La rinotraqueítis infecciosa bovina (IBR) es una enfermedad infectocontagiosa del ganado vacuno causada por el herpesvirus bovino tipo 1 (BoHV-1), caracterizada por producir infecciones latentes y distintos cuadros clínicos según la vía de entrada del virus y las prácticas de manejo o cría. Provoca un amplio rango de manifestaciones clínicas que incluyen rinotraqueítis, vulvovaginitis/balanopostitis pustular infecciosa, conjuntivitis, aborto, enteritis y también encefalitis. Esta enfermedad ocasiona pérdidas económicas directas en las explotaciones afectadas, así como limitaciones o restricciones tanto en el comercio intracomunitario como en las exportaciones con países terceros.
Para conocer cómo se encuentra la situación de esta enfermedad en España, y también en otros países, la Xunta de Galicia ha organizado una jornada formativa a través de la Axencia Galega da Calidade Alimentaria. En ella ha participado Elena Villacieros, de la Subdirección General de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad, quien ha explicado en qué punto se encuentra España respecto a esta enfermedad, cómo desde el Estado abordan este problema y qué previsiones hay de futuro.
España frente a otros países
Dentro de la nueva Ley de Sanidad Animal, esta infección quedó clasificada como Enfermedad Tipo C, lo que significa que los estados miembros deciden si ponen en marcha un programa de control voluntario o no. “De esta manera, cuando los animales vienen con destino España, como actualmente no tenemos status, no podemos solicitar ningún tipo de requisito con respecto a la IBR. Cuando los animales van con destino a país con programa o a un país o zona libre de la enfermedad tendríamos que cumplir una serie de normas que marcan ellos”, explica Villacieros.
Durante la exposición, mostró algunos países fuera de la UE con los que España mantiene relaciones de venta de animales y que tienen fijados unos requisitos para la entrada de animales. Uno de ellos es el Líbano, donde para la venta de animales para reproducción piden ausencia de síntomas en los meses anteriores y vacuna. En el caso de Egipto, los animales para engorde deben llevar vacuna marcadora desde hace, al menos, 21 días y no más de 6 meses o sino deben ser animales procedentes de explotaciones oficialmente indemnes con un ELISA de no menos de 30 días antes del embarque. Por su parte, Marruecos tiene requisitos para engorde y sacrificio. El rebaño debe estar libre de IBR al mesmos desde 2 años o los animales deberían estar vacunados con el número de días necesario según las especificaciones de la vacuna. Si no ha sido clasificado como libre de IBR/IPV y los animales objeto del presente envío han sido sometidos, al menos 15 días antes de su exportación a Marruecos, a una primera Inyección por las autoridades veterinarias oficiales. La revacunación (segunda inyección de la primo vacunación) se realizará en Marruecos por medio de la misma vacuna utilizada para la 1ª inyección (el país exportador suministrará las dosis necesarias para esta segunda inyección).
Necesidad de un programa nacional
Villacieros recalcó la necesidad de contar con un programa nacional para el control de la enfermedad y destacó que debería existir para evitar pérdidas directas que la enfermedad ocasiona en las explotaciones; para evitar la entrada en España de animales positivos del resto de la UE; para evitar quedar en inferioridad de condiciones comerciales respecto a otros territorios de la UE y también por las exigencias sanitarias de terceros países.
En 2018 ya se empezó a pensar en el Real Decreto. Se hizo un pequeño estudio de vigilancia para ver cuál era la situación de partida porque no había nada hecho a nivel nacional. Se tomaron muestras en unas 90 explotaciones de carne, cebo y leche para estimar la prevalencia interexplotación. Se tomaron muestras en función del censo que hay en cada una de las Comunidades Autónomas y a la vez que se preguntó por la vacuna.
