Lei de Recuperación da Terra Agraria: escenario y retos en el día 0

La normativa, publicada hoy en el Diario Oficial de Galicia, entra mañana en vigor con el objetivo de revertir el abandono. En las últimas tres décadas, se calcula que Galicia ha perdido más de 150.000 hectáreas de tierras agrarias

Lei de Recuperación da Terra Agraria: escenario y retos en el día 0

Montes del Macizo Central de Ourense afectados por incendios. / Archivo.

La Lei de Recuperación de Terra Agraria de Galicia ya está en marcha. Nace con un objetivo ambicioso, como es el de “poner a producir tierras abandonadas y aportarle base territorial suficiente a las explotaciones que lo precisan”, en palabras del conselleiro del Medio Rural, José González.

El reto no es pequeño, como prueban los datos. En las últimas tres décadas, se calcula que Galicia perdió más 150.000 hectáreas de tierras agrarias. Es una superficie que en parte quedó en el abandono, a matorral o colonizada por frondosas caducifolias, y en otra parte fue o forestada o urbanizada.

En paralelo al abandono, que se registró sobre todo en las comarcas del interior gallego con menor peso agrícola, las necesidades de tierra de las comarcas ganaderas continúan sin cubrir. Sólo las granjas de leche precisarían alrededor de 35.000 hectáreas adicionales, según calcula el Plan Estratégico del Sector Lácteo de Galicia.

Muestra del interés que hay por acceder a nuevas tierras, tanto con fines agrícolas como ganaderos o forestales, son los más de mil proyectos que se presentaron a la iniciativa de Medio Rural para solicitar fondos Next Generation orientados a movilizar tierras abandonadas.

¿Cómo afrontar ese doble reto de frenar el abandono y de poner tierras a disposición del campo?.

La Lei de Recuperación de Terra Agraria se presenta con el principal objetivo de ampliar los instrumentos para movilizar la tierra. En palabras del conselleiro de Medio Rural, que intervino hoy en una jornada sobre la nueva normativa, “la Lei es una caja de herramientas para poner en valor la tierra”.

Los nuevos instrumentos que ofrece, ya conocidos, son los siguientes:

  • Banco de Explotaciones. A mayores del Banco de Terras, que se pretende fortalecer, se crea un banco de explotaciones para que los productores que se jubilen y carezcan de relevo puedan arrendar o vender sus instalaciones, parcelas y maquinaria. La función del Banco sería la de intermediar entre oferta y demanda, pero los posibles acuerdos tendrían que pactarse de manera voluntaria y privada entre las dos partes.
  • Polígonos agroforestales: Los polígonos agroforestales podrán ser promovidos por iniciativa publica o privada con el objetivo de recuperar tierras en estado de abandono. En ambos casos se precisa disponer de un acuerdo mayoritario de las personas titulares, que representarán un mínimo del 70% de las tierras incluidas en el polígono agroforestal. Se exceptúa de ese deber el polígono cortafuegos, un tipo de iniciativa orientada a la prevención de incendios y que sólo podrá ser de promoción pública.

    En general, para la promoción de un polígono agroforestal, por lo menos un 50% de las tierras deberán estar en abandono o infrautilizadas. Si se trata de una iniciativa privada en la que entre una explotación agraria activa, para el cálculo no se contabilizarán las tierras trabajadas de esa explotación que se incluyan en el perímetro.

    De cara a reducir el minifundio de las parcelas, en los polígonos agroforestales podrán llevarse a cabo proyectos de reestructuración de la propiedad para asegurar un tamaño mínimo de parcelas. La superficie mínima de actuación será de 10 hectáreas.

