Inscritos 5 montes de Pontevedra en el registro de masas de frondosas autóctonas

Los espacios se ubican en los concellos de Cerdedo - Cotobade (2), Fornelos de Montes, Moaña y Caldas de Reis. Medio Rural informa de que en la actualidad hay 40 solicitudes de inscripción en marcha

Inscritos 5 montes de Pontevedra en el registro de masas de frondosas autóctonas

Monte vecinal de Meira, en Moaña. / Archivo.

El Diario Oficial de Galicia ha publicado los anuncios por los que somete a información pública los procedimientos de inscripción de cinco montes de la provincia de Pontevedra en el Registro de Masas Consolidadas de Frondosas Autóctonas. En concreto, se trata de los montes de Casa das Minas (comunidad de monte vecinales de Chamadoira, en Cerdedo – Cotobade), de Limeres (monte vecinal, en Cerdedo – Cotobade), de Ventín (monte vecinal, en Fornelos de Montes), de Faro Aveloso (monte vecinal de Meira, en Moaña) y el monte Agüeiros, de la entidad local menor de Arcos da Condesa, en Caldas de Reis.

Cualquier persona podrá consultar los documentos correspondientes a estos expedientes en el servicio de Montes de la jefatura de Medio Rural de Pontevedra, pudiendo presentar las alegaciones que estime oportunas.

Desde Medio Rural informan de que en la actualidad están tramitando un total de 40 expedientes de inscripción en el Registro de Masas Consolidadas de Frondosas Autóctonas, que suponen en conjunto unas 2.000 hectáreas de terreno. De estos expedientes, 7 corresponden a la provincia de A Coruña, 17 a la de Lugo, 5 a la de Ourense y 11 a la de Pontevedra.

Contexto
En Galicia, según los datos del último inventario forestal, existe una superficie de masas de frondosas autóctonas de unas 415.000 hectáreas, dominadas principalmente por el roble, rebollo, castaño y abedul, ya sea en forma de masas de una sola especie o en mezclas.

El registro, puesto en marcha a inicios de año, pretende favorecer la gestión forestal activa de las masas inscritas, para lo cual el Decreto que lo regula establece una serie de medidas, como son la prioridad en la concesión de ayudas públicas o incluso el fomento de incentivos fiscales para sus titulares.

Para la inscripción de una masa de frondosas en el Registro, esta debe tener una superficie mínima de monte de 15 hectáreas, que pueden estar constituidas por tres cotos redondos, siempre que cada uno de ellos tenga un mínimo de 3,75 hectáreas (25% de la superficie mínima) y una edad media superior a 20 años.

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