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Principales cambios tras la flexibilización de las normas para granjas de vacuno

Las protestas de agricultores y ganaderos han llevado tanto a la Comisión Europea como a los Gobiernos de la mayoría de países a reaccionar. En España, el Ministerio de Agricultura ha anunciado un paquete de 43 medidas que cuentan con el beneplácito de organizaciones agrarias como UPA o Unión de Uniones, pero que son consideradas insuficientes por COAG y Asaja. Algunos de los cambios más destacados afectan a las granjas de vacuno, modificando las últimas normativas aprobadas, bien en los plazos de su entrada en vigor o en los requisitos exigidos, flexibilizando de este modo su aplicación. Repasamos a continuación los principales cambios tanto para ganaderías de leche como de carne:   El veterinario de explotación se retrasa un año Una de las modificaciones anunciadas tendrá aplicación inmediata. Es la relativa a la designación de veterinario de explotación por parte de todas las granjas de ganado vacuno con más de 5 UGM. La obligatoriedad de nombrar a un facultativo como responsable de la granja antes del próximo día 18 de mayo se pospone un año, hasta el 1 de junio de 2025, “con el objetivo de proporcionar más tiempo a los titulares de las explotaciones para adaptarse a la normativa”, argumenta el Ministerio.
La designación de un facultativo de referencia será obligatoria a partir del 1 de junio de 2025 y desde el 1 de julio de 2025 se llevará a cabo la identificación electrónica de los animales nacidos en la granja
Asimismo, se prorroga durante un año la exigencia de contar con Plan Sanitario Integral. Se trata de un documento previsto en el Real Decreto 364/2023 que integra medidas sanitarias, de higiene, bioseguridad y uso racional de medicamentos, que deberá ser elaborado por el veterinario de explotación y que forma parte del Sistema Integral de Gestión de las Explotaciones (SIGE), al que deberán adherirse las granjas de vacuno que cuenten con 20 o más UGM. Se modificará también el Real Decreto 787/2023 aplazando un año la obligatoriedad de la identificación electrónica en bovino, prevista para los animales nacidos a partir del 30 de junio de este año y que pasará a aplicarse a los animales nacidos a partir del 30 de junio de 2025. Plan de Bienestar Animal a partir de 2027 Otro de los cambios afecta a aspectos relativos a la normativa de bienestar animal incluidos en el Real Decreto 1053/2022 de Ordenación de Granjas Bovinas. El Plan de Bienestar Animal, exigible a todas las explotaciones de vacuno, se aplicará a partir de 2027 en todos los casos, eliminando su entrada en vigor con anterioridad en el caso de las granjas de nueva creación (que estaba previsto para 2026) y en las ya existentes de mayor tamaño (el 1 de enero de 2025 en las de más de 180 UGM).
El Ministerio regulará las características que deberán tener los patios exteriores al que deberán tener acceso los animales estabulados
Durante este impasse de tiempo, el Ministerio procederá a clarificar diversos aspectos de la normativa, relativos a la movilidad de los animales entre las explotaciones y el acceso a un ambiente exterior, ya que en lugares con climatoloxía adversa como Galicia la viabilidad de estos patios exteriores había sido puesta en duda por los representantes del sector.  En cuanto a las explotaciones que realizan pastoreo con sus animales, el Gobierno se compromete a la puesta en marcha de un Foro de ganadería extensiva, en el que participarán también las organizaciones agrarias y las comunidades autónomas con el objetivo de que sus conclusiones sirvan para reorientar la legislación aplicable y proponer medidas para garantir la continuidad y rentabilidad de las granjas haciendo frente a desafíos sanitarios como la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica. El MAPA avanza, en este sentido, que participará en la financiación de los gastos sanitarios que se deriven del tratamiento de la EHE por parte de las explotaciones. Cuaderno digital voluntario e incentivado Como ya había anunciado el Ministerio, la puesta en marcha del cuaderno digital, prevista para el mes de septiembre de este año en explotaciones de más de 30 ha declaradas en la PAC, tendrá carácter voluntario. Se concederán ayudas tanto a la creación y prestación de servicios de asesoramiento digital a los agricultores y ganaderos, así como a la formación e intercambio de conocimientos, de modo que estos servicios sean gratuitos para los productores. Del mismo modo, el Ministerio reitera, aunque sin concretarlos, que concederá incentivos directos a los agricultores y ganaderos que utilicen el cuaderno digital de manera voluntaria, simplificando además el contenido e información que se deberá volcar en él. Más tiempo para enterrar el estiércol en las fincas En relación al Real Decreto 1051/2022 de Nutrición Sostenible de Suelos Agrícolas, el Ministerio ofrece “flexibilizar las condiciones de apilamiento de estiércoles en la explotación y la ampliación del plazo para la aplicación en el suelo mediante enterramiento”, fijado actualmente en la normativa en las 12 horas posteriores, aunque sin aclarar un nuevo plazo. Para la aplicación de purines, también se propone “flexibilizar los requisitos en determinadas zonas en donde no es posible el uso de medios de aplicación mejorados”, lo que abre la puerta a permitir la utilización de cisternas convencionales en fincas de pequeño tamaño y a autorizar como alternativa a inyectores y tubos colgantes otros sistemas como el plato invertido.
La obligatoriedad de contar con planes de abonado y analíticas de suelos se retrasa a septiembre de 2025
En cuanto a los plazos establecidos en la normativa para que las explotaciones de más de 10 ha de superficie se doten de planes de abonado, en los que se realice una estimación de los nutrientes necesarios en cada finca, se retrasa un año esta obligación, de modo que queda establecida a partir de septiembre de este año para granjas situadas en zonas vulnerables a nitratos y a partir de septiembre de 2025 en el resto de los casos. Tal como se recoge en la normativa, el plan de abonado deberá contar con análisis de suelo de cada parcela así como con analíticas sobre la composición de los abonos orgánicos que se apliquen. También se aplaza un año la necesidad de contar con asesoramiento técnico, de forma que las explotaciones situadas en zonas no vulnerables deberán contar con un asesor en fertilización (o en su caso con una aplicación informática validada oficialmente) a partir del 1 de septiembre de 2026.

