El Gobierno aprueba un real decreto que desarrolla la figura del veterinario de explotación

La nueva norma recoge el contenido mínimo del plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas y establece la frecuencia obligatoria de las visitas zoosanitarias

El Gobierno aprueba un real decreto que desarrolla la figura del veterinario de explotación

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto que establece las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea (UE) de sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia de los titulares de las explotaciones ganaderas y al plan sanitario integral de éstas.

El nuevo real decreto desarrolla la figura del veterinario de explotación, recoge el contenido mínimo del plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas y establece la frecuencia mínima de las visitas zoosanitarias.

Esta norma se aplicará en todas las explotaciones ganaderas, a excepción de las granjas de autoconsumo, así como determinadas explotaciones en función de su tamaño consideradas de bajo riesgo.

Según establece el real decreto, el veterinario de explotación llevará a cabo una supervisión sanitaria y de bienestar animal de la explotación ganadera de manera presencial y de forma regular. Además, la frecuencia de las visitas zoosanitarias estará basada en el riesgo que presente la explotación e incluirán la supervisión de los aspectos recogidos en el Plan sanitario integral.

En dichas visitas, el veterinario realizará las recomendaciones pertinentes para subsanar las deficiencias que observe, incluidas aquellas destinadas a conseguir un uso sostenible de antibióticos. De igual forma, el veterinario asesorará al ganadero en materia de bioseguridad, trazabilidad, alimentación, detección temprana y respuesta rápida a las enfermedades y sobre la importancia de las resistencias antimicrobianas.

Dado que la salud y el bienestar de los animales están íntimamente relacionados, y que la valoración del bienestar de un animal sólo puede llevarse a cabo con el adecuado conocimiento de su situación sanitaria, el veterinario de explotación también será el encargado de diseñar el Plan de bienestar animal y supervisar su cumplimiento. El contenido de este plan se encuentra en su normativa específica.

Puede consultarse aquí el nuevo decreto, que desarrolla la figura del veterinario de explotación.

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