Podrán plantarse eucaliptos en pinares con un 25% de mortandad por la banda marrón

Medio Rural detalla las claves de la instrucción técnica que publicará en los próximos días para aclarar las excepciones a la moratoria del eucalipto

Podrán plantarse eucaliptos en pinares con un 25% de mortandad por la banda marrón

La directora xeral de Ordenación e Planificación Forestal, Luisa Piñeiro, a la derecha, durante la visita a un pinar afectado por los hongos en Abadín (Lugo).

La Consellería del Medio Rural ha anunciado hoy que en los próximos días publicará la instrucción técnica para aclarar las excepciones a la moratoria del eucalipto. En concreto, se trata de facilitar la plantación de eucalipto en parcelas de pino gravemente afectadas por la banda marrón, según detalló hoy la directora xeral de Ordenación e Planificación Forestal, Luisa Piñeiro, durante una visita a un pinar de Abadín (Lugo) afectado por las bandas.

Piñeiro explicó que esta medida tiene como principal objetivo ayudar a los propietarios a frenar la expansión de esta enfermedad y darles una alternativa para evitar el abandono y aumentar la productividad del monte.

La instrucción concreta los trámites necesarios en relación a lo establecido en la Ley de medidas que acompaña los presupuestos de este año y que introduce dos flexibilizaciones en la moratoria del eucalipto hasta 2030.

Así, en esta norma se permite, por un lado, el traslado de la superficie de eucalipto a otra parcela, siempre y cuando la parcela inicial se transforme a coníferas o frondosas y la superficie de la nueva repoblación no supere, con carácter general, el 75% del eucalipto que había en la inicial.

Por otro lado, la segunda flexibilización abre la posibilidad de sustituir una masa de pinos gravemente afectados por la banda marrón por eucaliptos en un único turno de tala. La plantación de eucaliptos quedará limitada a un máximo del 50% de la superficie de pino eliminada y el otro 50% deberá repoblarse con cualquier otra especie de coníferas o frondosas.

Documentación precisa por los propietarios
De manera concreta, la plantación afectada por esta enfermedad tiene que estar en pie, salvo que se haya cortado después de la publicación de la Ley de medidas (31 de diciembre de 2025) y se tenga toda la documentación que lo acredite.

Sólo podrán beneficiarse de la excepción a la moratoria los pinares afectados por las bandas que se hayan cortado en 2026 o que se vayan a talar a partir de ahora

La gravedad de la afectación sanitaria y la inviabilidad técnica y económica de la masa deberán acreditarse mediante un informe técnico. Este documento tendrá que certificar el agente causal de la mortandad, con un boletín oficial de resultados emitido por un laboratorio de referencia o acreditado, aportar también evidencias gráficas georreferenciadas (fotografías) sobre la afectación y verificar la gravedad de afectación y la mortalidad real de la masa.

En esta línea, se considerará que existe una grave afectación sanitaria de la masa cuando la mortalidad real (pies muertos y puntisecos por hectárea) supere el 25% de la densidad objetivo establecida por el modelo silvícola correspondiente. Todos los pies que excedan de la densidad objetivo serán tenidos en cuenta para el cálculo de la mortalidad real de la masa.

Será preciso un análisis de laboratorio para certificar la causa de la mortandad del pinar. Podrá hacerlo el propietario o pedirle a la Administración que lo gestione

Conviene recordar que el modelo silvícola de pino radiata para sierra establece una densidad final de 300 – 400 pies por hectárea, tras sendas claras, una primera a los 10 – 15 años, cuando hay que dejar un máximo de 600 – 700 árboles por hectárea, y otra final, entre los 15 – 25 años.

Al mismo tiempo, la solicitud de repoblación incorporará una propuesta completa de reforestación, que incluirá cartografía con la delimitación de las superficies destinadas a eucalipto y la justificación de la viabilidad silvícola de la nueva configuración. Asimismo, y como ya quedó establecido a nivel normativo, la repoblación de eucalipto se limitará a un máximo de la superficie eliminada de pino (50% de la parcela) y a un único turno de tala, debiendo repoblarse el resto con otras especies permitidas. En todo caso, la Xunta podrá contrastar los datos aportados mediante inspección de campo.

A mayores, los interesados podrán optar por la posibilidad de solicitar que sea la administración forestal la que realice la toma de muestras y su análisis en laboratorio, previo pago de la tasa correspondiente.

Tratamientos
Al mismo tiempo, Piñeiro recordó que desde la llegada de las bandas a los montes gallegos, Medio Rural viene ofreciendo a los particulares la posibilidad de realizar tratamientos gratuitos contra los hongos de las bandas, una medida que continúa para todos aquellos interesados.

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