Marcha atrás en la condicionalidad reforzada y modificación de los ecorregímenes de la PAC

Se podrá sembrar durante tres años maíz y en el cuarto rotar con pradera Otro de los bloques principales en los que el Ministerio actuará para satisfacer las demandas de los productores será en la aplicación de la PAC, mediante diversas modificaciones del Plan Estratégico español (PEPAC). Estos cambios tocan algunos de los aspectos clave introducidos para el nuevo período 2023-2027, como son el cumplimiento de la condicionalidad reforzada para el derecho a cobro de las ayudas, de la que se exime a las granjas de menos de 10 ha y se suaviza para el resto de explotaciones, o los incentivos establecidos mediante prácticas beneficiosas para el medio ambiente (ecorregímenes), cuyos requisitos se vuelven también menos exigentes.
De la exención de la condicionalidad reforzada en las explotaciones de menos de 10 hectáreas se beneficiarán 345.000 productores, más de la mitad del total de perceptores de la PAC en España
Algunos de estos cambios (como las excepciones establecidas a la cobertura mínima del suelo en tierras de cultivo, la eliminación de la obligatoriedad de mantener un 4% de superficie no productiva o los cambios en las rotaciones de cultivos exigidas) tienen efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2024, por lo que se aplicarán ya a la actual campaña de solicitud de la PAC de este año, que ya está en marcha. Rotación de cultivos El cambio más significativo para las explotaciones lácteas gallegas se introduce en la BCAM 7 sobre rotación en tierras de cultivo, de forma que se da la posibilidad de cumplir con esta exigencia bien mediante la rotación de cultivo en la parcela tras tres años del mismo cultivo o bien mediante la diversificación, con los mismos umbrales de cultivos principales definidos para el pago verde en el período PAC anterior.
No será necesario dejar un 4% de la superficie sin cultivar para poder cobrar la PAC
En caso de que la explotación opte por la rotación, el año de referencia para comenzar a computar será 2023 en vez de 2021, de modo que una granja podrá sembrar únicamente maíz en la misma finca en 2023, 2024 y 2025 siempre que rote en 2026. Asimismo, se admitirá el uso de un cultivo secundario dentro del mismo año (por ejemplo una rotación intraanual maíz-hierba) para cumplir en una campaña con el requisito de rotación sin que la explotación haya tenido que hacer uso de este cultivo secundario en las dos campañas anteriores, tal como se establecía hasta ahora.
La obligación de rotación de cultivos se iguala a las condiciones del pago verde anterior
En cuanto a los ecorregímenes, el porcentaje de elementos no productivos necesarios para el cobro del ecorregimen de islas de biodiversidad se reduce del 7% al 4% de la superficie de pastos la explotación. Del mismo modo, para cumplir con los requisitos fijados en el ecorregimen de siega sostenible, el ganadero podrá decidir el período de 2 meses en el que no realizará la siega y no se limitará el número de cortes fuera de ese período. Una única inspección anual por granja El Ministerio propondrá a la Comisión Europea que se elimine la obligación de que los agricultores tomen fotos georreferenciadas de las distintas parcelas para demostrar el estado de sus cultivos, por lo que cuando la Administración responsable (en el caso de Galicia el FOGGA) requiera estas fotos para realizar un control, su envío será voluntario, y en caso de negarse el agricultor a realizar esta tarea, la Administración deberá realizar el control por otros medios. Cuando haya indicios de incumplimiento, se descontará la parcela objeto de la incidencia, sin que se apliquen penalizaciones.
Los titulares de las explotaciones no tendrán obligación de enviar fotos georeferenciadas de las parcelas para demostrar los cultivos existentes
De igual forma, se pretende que las comunidades autónomas alcancen el compromiso de coordinar a sus servicios de inspección de manera que se unifiquen todos los controles a realizar en una explotación en una única visita que concentre los distintos aspectos a comprobar, con independencia del tipo de control y normativa de aplicación. A nivel fiscal, los ecorregímenes mantendrán su exención de tributación hasta 2027 y se ampliará de 20.000 a 25.000 euros el límite de cobro de ayudas de minimis para agricultura y ganadería tanto a nivel de subvenciones convocadas a nivel estatal como de comunidades autónomas u otras administraciones.

