El decreto de fertilización sostenible prohibirá la aplicación de purines en plato o abanico

El proyecto de la nueva normativa cierra la puerta a la continuidad de las excepciones actuales, si bien se abre ahora un plazo de alegaciones. Regula también la obligatoriedad de planes de abonado en cada explotación agraria y la medición del valor nutricional de los purines

El decreto de fertilización sostenible prohibirá la aplicación de purines en plato o abanico

El Ministerio de Agricultura ha abierto un periodo de consultas públicas para el proyecto de decreto de nutrición sostenible de los cultivos. Las alegaciones a la nueva regulación podrán presentarse hasta el 15 de octubre. En resumen, la normativa proyectada por Agricultura implantará mayores exigencias y controles sobre el abonado de las tierras agrarias, a imagen de lo que se había hecho en el 2012 con el decreto de uso sostenible de los fitosanitarios. El objetivo es reducir la emisión de gases y evitar la contaminación de las aguas.

Una primera cuestión a tener en cuenta para el agro gallego es que el proyecto ministerial prohíbe la aplicación de purines en plato o abanico, con lo cual, en principio, se cerraría la puerta a la continuidad de las excepciones actuales. El texto del decreto especifica que “cuando el contenido en humedad de los estiércoles sea igual o superior al 65%, se prohíbe su aplicación mediante sistema de plato, abanico y por cañón”.

Es una prohibición con la que se trata de reducir las emisiones de amoniaco a la atmósfera. Los dispositivos aconsejados para la aplicación son los siguientes:

  • Sistema de bandas con el uso de mangueras. El material se deposita en el suelo en bandas. Su empleo en terrenos desiguales es limitado y se requiere un material uniforme y con humedad elevada para evitar obturaciones. Se estima que reduce las emisiones de amoniaco un 40%.
  • Sistema de bandas de discos. El material se deposita en el suelo en pequeños surcos practicados por un apero de discos incorporado al equipo. Reduce las emisiones un 50%.
  • Inyección. El material se inyecta en el terreno mediante el empleo de maquinaria que deje el surco abierto. No se puede aplicar sobre praderas ni sobre cultivo, lo que limita su uso. Reduce las emisiones hasta un 50%.

Los estiércoles que tengan menos de un 65% de humedad podrán seguirse esparciendo como hasta ahora, pero se deberán enterrar en las primeras cuatro horas tras su aplicación mediante pase de arado, chísel u otros métodos de laboreo, salvo en pastos o tierras agrarias de siembra directa.

Nuevas obligaciones para el campo: plan de abonado, inspección de equipos y analíticas

El proyecto de decreto de nutrición sostenible de los cultivos implantará una serie de exigencias para controlar el correcto uso de fertilizantes y purines. Repasamos las principales novedades.

  • Cuaderno de explotación. Todas las aplicaciones de nutrientes o materia orgánica a las tierras agrarias deberán registrarse en el cuaderno de explotación en una nueva sección de ‘Fertilización’.
  • Plan de abonado. A partir del 2026, se implantarán planes de abonado para la mayoría de explotaciones agrarias. Serán obligatorios para los productores con más de 10 hectáreas de cultivos forrajeros. En patatas, huerta y frutales, serán obligatorios para todas las explotaciones profesionales, con independencia de las hectáreas que trabajen. Entre las exenciones, para Galicia es relevante el caso del viñedo, pues sólo se le exigirá el plan de abonado a los viticultores que tengan más de 10 hectáreas.
    El plan debe incluir un balance de las extracciones de nutrientes del cultivo y de las aportaciones. La cantidad total de nitrógeno aplicada no podrá superar en un 10% las necesidades de los cultivos. Se deberán tener también en cuenta los niveles de nutrientes existentes en el suelo, bien con analíticas propias, bien con datos aproximados procedentes de los mapas provinciales de análisis de suelos que elaborará el Ministerio.
  • Asesor agrónomo. Dos años después de la implantación del plan de abonado, la explotación deberá contar con el asesoramiento de un técnico autorizado para la aplicación de fertilizantes y purines.
  • Inspección de equipos aplicadores. Las abonadoras y aperos usados en la aplicación deberán pasar revisiones periódicas para garantizar su eficiencia agronómica y protección ambiental. Se dictará una orden ministerial posterior para regular estas inspecciones.
  • Apilamiento de estiércoles. Queda prohibido el apilamiento temporal al aire libre de estiércoles o fertilizantes orgánicos. Si hubiera que hacerlo, por logística de reparto, se hará a un mínimo de 300 metros de viviendas y explotaciones, siempre en momentos que no haya riesgo de lluvias torrenciales y lejos de corrientes de agua. Quedan excluidos de esta excepción los lodos de depuradora.
  • Valor nutricional del abono. El agricultor deberá conocer el valor nutricional del abono (para lo cual existen kits de medición rápida en el mercado), salvo en pequeñas explotaciones.
  • Empleo de urea. Sólo el 25% de las necesidades anuales de nitrógeno de un cultivo podrán aportarse mediante fertilizantes ureicos (urea y soluciones nitrogenadas).
  • Periodos a respetar tras la aplicación de purines. En aplicaciones en pastos, habrá que dejar pasar un mínimo de 21 días antes de que el ganado pueda entrar a pastar o se siegue la hierba. En cultivos, se dejará pasar un mínimo de 2 meses entre aplicación y cosecha. En frutales, deberán usarse antes del fin de la parada invernal de los árboles.
  • Distancia al agua. Los estiércoles con una humedad superior al 40% no se podrán aplicar a menos de 10 metros de las orillas de cauces de agua. Para el resto, la distancia mínima será de 5 metros.
  • Fosas de purines. Deberán estar a un mínimo de 50 metros de cauces de agua.
  • Lodos de depuradora. El empleo de estos materiales debe justificarse mediante un documento elaborado por un técnico competente, en calidad de asesor. Deberán indicarse dosis de uso y medidas de mitigación de la acumulación de metales pesados en el suelo. El agricultor incorporará al cuaderno de explotación toda la información referente a los lodos y a su valor nutricional.
  • Titulación habilitante para ejercer como asesor de fertilización. El asesor deberá tener un título que cumpla con la condición de sumar un mínimo de 40 créditos ECTS relacionados con la producción vegetal, de los que 12 deberán corresponder específicamente a fertilización. Entre los títulos válidos, siempre que cumplan la condición anterior, se incluyen los siguientes: licenciatura, ingeniería, ingeniería técnica, título de grado, máster o título de formación profesonal superior.

Más información
Consulta pública del proyecto de real decreto sobre nutrición sostenible de los cultivos.

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