La Consellería de Medio Rural recuerda que sólo es legal utilizar productos fitosanitarios en Galicia “que estén registrados en España y con la etiqueta en castellano”. De lo contrario, se exponen a ser sancionados por el Seprona.
La Xunta responde así a los agricultores que se desplazan a Portugal para comprar productos fitosanitarios que son más baratos que en España. “En España no se permite comercializar ni emplear un producto que no esté registrado en España y con una etiqueta no redactada en castellano, ya que incumpliría las normas de etiquetado”, explica Víctor Novo, jefe del Servicio de Sanidad y Producción Vegetal de la Consellería de Medio Rural.
Además recuerda que “al no estar autorizado en España no puede tener logo de SIGFITO, por lo que incumpliría lo indicado en el R.D. 1416/2001 sobre eliminación de envases”.
El responsable de Sanidad y Producción Vegetal de la Xunta advierte también de que “no es posible realizar una comprobación de la equivalencia del registro de productos fitosanitarios entre España y Portugal, dado que dicha comprobación incluye conocer exactamente las composiciones de ambos productos (el de origen portugués y el autorizado en España), aún teniendo el mismo porcentaje de sustancia activa en la formulación o que el titular sea el mismo en Portugal que en España”.
Por último, Víctor Novo recuerda que en España está regulada la importación paralela, recogida en el artículo 52 del Reglamento 1107/2009. “Las aprobaciones para estas importaciones paralelas son concedidas por esta Dirección General, y se publican en la web del Ministerio”, subraya. “Otras importaciones que no estén recogidas en la web no son legales”, concluye.
Importaciones paralelas de productos fitosanitarios autorizados en España:
http://www.magrama.gob.es/agricultura/pags/fitos/registro/fichas/pdf/Importaciones_Paralelas.pdf
http://www.magrama.gob.es/agricultura/pags/fitos/registro/fichas/pdf/Importaciones_Paralelas.pdf