El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó este viernes la orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes en montes vecinales en mano común y agrupaciones forestales de gestión conjunta, dotadas con 3,9 millones de euros.
La Consellería de Medio Rural, a través de la Dirección General de Defensa del Monte, convoca estas ayudas para contribuir a aminorar las consecuencias y los impactos negativos que los incendios forestales puedan provocar sobre la capacidad potencial de desarrollo y producción de estos montes, con un presupuesto que se repartirá entre 2025 -2,5 millones de euros- y 2026 -1.400.000 euros-.
Las acciones que se subvencionan consistirán en el control de la biomasa en áreas cortafuegos, cortafuegos y franjas auxiliares de pista, con la finalidad de reducir la carga de combustible existente en el monte y crear zonas con discontinuidad horizontal y vertical, contribuyendo así a disminuir el riesgo de propagación de incendios forestales y a minimizar los daños causados por estos siniestros, en caso de que se produzcan.
Se concederán aportaciones para áreas cortafuegos en monte desarbolado para desbroce mecanizado con rozadora de cadenas o similar, con cerca de 590 euros por hectárea. Para montes en regeneración, serán más de 1.650 euros por hectárea para el rareo sistemático de regenerado forestal con tratamiento de restos.
Las ayudas se completan para los cortafuegos con 635 euros por hectárea para la mejora de franjas cortafuegos ya existentes con hoja de máquina y, para las franjas auxiliares de pista con o sin desbroce de la plataforma de rodadura, se destinarán casi 590 euros/ha si es desbroce mecanizado con desbrozadora arrastrada de cadenas o similar o con 734 euros/ha, en el caso del desbroce mecanizado con desbrozadora de brazo o similar.
Superficies mínimas para solicitar las ayudas
Los beneficiarios serán las personas titulares de los montes vecinales de mano común que cuenten, individualmente o agrupados, con superficies de más de 100 hectáreas, y las agrupaciones forestales de gestión conjunta deberán contar con más de 50 hectáreas. Además, las actuaciones se localizarán en zonas de alto o medio riesgo de incendios, es decir, que podrá abarcar todo el territorio de Galicia.
Las solicitudes se presentarán por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta. El plazo de presentación será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOG.