Nueva normativa en Galicia sobre marcado de huevos

El texto legal regula dónde debe realizarse el marcado y el código distintivo de los huevos, las autorizaciones y los supostos en que se puede exceptuar el marcado, las normas de etiquetado de los estuches y el embalaje de los huevos, el etiquetado facultativo y los controles a que están sometidos los centros de embalaje

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El consejo de gobierno de la Xunta de Galicia acaba de aprobar el decreto que regulará el marcado de huevos. El nuevo reglamento establece que los huevos vendidos directamente a los consumidores por el productor en la explotación, en la venta a domicilio o en un mercado público local seguirán quedando exentos de la obligación del marcado, siempre que cumplan los requisitos fijados en el decreto.

El texto legal regula todo lo relativo a dónde debe realizarse el marcado y el código distintivo de los huevos, el régimen de las autorizaciones, aquellos supuestos en que se puede exceptuar el marcado de huevos, las normas sobre el etiquetado de los estuches y el embalaje de los huevos, el etiquetado facultativo y los distintos controles a los que están sometidos los centros de embalaje.

Por otra parte, se permite, previa autorización, el marcado de los huevos también en los centros de embalaje y no solo en las granjas, al mismo tiempo que se agiliza el proceso de comercialización.

De esta forma, se establece la posibilidad de realizar el marcado de huevos en el primer centro de embalaje al que lleguen, siempre y cuando cuente con la preceptiva autorización, al margen de que, con carácter general, el marcado se llevará a cabo en su explotación de origen.

Se establece, además, que seguirán exentos de la obligación del marcado de huevos los vendidos directamente a la persona consumidora final por el productor en la explotación o en la venta a domicilio en Galicia.

También aquellos vendidos directamente al consumidor final en un mercado público local, siempre que cumplan dos requisitos: 1) que la explotación cuente con un máximo de 50 gallinas ponedoras 2) que el nombre y apellidos de la persona productora, en el caso de personas físicas, o la razón social para personas jurídicas, así como la dirección de la explotación, en ambos casos, estén indicadas en el punto de venta de forma claramente visible y legible.

El decreto, que cuenta con el dictamen favorable del Consello Consultivo de Galicia, será publicado próximamente en el Diario Oficial de Galicia (DOG) y entrará en vigor a los veinte días de su publicación en dicho boletín.

Según la Xunta, “el nuevo decreto responde a la obligación de respetar y trasladar la nueva normativa comunitaria y estatal, y establece un nuevo marco jurídico en esta materia que responda tanto a esa legislación como a las competencias que tiene Galicia en este ámbito”.

Desde el gobierno gallego señalan que “la autorización de marcado en los centros de embalaje, y las excepciones que se establecen a la obligación del marcado tienen especial incidencia en Galicia, teniendo en cuenta la importancia de la venta directa de este producto en nuestra Comunidad”.

Desde la Xunta recuerdan que “el sector de los huevos tiene una especial importancia en el territorio gallego, ya que nuestra comunidad cuenta con más de dos millones de gallinas, con un total de 94 explotaciones que producen anualmente cerca de cincuenta y dos millones de docenas de huevos. A estas cifras hay que añadir que Galicia cuenta con un total de 67 envasadoras de este producto».

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