Las granjas deberán contar con un plan de bienestar animal elaborado por su veterinario

La medida se incluye en el proyecto de un Real Decreto sobre controles oficiales en materia de bienestar animal. El borrador permanece en consulta pública hasta el 13 de julio

Las granjas deberán contar con un plan de bienestar animal elaborado por su veterinario

El Ministerio de Agricultura tiene previsto aprobar a lo largo del 2022 un Real Decreto sobre controles oficiales en materia de bienestar animal. La medida se enmarca en los compromisos que le requirió la Comisión Europea a España para el Plan Estratégico Nacional de la PAC. Una de las principales novedades que introducirá la normativa es la obligación para todas las granjas de contar con un plan de bienestar animal, que hasta ahora sólo se exigía en el caso del porcino intensivo y de la avicultura.

Así, en vacuno, una vez que se apruebe el Real Decreto, los plazos que se estipulan para que las granjas se doten de un plan de bienestar animal es el siguiente:

– Explotaciones de más de 850 unidades de ganado mayor (UGM): 1 año.

– Granjas de 150 a 850 UGM: 2 años.

– Ganaderías de 21 a 150 UGM: 3 años.

– Desde 3 unidades de ganado mayor (UGM) hasta 20 UGM: 4 años.

En ovino y caprino se aplican plazos y baremos similares de UGM, si bien en principio, según se deduce del borrador, quedarían excluidas del deber de tener un plan de bienestar las ganaderías de menos de 10 cabras mayores de 12 meses o de menos de 30 ovejas mayores de 12 meses.

El plan de bienestar animal tendrá que estar elaborado por el veterinario de explotación, que será el encargado de asesorar e informar al propietario sobre las obligaciones y requisitos de la normativa vigente. El titular de la explotación será el responsable de que se disponga de dicho Plan y de que se mantenga actualizado, así como de que las personas trabajadoras de la granja lo conozcan.

Mesa de coordinación y Centro de referencia
El nuevo real decreto establece la creación de una mesa nacional de coordinación sobre protección de los animales, a fin de que haya un idóneo intercambio de información entre las autoridades responsables. Igual que en otros países, también se elegirá un Centro de Referencia de Bienestar Animal para dar apoyo científico al Ministerio. En principio, ese Centro será el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Cataluña (IRTA).

Porcino
En cuanto a modificaciones de la normativa sobre bienestar animal para las granjas, el proyecto de Real Decreto ahonda principalmente en el caso del porcino, un sector en el que se introducen cambios específicos. Se prohibirá por ejemplo el corte de la cola de los animales con carácter rutinario, si bien se permitirá un corte parcial de las colas siempre que sea recomendado por el veterinario de la explotación de manera justificada.

Tanto el raboteo como la reducción de las puntas de los dientes de los lechones sólo se autorizarán cuando se demuestren lesiones en las tetillas de las cerdas o en las orejas o rabos de otros cerdos durante el último año, Este tipo de lesiones tendrá que documentarse bien en controles en el matadero o con otro tipo de pruebas documentales.

La nueva normativa exigirá en el porcino también mejoras en comederos y bebederos, el control de los gases ambientales y una merma de la densidad ganadera.

Puede consultarse online el borrador del proyecto y también participar en la consulta pública abierta por el Ministerio de Agricultura hasta el 13 de julio.

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