Forestal

La Xunta proyecta obligar a los propietarios a cortar el arbolado en los márgenes de líneas eléctricas

Unións Agrarias demanda la retirada de la medida, que supondría "nuevas cargas y obligaciones" para los afectados. El borrador de la ley de acompañamiento de los presupuestos del 2019 modificará también las distancias del arbolado a núcleo rural, parcelas agrarias y canales fluviales

Campo Galego 16/11/2018 2:44 pm

La ley de acompañamiento de los presupuestos de la Xunta para 2019 modificará la normativa sobre distancias de arbolado a infraestructuras, parcelas agrarias y viviendas. Una de las novedades radica en que la Administración obligará a los propietarios a cortar el arbolado en los márgenes de las líneas eléctricas, en concreto en los 5 metros contados "desde la proyección del conductor más externo, considerando su desviación máxima producida por el viento", según recoge el borrador de la llamada Lei de Medidas Fiscais.

Tal disposición es criticada por Unións Agrarias, que considera que la Xunta está legislando contra los propietarios forestales, "Se introducen nuevas cargas y obligaciones para los afectados, sin ningún tipo de compensación. Lo lógico es que esos 5 metros de franja sin arbolado se expropiasen como servidumbre por parte de las compañías eléctricas", defiende José Antonio Diéguez, de Ventonoso, un colectivo de propietarios afectados por parques eólicos ligado a Unións Agrarias.

La organización agraria cuestiona también otros cambios de la Lei de Montes que se efectuarán a través de la ley de acompañamiento de los presupuestos. "Las frondosas caducifolias tenían que mantener 15 metros de distancia con el suelo de núcleo rural, pero ahora se reduce esa limitación a 2 metros. ¿Qué pasa con todos los árboles próximos a un núcleo que se tuvieron que cortar en el último año bajo amenazas de multa?" -cuestiona el secretario de Desarrollo Rural de Unions, Jacobo Feijoo-. "Hay una clara falta de criterio, bandazos e improvisaciones", critica.

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Nuevas distancias a respetar por el arbolado

El proyecto de Lei de Medidas Fiscais e Administrativas, que previsiblemente se aprobará en las próximas semanas, deja las distancias reguladas para el arbolado tal y como sigue:

- A parcelas forestales, 2 metros.

- A suelo rústico de especial protección agropecuaria: 5 metros para frondosas caducifolias (antes eran 10 metros) y 10 metros para el resto.

- Desde el límite del dominio público de vías de comunicación (carreteras convencionales, vías rápidas, autopistas, autopistas, ferrocarril), 2 metros para frondosas caducifolias ( antes eran 4 metros) y 10 metros para el resto de especies.

- Con pistas, asfaltadas o no, de por lo menos 5 metros de ancho y que cuenten con por lo menos una cuneta: 2 metros las frondosas, 4 metros el resto de especies y 6 metros en los ayuntamientos declarados como zonas de alto riesgo.

- Con canales fluviales de más de 2 metros de ancho: 2 metros para frondosas caducifolias (antes eran 5 metros) y 15 metros en el resto de especies, a contar desde el dominio público.

- Con suelo urbano, suelo de núcleo rural y suelo urbanizable: 2 metros (antes eran 15 metros) cuando se empleen especies de frondosas caducifolias, y 50 metros en el resto de especies.

- Con edificaciones, urbanizaciones, depósitos de basura, parques e instalaciones industriales situadas a menos de 400 metros del monte o fuera de suelo urbano y de núcleo rural, y con viviendas aisladas en suelo rústico, independientemente de su distancia al monte: 15 metros cuando se empleen especies de frondosas caducifolias y 50 metros en el resto de especies.

- Con cámpings, gasolineras e industrias o instalaciones preexistentes en que se desarrollen actividades peligrosas: 15 metros para especies de frondosas caducifolias y 50 metros para el resto de especies.

- En instalaciones eléctricas, desde la proyección del conductor más externo, considerando su desviación máxima producida por el viento, según la normativa aplicable a cada caso: 5 metros para todas las especies.

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