El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) publicó esta semana el importe definitivo de las ayudas asociadas de la PAC 2022 por cebo de terneros, tanto en la propia explotación de nacimiento como en otra.
Para esta ayuda se diferencian dos regiones, España peninsular y región insular, diferenciándose éstas a su vez entre los animales que han sido cebados en la misma explotación de nacimiento o en cebaderos comunitarios gestionados por productores de vaca nodriza, de aquellos animales que han sido cebados y proceden de otra explotación.
Para el sub-régimen de ayuda para los terneros cebados en la misma explotación de nacimiento en la región España peninsular se estableció un importe unitario definitivo de 28,01 €/animal.
Para el sub-régimen de ayuda para los terneros cebados que proceden de otra explotación en la región España peninsular se fijó un importe unitario definitivo de 15,32 €/animal.
Para el sub-régimen de ayuda para los terneros cebados en la misma explotación de nacimiento en la región insular se acordó un importe unitario definitivo de 65,94 €/animal.
Para el sub-régimen de ayuda para los terneros cebados que proceden de otra explotación en la región insular la ayuda es de 42,41 €/animal.
A continuación, se incluyen los datos comunicados por las diferentes comunidades autónomas, y que han servido de base para la realización del cálculo de los distintos importes.
Ayuda por Derechos Especiales establecida en Sección 8ª del Capítulo II del Título IV del Real Decreto
El objetivo de estas ayudas es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones de vacuno de cebo, y asimismo, con carácter específico en el caso de la Ayuda Asociada establecida en la Sección 8ª del Capítulo II del Título IV del Real Decreto, prestar un apoyo a los ganaderos de vacuno de cebo que hayan sido titulares de derechos especiales en 2014, y que, en la solicitud única de cada campaña, no dispongan de hectáreas admisibles sobre las que activar derechos de pago básico.
Para esta ayuda asociada se ha establecido un importe unitario definitivo de 48,43 €/animal.
A continuación, se incluyen los datos comunicados por las diferentes comunidades autónomas, y que han servido de base para la realización del cálculo del importe.
Este importe unitario definitivo se aplica, tanto a los pagos pendientes como a los pagos complementarios a los ya realizados con el importe unitario provisional. Por lo tanto, con este importe unitario definitivo, ya es posible proceder al pago del 100% del importe total a abonar por los citados regímenes de ayuda.