Instrucciones para facilitar el acceso a las ayudas de los planes de mejora

La Consellería publica en su página web la Norma Complementaria de la Orden de ayudas para agricultores jóvenes, para pequeñas explotaciones y para planes de mejora

Instrucciones para facilitar el acceso a las ayudas de los planes de mejora

La Consellería de Medio Rural publica en su página web la Norma Complementaria de la Orden de 23 de diciembre de 2015 por la que se convocan para el año 2016 las ayudas para apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas, para la creación de empresas para los agricultores jóvenes, y para la creación de empresas para el desarrollo de pequeñas explotaciones, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en el marco del PDR de Galicia 2014_2020.

Esta norma contiene las instrucciones para adaptar la normativa a las distintas situaciones que se dan en las explotaciones agro-ganaderas, que se incorpora como anexo y que no puede ser contenidas en la orden por su especificidad técnica. Toda la información relativa la dichas instrucciones podrá ser consultada en el siguiente enlace: http://www.medioruralemar.xunta.es/es/areas/explotaciones/planes_de_mejora/

El 18 de septiembre es la fecha límite para presentar las licencias y autorizaciones para realizar las inversiones

Los aspectos más importantes que regula esta norma están relacionados con aspectos generales que afectan a las tres líneas de ayudas, como puede ser el establecimiento de los límites de inversión y la fecha desde la que se computan estos límites. Así, se establece el día 18 de septiembre de 2016 como fecha límite en la cual deberán estar presentados todo tipo de licencias y otras autorizaciones, informes o permisos necesarios para la realización de cualquiera de los gastos o inversiones contemplados en las solicitudes.

Por otra parte se establecen determinadas consideraciones referentes a las explotaciones agrarias, entre las que destacan lo que se entiende por explotación de autoconsumo, así como las dimensiones, rendimientos y condiciones particulares de las explotaciones.

Aclaración de detalles para solicitar las ayudas

También se regulan consideraciones generales sobre los beneficiarios de las ayudas para las distintas líneas y, en concreto, para la nueva línea de ayudas a pequeñas explotaciones en la que se establecen las condiciones mínimas iniciales que deberán cumplir las explotaciones para poder acceder a esta línea de ayudas.

Del mismo modo, en las ayudas de primera incorporación se aclaran determinados aspectos relacionados con la titularidad compartida y la cotitularidad de explotaciones. Por lo que respecta a las inversiones, se dictan instrucciones para regular los límites y la naturaleza de las inversiones elegibles en determinados bienes como la maquinaria agrícola, compra de tierras, praderas, cercas y las construcciones agrarias para las orientaciones productivas más solicitadas en estas líneas.

Por último, la norma complementaria añaden dos anexos en los que se reflejan los ingresos brutos y dimensiones mínimas de las principales orientaciones productivas, así como las claves y los módulos máximos de la mayoría de las inversiones solicitadas.

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