El Gobierno mejora la fiscalidad para las ayudas de incorporación de jóvenes a la agricultura

El Boletín Oficial del Estado publicaba este miércoles la “Ley 8/2020, de 16 de diciembre, por la que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación”, entre las que se incluye una mejora en la fiscalidad de las ayudas de incorporación de los jóvenes a la agricultura.

Ha sido, durante muchas campañas una de las reivindicaciones históricas del sector y es a ahora cuando la modificación de la Ley 8/2020, por la que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación, incorpora, entre otras modificaciones, una que afecta especialmente a los jóvenes agricultores que se incorporan a su actividad.

En concreto, a partir de ahora las ayudas -que pueden oscilar entre los 20.000 y los 40.000 euros, dependiendo de la Comunidad y del tipo de incorporación- podrán imputarse en el Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas, dividido en cuartas partes, en el periodo impositivo en el que se obtengan y en los tres siguientes.

Además, en los casos de jóvenes que se incorporan como miembros de una empresa agrícola societaria, la ayuda para la primera instalación dentro del Marco Nacional de Desarrollo Rural que se destine a la adquisición de la parte de capital correspondiente, se considera ganancia patrimonial y, como novedad, podrá imputarse, igualmente, en el periodo impositivo en que se obtenga y en los tres siguientes dividido en cuartas partes.

Hasta ahora, al considerar la Agencia Tributaria, que estas ayudas eran subvenciones de capital, los beneficiarios tenían que sufragar la totalidad del impuesto en su totalidad en el primer ejercicio, un enorme desembolso teniendo en cuenta que para una ayuda de instalación de 24.000 euros hay que pagar unos 6000 euros en impuestos, dándose incluso la contradicción de que los beneficiarios tenían que pagar sin haber percibido en algunos casos la ayuda.

Enlace al cambio normativo.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies. OK | Más información