Preguntas y respuestas sobre las ayudas del pago verde en Galicia

El cambio en el período de verificación de cultivos en Galicia en la PAC 2017 suscita dudas en cuanto a la superficie de barbecho y la de interés ecológico o desde cuando empieza la justificación. Con la ayuda de técnicos del Fogga aclaramos estas dudas

Preguntas y respuestas sobre las ayudas del pago verde en Galicia

Paisaje agrario en Touro (A Coruña)

El día 30 de este mes finaliza el plazo para la presentación de las solicitudes de las ayudas de la PAC 2017, que este año vienen marcadas en Galicia por el cambio en el período de verificación de los cultivos para las ayudas del pago verde o greening, que pasa a ser de 15 de enero a 15 de abril (antes era de abril a junio).

Esto permitirá que las explotaciones ganaderas con más de 30 hectáreas de superficie declaradas puedan, en caso de que cumplan en los nuevos requisitos de diversificación de cultivos, dedicar hasta el 100% de su superficie a maíz forrajero.

Sin embargo, al publicar la Consellería la convocatoria de ayudas de la PAC para 2017 el día 1 de febrero, cuando la inmensa mayoría de las ganaderías ya tenían sembrados los cultivos de invierno, dificulta la adaptación al nuevo período de control y que tiren todo el provecho de este cambio. Además, hace que surjan dudas entre los ganaderos sobre aspectos como la superficie de barbecho, o de interés ecológico o desde cuando empieza la justificación.

A grandes rasgos, las explotaciones con más de 30 hectáreas de superficie tendrán que cumplir con la diversificación cultivos en el período principal, de 15 de enero a 15 de abril, teniendo en la superficie declarada como mínimo tres cultivos (praderas, un mínimo del 7,1% de leguminosas -consideradas como Superficie de Interés Ecológico-y/o restos de la cosecha anterior de maíz forrajero). De cumplir con este requisito del SIE la ganadería podría llegar a plantar esta primavera el 100% de la superficie de cultivo con maíz forrajero.

Si no cumplió con el SIE en el período principal, es decir, si no plantó leguminosas en invierno, la ganadería tendrá que dedicar en primavera un mínimo del 5% a barbecho, con lo que como máximo podrá plantar el 95% de la superficie a maíz forrajero.

La obligación de 3 cultivos es sólo para las explotaciones con más de 30 has de  tierras de cultivo mientras que las que tienen entre 10 y 30 has tendrían que tener 2 cultivos y los de menos de 10 has cobrarían siempre.

Con la ayuda de los técnicos del Fondo Gallego de Garantía Agraria (Fogga) intentaremos aclarar estas dudas:

Para la solicitud de la PAC 2017 ¿Se tendrán en cuenta los cultivos de invierno que se plantaron en otoño de 2016 o los que se van a plantar a partir de septiembre de este año?
En el control se determinarán en general los cultivos presentes en las parcelas durante el período principal de cultivo que va de 15 de enero a 15 de abril de 2017.

¿Cuando y como se declara la Superficie de Interés Ecológico?
La Superficie de Interés Ecológico (SIE) tendrá que ser de un mínimo del 5% de la tierra de cultivo de la explotación en caso de que se declare a barbecho. En este caso, deberán respetarse las condiciones de permanencia de un mínimo de 9 meses y no se haga ningún tipo de aprovechamiento (no puede haber pastoreo ni siega, más que unas labores mínimas de mantenimiento.

En caso de que el SIE se cubra con cultivos fijadores de nitrógeno tendrían que ser de un mínimo del 7,1% de la superficie de cultivo y estar en el terreno durante el período principal (De 15 de enero a 15 de abril).

Estos cultivos fijadores de nitrógeno pueden ser leguminosas forrajras (alfalfa, trébol, veza forrajera, guisante, esparceta y zulla) así como para grano para consumo humano o animal (judía, garbanzo, lenteja, guisante, habas y haboncillos, altramuz, algarroba, titarros, almorta, veza, yeros, alholva, alverja y alverjón).

Es decir, o bien se cumple con el SIE plantando leguminosas para ensilar en invierno, en el período principal, que es cuando se declaran, o sino habría que dejar el 5% de superficie a barbecho en verano.

¿Los restos de maíz de la cosecha de 2016 de forma excepcional se consideran este año como un segundo cultivo del período principal?
No. En el caso de inactividad entre dos cultivos (es decir, entre un cultivo en verano de 2016 y otro cultivo en verano de 2017), en el período principal habrá hierba espontánea con restos de la cosecha de 2016 o, en algunos casos, tierra ya preparada para la próxima siembra de un cultivo en 2017.

