Convocadas las ayudas para proyectos de autoconsumo fotovoltaico de particulares en el rural gallego

Los apoyos, que se conceden en régimen de concurrencia competitiva, serán del 50 % de la inversión elegible de la instalación, con un máximo de 4.000 € por vivienda, que puede ascender a los 6.000 en caso de que se instalen baterías. Para proyectos multivivenda se establece una cuantía máxima de 25.000 €

fotovoltaica_vivienda-1El Diario Oficial de Galicia plublica hoy la convocatoria de ayudas para apoyar proyectos de instalaciones fotovoltaica impulsados por particulares en ámbitos rurales de Galicia. La nueva línea de ayudas contará con un presupuesto de 2 M €, un 33 % más que en la convocatoria anterior, y prevé conseguir una reducción en el consumo energético anual de energías fósiles equivalente a 3.000 Mwh y una movilización de 4,5 millones de euros.

Este programa es el segundo para subvenciones a proyectos de instalaciones solares fotovoltaicas para particulares que realiza el Instituto Energético de Galicia (Inega) con fondos Feader-PEPAC 2023-2027, y la cuarta del mismo tipo sin tener en cuenta el origen de los fondos. De hecho, desde el año 2019, el Inega lleva destinados más de 44 millones de euros para impulsar proyectos de energía solar fotovoltaica dirigidos a este colectivo, que permitieron la concesión de 4.281 ayudas.

Los destinatarios de la nueva convocatoria son las personas físicas, las comunidades y mancomunidades de vecinos y, como novedad, se incluyen también las sociedades patrimoniales de tenencia o de arrendamiento de inmuebles titulares de cualquiera derecho sobre un inmueble de carácter residencial.

En todos los casos, las actuaciones subvencionables deberán realizarse en viviendas o edificios del sector residencial localizadas en ámbitos no urbanos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

En lo que respeta a las actividades subvencionables, la convocatoria incluye las inversiones en paneles solares fotovoltaicos, el acondicionamiento de la energía eléctrica (inversores, convertidores, reguladores, cuadros eléctricos, elementos de interconexión, protecciones, cableado, equipaciones de medida etc.), monitorización (sensores, adquisición de datos, comunicación remota etc.) y sistemas de acumulación con baterías de litio, así como el resto de accesorios para el correcto funcionamiento del sistema. También se subvenciona el coste del montaje y conexión y la dirección de obra. Las actuaciones no podrán estar iniciadas ni contratadas con anterioridad a la presentación de la solicitud.

La intensidad de la ayuda será del 50 % de la inversión elegible de la instalación, con un máximo de 4.000 € por vivienda, que puede ascender a los 6.000 en caso de que se instalen baterías. Para proyectos multivivenda se establece una cuantía máxima de 25.000 €.

De concurrencia competitiva, en la valoración de solicitudes se tendrán en cuenta criterios técnicos, de consumo y geográficos/demográficos.

Entidades colaboradoras

La nueva convocatoria de ayudas también incluye los requisitos que deberán cumplir aquellas empresas que quieran participar como entidades colaboradoras que, en todo caso, deberán estar dadas de alta en la Consellería de Economía e Industria para la gestión de subvenciones para proyectos de energía fotovoltaica o bien como empresas con actividad de instalación de baja tensión.

Ellas serán las encargadas de la comprobación inicial de los requisitos de los solicitantes de las ayudas y del conjunto de la actuación, de realizar los trámites para solicitar el apoyo ante el Inega, así como la justificación posterior. Y para sumarse, la entidad colaboradora deberá presentar una solicitud de adhesión y el convenio de colaboración. En el caso de las entidades que ya figuren como asociadas al convenio del año 2024, podrán emplear el trámite de adhesión simplificado sin necesidad de presentar de nuevo la documentación.

Las entidades interesadas podrán adherirse a partir de 15 de octubre y hasta el 7 de noviembre y el plazo para los particulares abrirá el 31 de octubre y finalizará el 1 de diciembre.

Accede aquí a la convocatoria de ayudas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies. OK | Más información