Principales cambios que trae este 2024 con las normativas de abonado y cuaderno digital

El nuevo año arranca con cambios normativos importantes para el sector agroganadero. El Real Decreto de Nutrición Sostenible de Suelos Agrícolas supone modificaciones importantes en el manejo de purines, estiércoles y fertilizantes por parte de las explotaciones agroganaderas en un año en el que, tras su aplazamiento, comenzará a aplicarse también el Real Decreto que regula el uso del Cuaderno Digital. Desde el sector se pide flexibilidad y una implantación progresiva de estas nuevas normativas, pues se consideran imposibles de llevar a cabo en los términos y plazos fijados. Repasamos a continuación los principales aspectos que tienen obligación de cumplir las granjas desde el día 1 de enero. En primer lugar, y con el objetivo de reducir las emisiones de amoniaco, está prohibido desde comienzo de año echar el purín mediante sistemas de plato o abanico, excepto en una serie de excepciones: parcelas con pendientes superiores al 10% (donde solo se podrán aplicar purines producidos en la propia explotación), cuando la explotación tenga menos de 2 hectáreas de base territorial o cuando más de la mitad de la superficie de la explotación tenga una pendiente superior al 10%.
Los períodos de aplicación permitidos con plato o abanico para los casos que entran dentro de las excepciones del Real Decreto deberán ser definidos por la comunidad autónoma
Sin embargo, en estos terrenos tampoco se podrá aplicar purín en situaciones de elevadas temperaturas para evitar la evaporación de nitrógeno a la atmósfera. Esos períodos tienen que ser definidos, en cada caso, por las comunidades autónomas. En el resto de casos, los métodos permitidos para la aplicación del purín son los sistemas de bandas con mangueras flexibles o tubos rígidos, los sistemas de bandas con discos o rejas y los sistemas de inyección en el suelo. Enterrar el purín en las 12 horas siguientes El estiércol y purín sin transformar se podrá aplicar en tierras sin cultivo, pero deberá ser enterrado lo antes posible tras su aplicación (y siempre en las primeras 12 horas), excepto cuando se realice siembra directa, en agricultura de conservación o cuando se aplique en pastos. Tampoco será necesario enterrarlo cuando se aplique en la tierra mediante inyectores o sistemas de aplicación localizada, así como cuando ese purín haya sido previamente compostado.
En praderas, el purín tendrá que ser aplicado, como mínimo, 3 semanas antes del pastoreo o la siega de la hierba
En pastos el purín deberá ser aplicado con un mínimo de 21 días antes del pastoreo o la siega. En el resto de cultivos forrajeros habrá que esperar desde que se aplica un mínimo de 2 meses antes de la cosecha o 21 días si no hay contacto con las partes comestibles del cultivo. Distancias a cauces de agua Con carácter general, se prohíbe aplicar purín o estiércol en terrenos helados, con nieve, encharcados o en períodos de precipitaciones torrenciales. Hasta ahora no existía ningún tipo de limitación, excepto las establecidas para las zonas declaradas vulnerables a la contaminación por nitratos (en Galicia no hay ninguna por el momento) en cuanto a períodos de aplicación o condiciones meteorológicas. Tampoco había hasta el momento normativa concreta a respecto de las distancias a cauces de agua a la hora de fertilizar, más allá de instrucciones o recomendaciones de buenas prácticas. Pero desde el 1 de enero hay ya una prohibición expresa. No se podrá aplicar purín o estiércol a menos de 5 metros de ríos, riachuelos, lagos, costa marina, playas, captaciones de agua para consumo humano, pozos y fuentes. Tampoco se podrá aplicar