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Importe provisional de la ayuda asociada para las ganaderías que ceban terneros

Importe provisional de la ayuda asociada para las ganaderías que ceban terneros

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) publicó este lunes el importe provisional fijado para la ayuda asociada a aquellas ganaderías que ceben terneros.

En concreto, se han establecido los siguientes importes unitarios provisionales:

 27,586451 €/animal para los terneros cebados en la misma explotación de nacimiento en la región España Peninsular.
 15,055169 €/animal para los terneros cebados que proceden de otra explotación en la región España Peninsular.
 66,764490 €/animal para los terneros cebados en la misma explotación de nacimiento en la región Insular.
 45,829291 €/animal para los terneros cebados que proceden de otra explotación en la región Insular.

GRAFICA IMPORTE AXUDAS CEBO 2022 1

Ayuda por Derechos Especiales en 2014

Por otra parte, el FEGA también publica el importe provisioal de la ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de cebo que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.

En la campaña 2021, el número de animales comunicados por las comunidades autónomas que cumplen los requisitos establecidos para percibir la ayuda asciende a 29.686, según se desglosa a continuación por comunidades autónomas, lo que supone que el importe unitario provisional quede fijado en 47,598194 €/animal.

GRAFICA IMPORTE AXUDAS CEBO 2022 2

Con estos importes unitarios provisionales, se podrá realizar un primer pago de la ayuda asociada correspondiente, que no podrá superar el 90% del total a pagar, y siempre y cuando se hayan finalizado los controles administrativos y sobre el terreno.

Con posterioridad, las comunidades autónomas comunicarán de nuevo al FEGA, antes del 30 de abril de 2022, el número total de animales determinados para el pago de la ayuda, con objeto de poder calcular el importe unitario definitivo a aplicar, tanto a los pagos pendientes como a los pagos complementarios a los ya realizados con este importe unitario provisional.

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