Agricultura

¿Como deben almacenarse y transportarse los productos fitosanitarios?

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09/11/2015 12:31 am

El próximo 25 de noviembre entra en vigor el Real Decreto 1311/2012 de uso sostenible de productos fitosanitarios que también establece unas normas claras en lo relativo al almacenamiento y transporte por los usuarios de este tipo de productos.

En concreto, en lo relativo al transporte de productos fitosanitarios, el artículo 38 establece que:

- El transporte de productos fitosanitarios se realizará de manera que no se puedan producir vertidos.

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- Los envases se transportarán cerrados, colocados verticalmente y con apertura hacia la parte superior.

- Siempre que existan vías alternativas próximas, se evitará atravesar canales de agua con el equipo de tratamiento cargado con la mezcla del producto fitosanitario.

Y en cuanto al almacenamiento por parte de los usuarios, el artículo 40 del Real Decreto 1311/2012 establece que:

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- Los productos para uso profesional se guardarán en armarios o cuartos ventilados con cerradura para controlar el acceso a ellos.

-Estarán separados por pared de obra de cualquier local habitado y dispondrán de suficiente ventilación, natural o forzada, con salida al exterior.

- No estarán situados en las cercanías de las masas de agua superficiales o de los pozos de extracción de agua. Tampoco se podrán situar en áreas inundables.

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- Dispondrán de medios adecuados para recoger derrames accidentales.

- Dispondrán de un contenedor acondicionado con una bolsa de plástico para aislar los envases dañados, envases vacíos, los restos de producto y los restos de cualquier vertido accidental que hubiera producido hasta su entrega al gestor autorizado de residuos.

- Los consejos de seguridad, los procedimientos en caso de emergencia y los teléfonos de emergencia estarán a la vista.

- Los armarios estarán situados en zonas libres de humedades y protegidos de las temperaturas extremas. Deben estar aislados del resto de enseres del almacén, especialmente del material vegetal y de los productos para consumo humano o animal.

-Los productos deben guardarse cerrados, en posición vertical con cierre hacia arriba y con la etiqueta original íntegra y legible. El producto sobrante debe guardarse en su envase original y cerrado.

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