purín en aquellos terrenos en los que por sus características puedan producirse arrastres de nutrientes a zonas de humedales. Las comunidades autónomas pueden establecer distancias superiores. Revisión de las abonadoras Se favorecerá el uso de fertilizantes que produzcan menos emisiones de amoniaco, teniendo en cuenta las características de los suelos, clima y cultivo. En el caso de la urea, será obligatorio emplear por lo menos un método para reducir las emisiones: incorporarla al suelo con un sistema de inyección o mezcla con la tierra; enterrarla antes de que transcurran 4 horas de su aplicación; emplear urea recubierta de polímeros u otros sistemas que inhiban la nitrificación o la ureasa.
Si se abona con urea, deberá estar protegida con inhibidores de la nitrificación o de la ureasa o ser enterrada antes de que transcurran 4 horas
La maquinaria de aplicación debe estar calibrada y en buen estado y se prevé el establecimiento de revisiones periódicas a las abonadoras, como las ya existentes para las sulfatadoras. Se fijan también períodos en los que estará prohibido realizar fertilización nitrogenada de determinados cultivos como el viñedo (de noviembre a febrero) o los cultivos de invierno (en verano), excepto que se empleen sistemas de riego localizada o técnicas de agricultura de precisión. Análisis de suelos y de purines Para tratar de ajustar lo más posible las dosis de fertilizantes, se deberá tener en cuenta el contenido en nitrógeno y fósforo del estiércol y purín, de manera que no se superen las necesidades del cultivo en estos nutrientes. Cada explotación deberá disponer de analíticas que determinen la composición NPK de su purín o estiércol. En caso de traerlo de otra granja, se deberá disponer de esta información procedente de la ganadería de origen.
Será necesario contar con una analítica de suelo de cada parcela como mínimo cada 5 años en regadío y cada 10 en secano
Para suplir el ingente número de analíticas que serían necesarias para cubrir la totalidad de granjas de vacuno, porcino, avicultura u otro tipo que producen purín y estiércol en Galicia, así como la totalidad de las fincas que trabajan, se prevé la publicación por parte de la comunidad autónoma de una serie de tablas de referencia sobre la composición media de los distintos tipos de abonos orgánicos en función de la especie, así como mapas de contenido medio de nutrientes del suelo por comarcas y tipos de suelo. Planes de Abonado Para evitar la sobrefertilización y el riesgo de contaminación de las aguas por nitratos, se establece el deber, a partir de 1 de septiembre de 2024, de que todas las granjas cuenten con un plan de abonado, en el que se incluya una estimación de los nutrientes que es preciso emplear, tanto de origen orgánico como mineral, en función de cada cultivo y de las analíticas de suelo. En este plan deberá indicarse el momento previsto de abonado, así como las medidas a adoptar para disminuir las emisiones de amoniaco y de otros gases contaminantes.
Los Planes de Abonado no serán obligatorios para las explotaciones con menos de 10 hectáreas de superficie de secano
El plan de abonado no será obligatorio para las explotaciones con menos de 10 hectáreas de superficie, siempre que sean de secano o estén dedicadas únicamente a pastos o cultivos forrajeros para autoconsumo en la propia granja. Las explotaciones deberán contar con asesoramiento técnico para la elaboración del plan de abonado desde el 1 de septiembre del 2025 (en zonas vulnerables a nitratos, desde un año antes) o basarse para hacer los cálculos de las dosis y fertilizantes a utilizar en una aplicación informática oficial que determine la Administración.