  • Agrupaciones de gestión conjunta agrarias o forestales: Podrán ser promovidas por asociaciones sin ánimo de lucro, cooperativas, sociedades civiles, Sat, sociedades mercantiles o Sofor (en el caso de las agrupaciones forestales). Las agrupaciones agroganaderas de gestión conjunta deberán disponer de la gestión de una superficie mínima de 10 hectáreas. El objetivo es facilitar el aprovechamiento conjunto de las parcelas, sin hacer una reestructuración de la propiedad. Se deberá acreditar la disposición de los derechos de uso de un porcentaje superior al 70 por ciento de la superficie de las tierras incluidas en el ámbito de la iniciativa.
  • Aldeas modelo: Los ayuntamientos interesados en la declaración de una aldea modelo en su término municipal deberán presentar una solicitud acompañada de una propuesta de perímetro y de la documentación justificativa de que disponen del acuerdo del 70% de los propietarios del perímetro propuesto. El objetivo es dinamizar la actividad agraria alrededor de los núcleos de población, de forma que esas tierras actúen de cortafuegos en caso de incendio forestal.

El conselleiro de Medio Rural, José González destaca que todos estos instrumentos “ofrecen seguridad jurídica, se basan en la voluntariedad y proporcionan un beneficio económico para los propietarios de las tierras”.

Investigación de la propiedad
En el marco de los proyectos de movilización de tierras, todas aquellas superficies que sean de propietario desconocido se someterán a un proceso de investigación de la propiedad. En tanto no aparezca propietario, la Xunta estará facultada para arrendarlas durante 10 años. Si pasado ese plazo, no se produjera reclamación sobre su titularidad, esta pasará a la Agencia Gallega de Desarrollo Rural.

Inicialmente estaba previsto que las tierras pasaran a la propiedad de la Xunta a los 5 años, pero una enmienda del grupo socialista amplió a diez años el plazo. El conselleiro destacó que la Xunta aceptó alrededor de 300 enmiendas de los grupos de la oposición, por lo que consideró que es una norma “muy trabajada”.

Polémica sobre el Catálogo de usos de la tierra

La entrada en vigor de la Lei de Recuperación de Terra Agraria se completará en los próximos años con un Catálogo de suelos agropecuarios y forestales de Galicia. Ese catálogo, que prevalecerá sobre cualquier Plan General o clasificación previa, determinará los usos de toda la tierra de la comunidad.

Entre tanto no se elabora el Catálogo, los actuales usos de la tierra quedan bloqueados. Es decir, el suelo de especial protección agropecuaria o forestal mantendrá esos respectivos usos, en tanto el suelo rústico ordinario mantendrá su uso actual, no pudiendo variarse a otro uso, salvo en el caso de antiguas tierras agrícolas que se quieran recuperar del abandono. Es decir, si un suelo rústico ordinario es en la actualidad agrícola no podrá tener uso forestal.

El sector forestal ve con preocupación el bloqueo de la actual clasificación de usos del suelo, pues entienden que se deberían de poder forestar suelos rústicos abandonados

La normativa se presenta en principio como garantista de los usos agrarios del suelo, si bien desde el BNG se manifestó el temor de que la Lei de Recuperación de Terra Agraria esté al servicio de aumentar la superficie para el sector forestal.

Distinta es la óptica desde el sector forestal, donde ven preocupante el bloqueo de la actual clasificación de usos de la tierra, pues entienden que donde no exista demanda agraria, sería legítimo que hubiera flexibilidad para forestar suelos rústicos que ahora quedan abandonados, tanto suelos rústicos de especial protección agropecuaria como suelos rústicos ordinarios.

En relación con la ordenación de usos, también se prevé elaborar un mapa de usos agroforestales, en el que se tendrá en cuenta la información del Sigpac y del inventario forestal continuo de Galicia, así como las observaciones de campo donde sea preciso.

Antes de la aprobación del Catálogo, este tendrá que pasar por una Comisión de Gestión de las Tierras Agroforestales, un nuevo órgano consultivo de la Administración en el que participarán representantes de cooperativas, organizaciones agrarias y sector forestal.

También está prevista la creación de una Comisión de Precios y Valores de la Terra para fijar los precios de referencia del Banco de Terras.

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