Modificado el pliego de condiciones de la D.O Ribeira Sacra por el coronavirus

Para que el vino se pueda etiquetar cómo de una determinada cosecha, la normativa comunitaria permite que tenga hasta un 15% de vino de otros años. Ribeira Sacra había limitado ese 15% al año anterior de la cosecha, pero ahora elimina tal restricción de años

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Modificado el pliego de condiciones de la D.O Ribeira Sacra por el coronavirus

El pleno del Consejo Regulador de la Ribeira Sacra ha solicitado una modificación del pliego de condiciones de la denominación de origen (D.O) para adaptarla a la nueva realidad marcada por el coronavirus, que está dificultando la comercialización y consumo de vino. El cambio propuesto, que fue informado de manera favorable por Medio Rural, busca reconocer prácticas enológicas autorizadas por la normativa comunitaria.

La Comisión Europea permite que para que un vino se etiquete como de una determinada cosecha, lleve un 15% de vino de años anteriores, en tanto el restante 85% debe corresponder a uva de la vendimia de ese año. En la Ribeira Sacra se obligaba a que el 85% del vino fuese de la cosecha del año, en tanto que el restante 15% tenía que ser del año anterior o, en casos excepcionales, de dos años anteriores.

Dado que en la actualidad, los vinos tienen características que permiten consumirlos pasados varios años desde su elaboración, la D.O Ribeira Sacra decidió modificar su pliego de condiciones para adaptarlo a la normativa comunitaria. El Consejo Regulador recuerda además que hay bodegas en las que se no se embotella el vino hasta que por lo menos permanece un año en depósito, de cara a permitir una mayor estabilización del mismo.

Por otra parte, el coronavirus está limitando las exportaciones y la comercialización del vino en restauración, por lo que ante posibles nuevos episodios de crisis sanitaria, se decidió aprobar esta medida para facilitar en un futuro la comercialización de los vinos de la denominación de origen.

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