De acuerdo con indicaciones recibidas del FEGA, en este tipo de situaciones no se declara el producto 20 (barbecho no SIE), pues esta inactividad entre cultivos no se puede considerar barbecho, sino que corresponde declarar el producto de la cosecha posterior al período principal (la del verano de 2017): maíz o lo que corresponda. Es decir, se declarará solamente maíz en el periodo principal, siempre que entre maíz y maíz no se siembre nada.

¿Las praderas permanentes, podrían dedicarse a maíz en verano? De ser así  ¿se obligaría cumplir con la diversificación de cultivos (3) en el período principal y sobre el 100% de la superficie cultivable, por ejemplo con una combinación de 70% de raigrás, 7,1% de leguminosas y el resto de la superficie a un cereal para ensilar?
Sí, sería posible. En esta situación es preciso asegurar que el recinto se actualice a uso de Tierra Arable (TA), teniendo en cuenta el cultivo del verano. Dado que la aplicación SGA-Captura no permite recoger un cultivo principal y otro secundario que correspondan a usos distintos y que es preciso verificar ese cambio de uso en el 2017 mediante una alegación al SIGPAC, se hará la declaración de la siguiente manera:

– Se declarará como cultivo principal el pasto como si fuese ya pasto de menos de 5 años, por ejemplo declarando producto 63 (y no 64). De esta manera la aplicación indicará la necesidad de presentar la alegación a TA.

– Se declarará como cultivo secundario el cultivo herbáceo presente durante el verano. De este modo, la alegación a TA se resolverá verificando la presencia de este cultivo en verano.

Independientemente del cultivo que se siembre en verano, es obligatorio cumplir con la diversificación de cultivos en el período principal (del 15/01 al 15/04).

Si dedico más del 75% de la superficie cultivable en invierno a pradera temporal, ¿estoy exento del SIE y puedo dedicar el 100% de la superficie a maíz forrajero en el período secundario?
Sí, no será necesario contar con superficies de interés ecológico cuando más del 75% de las tierras de cultivo se utilicen para producir hierba u otros forrajes herbáceas, o se deje en barbecho, o se emplee para el cultivo de leguminosas, o se dedique a una combinación de estos usos, siempre que la tierra de cultivo restante no cubierta por estos usos no exceda las 30 hectáreas.

Un ejemplo práctico:

Una explotación con 50 ha, con 10 ha de pastos permanentes y 40 de tierras de cultivo, y que no cumple ninguna de las excepciones previstas en la normativa.

Tiene más 30 ha de tierras de cultivo, por lo que :

A efectos de la diversificación de cultivos tiene que tener por lo menos 3 cultivos entre el 15 de enero y el 15 de abril, y el principal no puede suponer más del 75% y la suma de los dos principales más del 95%.

A efectos de las SIE tiene que tener por lo menos 2 ha (5% de 40 ha) que en el caso de ser cultivos fijadores de nitrógeno tendrían que ser 2,86 ha (7,1%).

Si tiene más del 75% de pradera temporal se exime de cumplir con el SIE y con la diversificación, al seguir contando como cultivo herbáceo y superar el 75% de la tierra cultivable de la explotación, cumpliendo con la condicionalidad.

En 2017 las tres opciones del plan de siembra para esta primavera serían:

A) Si en el nuevo período de cultivo principal tuvo tres cultivos (pradera temporal y/o permanente, restos del cultivo secundario anterior (maíz forrajero) y un 7,1% de leguminosas (trébol, guisantes, favallón, veza forrajera, alfalfa..), cumpliendo por tanto con la diversificación de cultivos, el plan de cultivos para este verano podría ser:

10 ha de pastos permanentes
40 ha de maíz forrajero, girasol…etc

O:

50 ha de maíz forrajero (o girasol..etc) , si decide prescindir de las praderas permanentes y concentrar la producción de hierba para ensilar en el período principal (invierno), comprando hierba seca o paja. Esto obligaría a hacer alegaciones por cambio de uso de pasto permanente (PS) a tierra arable (TA).

En este caso, al tener el 100% como superficie cultivable, obligaría a cumplir con los tres cultivos en invierno -período principal-, por ejemplo, con raigrás, con un 7,1% mínimo de superficie cultivable a leguminosas y otro porcentaje con otro cultivo como centeno, avena…etc para ensilar.

B) Si tuvo en invierno más del 75% de pradera temporal en invierno, la explotación estará exenta del SIE, tanto de leguminosas como de barbecho, por lo que podrá plantar el 100% de la superficie a maíz forrajero.

C) Si en el período principal -en invierno- no cumplió con la diversificación de cultivos, sobre todo con el 7,1% de superficie de leguminosas:

-10 has de pastos permanentes
-38 ha de maíz forrajero.
-2 ha a barbecho.

