estipula que el 100% de la producción de los socios debe comercializarse a través de la organización. Los ganaderos tampoco podrán figurar en varias Ops y deben pertenecer a la entidad por un período mínimo de 2 años.

Los ganaderos tienen que comercializar toda la producción a través de la organización

A mayores, tal y como recoge el documento, las organizaciones tienen que procurar al menos alguna de las siguientes finalidades:

-Garantizar que se planifique la producción y se ajuste a la demanda, sobre todo en cuanto a cantidad y calidad.

-Optimizar los costes de producción y los beneficios de las inversiones relacionadas con el medio ambiente y el bienestar de los animales. También deben de procurar estabilizar los precios de producción.

-Promover una producción sostenible, prácticas innovadoras y el conocimiento de la evolución del mercado y la competitividad económica.

-Fomentar el empleo de técnicas respetuosas con el medio ambiente y el bienestar animal.

-Procurar mejorar la calidad de los productos, proporcionando asistencia técnica en las normas de producción, desarrollando carne o derivados con denominación de origen protegido o cubiertos por una etiqueta de calidad.

-Preservar la calidad del suelo, el agua y la biodiversidad del paisaje mediante la gestión de los subprodutos y los residuos. También se contempla que estas organizaciones puedan contribuir a un uso sostenible de los recursos naturales y a la mitigación del cambio climático.

-Desarrollar iniciativas para la promoción y comercialización de la carne.

-Proporcionar asistencia técnica para la utilización de nuevos mercados de futuro y sistemas de seguro.

Trabajar en conjunto

Para conseguir algunos de estos objetivos, el borrador acuerda que las organizaciones afronten de forma conjunta algunas de las tareas básicas para los productores en la comercialización de la carne, como pueden ser algunas de las siguientes: transformación, la distribución mediante plantaformas de venta o transporte conjunto, el envasado, etiquetado o la promoción y el control de calidad de los productos.

También se baraja que las organizaciones dispongan de instalaciones y equipos que puedan emplear los socios. La gestión de los residuos o la compra de las materias primas son otros aspectos que se pueden abordar en conjunto para conseguir una mayor rentabilidad.

Tamaño mínimo
Además de trabajar en conjunto, es preciso que estas organizaciones agrupen un mínimo de producción a comercializar a lo largo del año. En concreto, en el caso de las Ops de vacuno de carne, los cebaderos deben disponer de al menos 15.000 becerros.

Esta cantidad se reduce a 1.500 animales en el caso de las denominaciones de calidad, en las que se incluyen desde indicaciones geográficas protegidas, denominaciones de origen protegidas, especialidades tradicionales garantizadas, ganadería ecológica y ganadería integrada.

El volumen mínino de producción en el caso de ganaderías de reproducción para producción de carne y mixtas se sitúa en 15.000 unidades de ganado mayor (UGM) y en el caso de las categorías de calidad el número se reduce a 2.500 UGM presentes en la ganadería.

Producción mínima comercializable de las OPs del sector de carne de vacuno, recogida en el borrador.

Los términos de las negociaciones

El decreto que regulará las organizaciones de productores también fija los términos para que se lleve a cabo una negociación de los contratos para la comercialización de la producción de los socios. Se reconoce que estas entidades tendrán la capacidad para negociar contratos para el suministro de animales vivos y productos agrarios en el nombre de los socios. Esto se llevará a cabo siempre que la OP concentre la oferta y comercialice los productos de sus miembros, independientemente de que los productores transfieran la propiedad de los productos agrarios a la organización.

La capacidad de negociación real que puedan alcanzar las OPs es una de las mayores preocupaciones de los ganaderos

También cabe la posibilidad de que las OPs no lleguen a realizar esta negociación de la producción de un ganadero socio en caso de que este esté obligado a entregar la producción a una cooperativa que no pertenezca a la organización.

Precisamente la capacidad de negociación que puedan conseguir las OPs es uno de los principales aspectos que preocupa en el sector ganadero, ya que será clave para el éxito o el fracaso de estas organizaciones. De hecho, en el sector agroganadero abundan los ejemplos donde a pesar de contar con Organizaciones de Productores desde hace años, su capacidad de negociación es nula por la negativa de las industrias a negociaciones colectivas.

Para tratar de solventar esa posibilidad, el mandato de negociación de la OP será exclusivo, de manera que la producción de una ganadería sólo podrá negociarla una única OP y tampoco el ganadero asociado a una organización de productores podrá negociar individualmente las condiciones de contratación de sus animales o productos agrarios.

La OP se encargará de la negociación de los contratos para comercializar la producción de manera exclusiva al menos durante 2 años

Al igual que la permanencia mínima a la organización por parte de los ganaderos, el período de mandato en el que la entidad se encargará de la negociación conjunta de la producción será de 2 años. Pasado ese plazo se prorrogará de manera indefinida hasta que el ganadero comunique su retirada, con una antelación mínima de 2 meses.

Al igual que se asientan las bases de las organizaciones de productores para regularlas, el borrador también contempla una serie de controles por parte del Ministeiro de Agricultura para garantizar estas condiciones, así como sanciones estipuladas por las normas que regulan la producción alimentaria y garantizan la defensa del consumidor.

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