El borrador del texto de la Ley de acompañamiento de los presupuestos de Galicia del 2026, que entró este lunes en el Parlamento, incluye los cambios anunciados en la moratoria del eucalipto, tal y como estaba previsto. Detallamos los requisitos de las dos excepciones principales que tendrá la moratoria del eucalipto.
1) Nuevas repoblaciones que sustituyan plantaciones existentes de eucalipto en otras ubicaciones
Si el titular de una superficie actual de eucalipto quiere traspasar su derecho de plantación a otro propietario, este sería el proceso:
– El propietario de la superficie originaria llega a un acuerdo con otro titular para cederle el derecho a la repoblación con eucalipto. Es de subrayar que la superficie originaria debe cumplir con la actual normativa legal, es decir, no se pueden traspasar derechos de plantación de superficies ilegales de eucalipto, por ejemplo ubicadas en tierras agrarias o en franjas de protección de incendios.
– Los propietarios deben presentar el acuerdo de cesión de derechos ante la Xunta para solicitar la correspondiente autorización de traspaso.
– La autorización se otorga por un plazo de 3 años. Antes del final del plazo, el titular de la superficie originaria deberá haber plantado su parcela con coníferas y frondosas.
– Solo una vez que la parcela originaria está reforestada, podrán utilizarse los derechos de plantación para instalar una nueva superficie de eucaliptos, que como máximo tendrá un 75% de la superficie originaria.
– Se establece una excepción en plantaciones legales en Red Natura. Con la idea de fomentar la retirada de eucaliptos de Red Natura, en la nueva repoblación se mantendrá el 100% de la superficie a eucaliptos que tenía la parcela originaria.
2) Repoblaciones en masas afectadas por la banda marrón
Las condiciones para hacer plantaciones de eucalipto en pinares afectados por la banda marrón son las siguientes:
– Eliminar totalmente el pinar afectado por las bandas.
– Plantar un 50% de la superficie a eucaliptos y otro 50% con coníferas o frondosas. La plantación de eucaliptos se autoriza solo con un turno de tala.
– La autorización puede denegarse si no se justifica la gravedad de la afectación de la banda marrón. Este aspecto, precisa el texto del Gobierno gallego, podrá ser “objeto de un desarrollo regulatorio”.
Por último, conviene señalar que llama la atención en el sector forestal que el texto sólo se refiera a la banda marrón, cuando en Galicia está también extendida la banda roja en los pinares de radiata y, días atrás, el anuncio de la Xunta de extensión de la moratoria, apuntaba a excepciones para los pinares afectados por ambas bandas. En concreto, la conselleira del Medio Rural cifró la superficie afectada en alrededor de 30.000 hectáreas.
Fuera de estas dos excepciones, hasta el 31 de diciembre del 2030, el eucalipto solo se podrá plantar en parcelas que hayan tenido anteriormente eucaliptos en masas puras o dominantes en masas mixtas. En lo que respecta a las masas mixtas, para poder plantar eucaliptos, más del 50% de los pies mayores antes de la tala deben ser de eucalipto. Si el porcentaje fuese inferior al 80%, habrá que pedir autorización previa de la Administración forestal.
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