Convocadas las ayudas de la Xunta para producción y comercialización de productos apícolas

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Administración convocante: Consellería do Medio Rural

Enlace axuda: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2023/20230508/AnuncioG0426-190423-0001_gl.html

Prazo: 08/06/2023

Resumo:

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy la orden de ayudas de la Consellería de Medio Rural destinada a la mejora de las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas, enmarcada en la Intervención Sectorial Apícola recogida en el Plan Estratégico Nacional de la Política Agraria Común (PAC), que tiene como objetivos principales contribuir a la protección de la diversidades, mejorar la posición de los agricultores en la cadena de valor y modernizar el sector.

El presupuesto de estas aportaciones para esta nueva convocatoria es de 1.323.229,98 euros, y se prevé una ampliación presupuestaria en base al reparto sectorial entre todas las comunidades autónomas que se viene de aprobar, de alrededor de 100.000 euros más.

En el marco de estas ayudas, la orden contempla cinco líneas de intervención. Así, en la primera -orientada a servicios de asesoramiento, asistencia técnica, formación, información e intercambio de mejores prácticas, en particular mediante actividades de colaboración en redes, para apicultores/las y organizaciones de apicultores/las- será subvencionable la contratación de personal técnico y de especialistas para prestar información y asistencia a personas apicultoras, así como de personal de administración. También se podrá financiar tanto la organización de cursos y jornadas como la edición de folletos y publicaciones como sistema de divulgación.

En la segunda línea, se subvencionarán Inversiones para luchar contra los invasores y las enfermedades de las colmenas, en particular la varroosis o la vespa velutina; para prevenir los daños ocasionados por fenómenos climáticos adversos y fomentar el desarrollo y la utilización de prácticas de gestión adaptadas a unas condiciones climáticas cambiantes; para repoblar las colmenas mediante la cría de abejas o para la racionalización de la trashumancia.

En la tercera línea, sobre las actuaciones para prestar ayudas a los laboratorios en el análisis de productos apícolas, la pérdida de abejas o las caídas en la productividad, y de substancias potencialmente tóxicas para las abejas, se financiará la contratación de servicios de análisis de la miel y de productos apícolas por apicultores/las y agrupaciones de apicultores/las, la adquisición de equipos y otro material para análisis o la contratación de servicios de análisis de abejas, sus productos y otras matrices de las colmenas para detección de plaguicidas.

En la cuarta línea, sobre promoción, comunicación y comercialización, incluidas acciones y actividades de vigilancia del mercado destinadas, en particular, a sensibilizar a los consumidores sobre la calidad de los productos apícolas, se dará ayuda para estudios de viabilidad económica y/o de costes de producción de las explotaciones apícolas, estudios de mercado o elaboración de proyectos piloto sobre nuevos productos apícolas y/o nuevas formas de presentación o actividades de información y promoción del consumo de la miel y productos apícolas.

Por último, en la quinta línea -relativa a actuaciones para aumentar la calidad de los productos- se engloban acciones de promoción, creación y mantenimiento, incluyendo, en su caso, los gastos de certificación, de figuras y normas de calidad de los productos apícolas por parte de las agrupaciones de apicultores/las o el seguimiento de la cadena de calidad de las mieles en el mercado.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas personas titulares de explotación apícolas, incluidas también aquellas que sean integrantes de explotaciones de titularidad compartida, y las agrupaciones de apicultores. Algunos de los requisitos para la obtención de estas aportaciones es llevar realizado actividad apícola con anterioridad al 1 de enero del año de la presentación de la solicitud, ser titular de una explotación de más de 15 colmenas a título individual o 50 colmenas si solicitan ayudas para realizar la trashumancia. Para el caso de las agrupaciones de apicultores, la solicitud deberá incluir, como mínimo, 1.500 colmenas.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir de mañana, día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia (DOG); es decir, hasta el 8 de junio.

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