En función de la evolución de la situación de emergencia sanitaria derivada de la Covid-19, las comunidades de montes vecinales podrán aplazar la celebración de las asambleas generales anuales y la renovación de juntas rectoras, así como la actualización del censo de comuneros y del libro de contabilidad. Por tanto, también podrán aplazar la aprobación de actos obligatorios por la normativa vigente, como la comunicación anual de reinversiones.
La medida fue publicada estos días en la Ley de Acompañamiento de los presupuestos. La norma establece que cuando la renovación de la junta rectora se viese afectada por la emergencia sanitaria, su vigencia quedará prorrogada hasta el 31 de diciembre del 2021.
Durante ese tiempo, las juntas rectoras podrán tomar las decisiones que resulten indispensables y necesarias para la buena gobernanza y gestión del monte vecinal en mancomún. Una vez finalizado este período excepcional, deberán informar extensamente a los comuneros de la totalidad de los acuerdos adoptados y de los motivos que justificaron su adopción, y, asimismo, deben ser expresamente refrendados en la primera asamblea general que tenga lugar, en cuanto la situación sanitaria lo permita.
Las modificaciones previstas en la disposición publicada por la Xunta serán aplicables directamente a las comunidades de montes en mancomún, con independencia de lo que dispongan sus estatutos. No obstante, cuando se pretenda modificar los estatutos vigentes, estos deberán adaptarse íntegramente a lo dispuesto en esta norma.