O

-48 hectáreas a maíz forrajero (si decide prescindir de la pradera permanente para hierba seca).
-2 ha a barbecho.

En este caso, al tener el 100% como superficie cultivable, también obligaría a cumplir con los tres cultivos en el período principal.

Consideraciones relativas al nuevo período principal de cultivo

1. En el caso de cultivo de raigrás entre cultivos (sembrado tras recoger el maíz del verano de 2016 y recogido para sembrar maíz en el 2017), se declarará como producto principal de 2017, que es el presente durante el período principal. En este tipo de situaciones se declarará además como cultivo secundario en 2017 el producto presente en verano de 2017 (por ejemplo, maíz). Evidentemente entre cultivos de maíz (o cualquier otro) de los veranos de 2016 y 2017 se puede sembrar el cultivo que quiera el agricultor y será este el que se declare como cultivo principal.

En caso de que este cultivo principal sea alguno de los indicados en la tabla siguiente será necesario declarar además como cultivo secundario el producto presente en verano tal y como ya se explicó para el caso concreto del raigrás.
68 Festuca
69 Raygrass
70 Agrostis
71 Arrhenatherum
72 Dáctilo
73 Fleo
74 Poa
247 Cultivos mixtos de especies pratenses

Se tratará de igual manera el caso en que no hubo cultivo en verano de 2016 sino prado temporal (producto 63) que se se mantiene en el período principal de 2017 y luego se siembra un cultivo que estará presente en verano de 2017.

En estas situaciones declarara como cultivo principal el producto 63 y declarara también como cultivo secundario el del verano de 2017 (maíz o lo que corresponda).

2. En el caso de inactividad entre dos cultivos (es decir, entre un cultivo en verano de 2016 y otro cultivo en verano de 2017), en el período principal habrá hierba espontánea con restos de la cosecha de 2016 o, en algunos casos, tierra ya preparada para la próxima siembra de un cultivo en 2017. De acuerdo con indicaciones recibidas del FEGA, en este tipo de situaciones no se declara el producto 20 (barbecho no SIE), pues esta inactividad entre cultivos no se puede considerar barbecho, sino que corresponde declarar el producto de la cosecha posterior al período principal (la del verano de 2017): maíz o lo que corresponda.

3. En los casos de prado temporal sembrado dentro de una rotación tradicional (el prado está presente uno o más años completos), se declarará producto 63. Cinco años seguidos con esta declaración daría lugar a un uso PS.

4. En el caso de declaración de CFN para SIE como secundario en el 2016, volverá a declararse ese mismo producto CFN cómo principal en el 2017. Para asegurar que en años posteriores esta declaración no sea incidente en la verificación de la rotación de SIE deberá declararse como cultivo secundario en 2017 un producto presente en la parcela en verano de 2017 y que aproveche el nitrógeno fijado por el CFN previo.

5. Si es necesario para solicitar ayudas acopladas, podrá declararse cómo secundario (denominado ahora “otro cultivo”) el cultivo del verano de 2017 (por ejemplo, el girasol para solicitar la ayuda a los cultivos proteicos).

6. Las comprobaciones sobre el terreno de la diversificación en el período principal del 2017 exigirán, previsiblemente, teledetección.

7. En caso de que sobre un recinto con uso de Pradera Permanente (PS) el agricultor pretenda mantener el pasto durante el período principal de 2017 y posteriormente sembrar un cultivo (maíz u otro cultivo) que estaría presente durante el verano de 2017. En esta situación es preciso asegurar que el recinto se actualice a uso de Tierra Arable (TA), teniendo en cuenta el cultivo del verano. Dado que la aplicación SGA-Captura no permite recoger un cultivo principal y otro secundario que correspondan a usos distintos y que es preciso verificar ese cambio de uso en el 2017 mediante una alegación al SIGPAC, se hará la declaración de la siguiente manera:

-Se declarará como cultivo principal el pasto como si fuera ya pasto de menos de 5 años, por ejemplo declarando producto 63 (y no 64). De esta manera la aplicación indicará la necesidad de presentar la alegación a TA.
– Se declarará como cultivo secundario el cultivo herbáceo presente durante el verano. De este modo, la alegación a TA se resolverá verificando la presencia de este cultivo en verano.

8-A efectos del barbecho tradicional (producto 20) la pradera temporal es un cultivo más y el propio barbecho tradicional también se considera como un cultivo más, que incluso podría ser objeto de aprovechamiento. Por el contrario, si se pretende declarar un barbecho SIE (barbecho sin producción que se declara como producto 24), deberán respetarse las condiciones de permanencia de un mínimo de 9 meses y que no se haga ningún tipo de aprovechamiento (no puede haber pastoreo ni siega) más que unas labores mínimas de mantenimiento.

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