Con este punto de partida publicaron el Real Decreto en septiembre de 2019, con el que se buscaba armonizar los requisitos a nivel nacional. “Era el momento de tratar de armonizar requisitos y sobre todo el objetivo principal de este programa era dejar de utilizar la vacuna convencional, prohibir la vacuna y dar un primer paso para el control a nivel nacional”, destacó la profesional. El objetivo a medio plazo de este RD era reducir prevalencias, realizar un mapa epidemiológico de la enfermedad con el fin de ir declarando explotaciones, zonas o regiones libres y presentar un programa a la Comisión para su aprobación. La experta aclara que “el programa que inicialmente se publicó era voluntario, pero la prohibición de vacunas sí afectaba a todas las explotaciones”.
También se estableció un estatus oficial frente a esta enfermedad basado en calificaciones oficiales de las explotaciones/zonas:
- IBR 0 Explotaciones donde se desconoce la situación sanitaria, no se aplica el programa o ést4e se ha incumplido.
- IBR 1 Explotaciones con animales gE+ en el grupo de edad 9-36 meses y vacunación con vacuna marcada.
- IBR 1- Explotaciones con muestreos en animales del grupo de edad 9-36 meses con resultado gE- en los últimos 12 meses y vacunación con vacuna marcada.
- IBR2 Explotaciones con muestreos en animales del grupo de edad 9-36 meses con resultado gE- en los últimos 24 meses y vacunación con vacuna marcada.
- IBR 3 Explotaciones con el 100 % de los animales mayores de 9 meses gE- y vacunación con vacuna marcada.
- IBR4 Explotaciones con el 100 % de los animales gB o gE- (animales vacunados antes de la obtención) y sin vacunación durante los últimos dos años.
A finales de 2021 se modificó el Real Decreto para ajustar algunos temas:
Régimen transitorio de movimientos: Prorrogar la posibilidad de mover animales gE negativos en los 15 días previos (excepcionalmente previa autorización en destino), de calificación inferior a superior. Se intentó fomentar que las pruebas fuesen origen. Desaparece definitivamente punto 2 y 3 de transitoria (movimiento de gE+). Únicamente destino a cebaderos o mataderos. Elimina del RD las opciones que incluyen test gE pooles de leche y establece suero como muestra para calificación. Límite máximo de 4 años para excluir del muestreo a los animales que se hubieran vacunado previamente con vacuna no marcada (covnencional). Período máximo de seis meses para el incumplimiento del programa vacunal obligatorio, la recuperación de la calificación -acreditada la correcta aplicación PV (máximo de 6 meses). Movimiento a través de tratantes, gE- al entrar en la explotación de destino, salvo un cebadero cuyo destino inmediato sea sacrificio.
Situación actual
Inicialmente, la idea era empezar con un programa obligatorio en 2025, de hecho, ya han redactado un borrador. En los últimos meses, han mantenido reuniones bilaterales con el sector para ver tiempos “porque siempre hemos tenido claro que había que dar el paso al lado del sector, trabajamos todos en la misma dirección y debemos ir alineados. En las últimas reuniones, a finales de 2023 nos mostraron su oposición a dar el paso al programa obligatorio. La entrada de la Enfermedad Hemorrágica (EHE), que ha pegado especialmente fuerte en algunas regiones y ha barrido algunas zonas, y ha dejado pérdidas importantes en explotaciones. Por ello, desde el sector nos piden esperar”.
Con el protocolo de falsos positivos, si hay positivos se repite el muestreo entre 30-90 días
El hecho de postponer la entrada del programa obligatorio se trató en el comité RASVE marzo 2024 y e en conjunto con todas las CCAA acordaron que con la oposición del sector “era mejor esperar”. Con esta situación, debían modificar el RD. “Estaba predestinado a morir a finales de 2024, pero si se va a quedar algunos años más, era necesario retocar algunos puntos”.
Protocolo de falsos positivos
Actualmente, en España también se cuenta con un borrador protocolo de actuación ante falsos positivos por ELISA frente a la glicoproteína gE. En el mismo se indica que las técnicas de ELISA diferencial disponibles y utilizadas para la detección de anticuerpos antigE poseen una alta sensibilidad, por encima de un 95 % y una especificidad moderada de alrededor de un 85 %. El porcentaje de falsos negativos, asociados a la sensibilidad, y de falsos positivos, asociados a la especificidad, con consecuencias en las explotaciones afectadas. En muestreos para calificación de IBR3 y mantenimiento de calificación de IBR3 e IBR4, en caso de que exista
Situación de Galicia
Ignacio Arnaiz y Jesús Javier Orejas Fernández, por parte de la Consellería de Medio Rural, fueron los que expusieron cómo está la situación actual en Galicia. Durante la exposición de Villacieros indicó que Galicia presenta estos datos: de IBR 0 25.191 explotaciones; IBR 1 94; IBR 1- 20; IBR 2 244; IBR 3 192 e IBR 4 1.957. Sin embargo, Orejas puntualizó que tienen constancia de 2.379 explotaciones en IBR4.
Orejas destacó que el control de esta enfermedad “es una carrera a largo plazo” por eso deben trabajar de manera constante para que las ganaderías se incorporen a las ADS. Puntualizó que el rural está envejeciendo y las ganaderías que actualmente se encuentran en las ADS “son aquellas más avanzadas, mientras que las de menor capacidad no se encuentran en el programa y son las más complicadas de introducir”.
Aclaró que si aumenta el número de explotaciones inscritas en las ADS, la aportación por parte de la administración “también se incrementará, porque los gastos que tendrán de personal y material serán mayores”. Orejas puntualiza que la manera de convencer para que se sumen a las ADS y poder colaborar con el control de la IBR es incentivándolos “con beneficios económicos y también sanitarios. Hay que buscar que sea atractivo”.
Cabe aclarar que a nivel autonómico hay seis comunidades que dan ayudas en distintos niveles. En Galicia, se cubre hasta un máximo del coste de analíticas en el laboratorio y también 100 % de la toma de muestras a través de ADSG, para vigilancia de la enfermedad. También se abona gastos en fungible y personal de ADSG.
Situación de Cantabria y Cataluña
Elena Diaz, de la Consejería de Desarrollo Rural de Cantabria, y Carles Riera, del Departamento de Acción Climática, también han participado en la mesa redonda para mostrar como se encuentra la situación en sus Comunidades Autónomas.
En el caso de Cantabria, contaban con un programa propio antes del Real Decreto que adaptaron cuando se aprobó esta norma. En las ADS (15 para toda la comunidad) cuentan con un 33 % de los animales y un 16 % de las explotaciones (carne y leche). “Las que se encuentran en IBR 4 son de leche, hay alguna puntual de carne, pero la mayoría son de leche”. El objetivo de la administración es que se lancen las que se encuentran en IBR1, 2 y 3 al IBR 4 y también que están fuera de las ADS se adhieran. “Sin incentivo económico no lo vemos fácil. Es cierto que disponemos de la ayuda de bienestar, que es uno de los requisitos para percibirla es pertenecer a una ADS. Pretendemos que otras ayudas paralelas tengan estos requisitos”. Otro incentivo importante es que en los mercados den valor a una IBR 4 con gE-, no solo al gE- del animal: “Es necesario buscar la manera para que en las ventas se les de más valor”.
En el caso de Cataluña, Riera indica que tan solo hay tres ADS para toda la comunidad: una concentra una comarca del noroeste, otra en cuatro comarcas del Ebro y otra abarca toda Cataluña. “La situación es muy diferente a la de Galicia o Cantabria, pero es cierto que hace unos días que dio un vuelco. Es posible que con dinero y obligatoriedad consigamos que las explotaciones se adhieran a las ADS y puedan así participar en el programa de control”.
En esta comunidad empezaron a controlar la enfermedad en 2021, “hasta entonces solo teníamos 5 explotaciones que hacían controles de forma oficial porque tenían la necesidad de ir a Francia. Estaban en una zona limítrofe con este país e iban a pastar”. Ahora están consiguiendo que se adhieran más con medidas como ayudas para sufragar el 80 % del coste de la vacuna.