Acuerdo para actualizar el Catastro en áreas intervenidas por la Lei de Recuperación de Terras

La Xunta y el Gobierno central firman un convenio de colaboración para actuar tanto en zonas de reestructuración parcelaria como en aldeas modelo, polígonos agroforestales o agrupaciones de gestión conjunta

Acuerdo para actualizar el Catastro en áreas intervenidas por la Lei de Recuperación de Terras

El conselleiro de Medio Rural, José González, y el director general del Catastro del Ministerio de Hacienda y Función Pública, Fernando de Aragón Amunárriz, acaban de firmar un convenio de colaboración para el establecimiento de procedimientos de intercambio de información y actualización de datos catastrales. El acuerdo se firmó en una reunión telemática entre ambas partes y conforme a lo establecido por la Ley de recuperación de la tierra agraria de Galicia. En representación de la Xunta, también participaron en el acto de firma el secretario general técnico de la Consellería de Medio Rural, Joaquín Macho, y la directora general de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural, Inés Santé.

Así, la Ley de recuperación permitirá iniciar la actualización del Catastro, una cuestión que es competencia exclusiva del Estado, a través de dicho Ministerio, pero en la cual Galicia quiere colaborar. Así, gracias a esta norma se llevarán a cabo procedimientos administrativos de revisión de titularidad, geométrica y topográfica, de aquellas parcelas en que exista un interés por recuperarlas y ponerlas en valor.

Por esta razón, la ley establece que, tras ese proceso de revisión, la Xunta notificará los resultados de la investigación al citado ministerio para que proceda a la actualización del Catastro, una vieja demanda de la ciudadanía y, nombradamente, de los propietarios de parcelas del rural. Este proceso se realizará a través de la formalización de este convenio entre la Xunta y el Estado, de cara a facilitar la información recopilada y actualizar con ella el Catastro.

Investigación de la titularidad

Por tanto, el principal objeto de esta cooperación es propiciar el intercambio de información derivada, entre otros, de los procesos de investigación de la titularidad de los bienes inmuebles existentes en suelo rústico o de núcleo rural, de la revisión geométrica y topográfica de predios y de los procedimientos e instrumentos de movilización y recuperación de tierras llevados a cabo por la Xunta.

Ambas partes firmantes consideran especialmente útil que la Consellería de Medio Rural pueda tramitar ante la Dirección General del Catastro las enmiendas de discrepancias y las audiencias a lindantes, con base en los levantamientos efectuados por el dicho departamento de la Xunta en los procedimientos administrativos de investigación de la titularidad y revisión geométrica y topográfica.

La cooperación institucional en el marco de este convenio se llevará a cabo con la creación de varios grupos de trabajo, que tendrán la misión de analizar los posibles procedimientos que conduzcan a la actualización del catastro. Los grupos funcionarán en los siguientes ámbitos: investigación de la titularidad; aprovechamientos forestales (talas); montes vecinales al contado común, montes de utilidad pública, montes de varas y montes patrimoniales de la Xunta; explotaciones agrarias y política agraria común (PAC); reestructuración parcelaria e instrumentos de movilización y recuperación de tierra previstos en la Ley de recuperación de la tierra agraria de Galicia y coordinación de actuaciones en materia de segregaciones.

En lo que respecta al grupo de trabajo sobre la investigación de la titularidad, este se esforzará en establecer mecanismos de colaboración entre la Xunta y el Catastro que faciliten la remisión de la información y documentación obtenida a partir de los trabajos hechos en el marco de los instrumentos de recuperación de la tierra. En consecuencia, este grupo trabajará para coordinar ambas administraciones en este ámbito, con el fin de que la remisión de los datos sea el más ágil posible.

Aprovechamientos de madera

El segundo grupo de trabajo tendrá como objetivo analizar, en un primero paso, el grado de coincidencia entre aquellos que se declaran titulares en los aprovechamientos de madera y los titulares catastrales para, en un segundo paso, establecer un procedimiento armonizado de notificación/comunicación automática de no coincidencias entre las administraciones firmantes del convenio.

El grupo de trabajo sobre montes vecinales al contado común, montes de utilidad pública, montes de varas y montes patrimoniales de la Xunta se centrará en analizar la situación, desde el punto de vista catastral, de las superficies ocupadas por estos terrenos forestales, así como en señalar la importancia de disponer de información y documentación sobre montes deslindados y catalogados.

Dentro del grupo sobre explotaciones agrarias y política agraria común (PAC) se promoverá el establecimiento de protocolos que permitan ajustar la información gráfica y alfanumérica de las bases de datos dependientes de la Xunta y del Estado a la realidad existente sobre el terreno.

El objetivo del grupo de trabajo de parcelarias y de instrumentos de la Ley de recuperación será, en primer lugar, facilitar la integración de las zonas de reestructuración parcelaria en proceso en Catastro y que ambas cartografías estén coordinadas desde el inicio del procedimiento de reestructuración. Se procura así que se puedan entregar los títulos de las parcelas de reestructuración parcelaria ya incorporadas al catastro y que, al mismo tiempo, las parcelas queden coordinadas en el Registro de la Propiedad en su totalidad. En cuanto a las herramientas de la ley, en el caso de los polígonos agroforestales que comporten procesos de reestructuración de las parcelas, el protocolo empleado será el mismo que el aplicado para las concentraciones parcelarias.

Polígonos y aldeas modelo

En el caso de los polígonos agroforestales que no impliquen reestructuración, así como en las aldeas modelo y en las agrupaciones de gestión conjunta, la Ley de recuperación regula que deben realizarse actuaciones de revisión geométrica y topográfica de las parcelas incluidas en su perímetro, así como de determinación de sus titulares. Conforme al convenio, se establece ahora que los resultados de estas actuaciones se trasladarán a la Dirección General del Catastro para que se puedan iniciar los procedimientos de actualización de la información cartográfica y de la titularidad de las parcelas.

Por último, el objetivo del grupo de trabajo sobre segregaciones es establecer mecanismos de cooperación entre las partes del convenio, con el fin de garantizar que los actos de segregación que se incorporen al Catastro se ajusten a la legalidad en el ámbito rústico. Hace falta tener en cuenta, en este sentido, que la Ley del suelo de Galicia es muy restrictiva en materia de segregaciones de terrenos rústicos. Sin embargo, para los supuestos o excepciones para secretar recogidos en la normativa agraria o forestal, se hace necesario coordinar las actuaciones para mejorar la eficacia de ambas administraciones que redunde en beneficio del interesado. En este caso, hace falta explicar que la segregación de predios es un acto que permite que una finca pueda ser subdividida en otras con áreas más pequeñas, para de este modo poder disponer de ellas separadamente de manera independiente.

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