El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy la orden en la que se recogen las bases reguladoras para la concesión de indemnizaciones en materia de sanidad vegetal a los viveros o explotaciones agrícolas afectadas por alguno de los organismos de cuarentena establecidos en esta convocatoria, concedidas por la Consellería de Medio Rural con un presupuesto de 40.000 euros iniciales.
Los beneficiarios podrán ser personas físicas o jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, cuyos vegetales o productos vegetales fueran afectados por medidas fitosanitarias adoptadas en virtud de la declaración de la presencia de una plaga de cuarentena por la autoridad competente. Los organismos por los que se podrá solicitar una indemnización son la polilla guatemalteca de la patata, el Fusarium circinatum del pino y la flavescencia dorada de la vid.
En el caso de productores de plantas de vivero, estos deberán estar inscritos en los correspondientes registros oficiales, no siendo posible el otorgamiento de indemnización se en el momento de la inspección inicial el vivero no cumpliera este trámite.
Las aportaciones se destinarán para la financiación de procesos de destrucción, desinfección, esterilización o tratamiento aplicado a vegetales contaminados, a sustratos de cultivo y terrenos reconocidos como contaminados, o la materias de producción, acondicionamiento, embalaje o almacenamiento, así como a medios de transporte que estuvieran en contacto con dichos vegetales.
Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través de la sede electrónica de la Xunta. Además, el plazo para solicitarlas será de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el DOG.