Sin definir los incentivos para la adopción voluntaria del Cuaderno Digital por parte de los agricultores

Las explotaciones deberán anotar las aplicaciones de productos fitosanitarios y abonos (tanto de origen orgánico como químico) realizadas en cada parcela en el Cuaderno Digital de la explotación, que entrará en vigor de manera progresiva durante este año y el próximo. Desde el día 1 de enero puede ser adoptado de manera voluntaria por las explotaciones. Aunque están sin definir qué incentivos se van a proponer, algunas comunidades autónomas, como por ejemplo Aragón, ya han anunciado una partida de 2,5 millones de euros para fomentar esta incorporación de las explotaciones al Cuaderno Digital. Transcurrido este primer período voluntario, a partir de 1 de septiembre será obligatorio ya para aquellas explotaciones que declaren más de 30 ha de tierras de cultivo y cultivos permanentes en la PAC y para las que tengan más de 5 ha de regadío o más de 0,1 ha de invernaderos. El resto tendrán un año más, hasta el 1 de septiembre de 2025, para incorporar el Cuaderno Digital.
Las ganaderías extensivas que no emplean fertilizantes químicos estarán exentas del Cuaderno Digital a no ser que soliciten ayudas de la PAC vinculadas a prácticas de pastoreo
Se establecen una serie de excepciones en este deber de digitalización, pudiendo mantener los registros en papel aquellas explotaciones que dispongan de una superficie de cultivos permanentes y tierras de cultivo (excluidos los pastos temporales) inferior a 5 hectáreas, siempre que no tengan más de una hectárea de regadío, y las ganaderías que dispongan únicamente de superficies de pastos (tanto temporales como permanentes), siempre que no apliquen fertilizantes (excepto el abonado derivado del propio ejercicio de pastoreo de los animales). Con todo, estas explotaciones estarían obligadas a cubrir el Cuaderno Digital en caso de solicitar los ecorregímenes de la PAC, ya que los titulares de explotación que soliciten ayudas por determinadas prácticas ambientales ligadas a superficies de pastos permanentes deben anotar determinadas acciones para beneficiarse de estos pagos (identificación de las parcelas de pastoreo, fechas, actividades en relación con la siega sostenible y las islas de biodiversidad, entre otras).
Las anotaciones de abonos y fitosanitarios deberán realizarse en el plazo de 30 días. Las comunidades volcarán los datos 2 veces al año al SIEX del Ministerio
En el caso de ganaderías extensivas en base a pasto que empleen abonos, deberán hacer solo en el Cuaderno Digital las anotaciones relativas a esas fincas en las que se ha fertilizado. Lo mismo sucede para los productores de huerta, por ejemplo, que cuenten con una superficie de invernadero superior a 0,1 ha y cultivos al aire libre, pues solo estarían obligados a hacer las anotaciones del invernadero siempre que la superficie total de la explotación no supere las 5 ha. Las explotaciones dispondrán de 30 días para anotar las aplicaciones realizadas en cada una de las parcelas, tanto de abonos como de productos fitosanitarios, en su Cuaderno Digital, que estará conectado con la aplicación oficial establecida por la comunidad autónoma. El volcado de datos al SIEX estatal se llevará a cabo dos veces al año.

Cuaderno Digital: novedades sobre su entrada en vigor y las explotaciones exentas

El Ministerio de Agricultura acaba de someter a consulta pública el proyecto que modifica el Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y el Cuaderno Digital, que sufre una nueva dilación, en este caso de 9 meses, posponiendo su entrada en vigor al 1 de septiembre de 2024 y estableciendo hasta entonces una serie de medidas de fomento para su adopción voluntaria por parte de las explotaciones.

El plazo inicialmente establecido para el Cuaderno Digital, el próximo 1 de septiembre, había sido pospuesto ya hasta el 1 de enero de 2024 y ahora el Ministerio decide aplazar esa entrada en vigor a septiembre de 2024, por lo que finalmente se dilata un año a respecto de la fecha inicial fijada.

La entrada en vigor en marzo de este año de la nueva Política Agrícola Común (PAC) para el período 2023-2027 ha establecido la entrada en vigor progresiva del cuaderno de explotación digital para avanzar hacia el objetivo de introducir la digitalización en la gestión de las explotaciones agrarias.

La obligación de usar el cuaderno digital será progresiva a partir de septiembre de 2024

Pero el Gobierno reconoce que “la entrada en vigor de este cuaderno digital ha coincidido con el primer año de aplicación de la PAC y ha supuesto un esfuerzo adicional para agricultores y ganaderos” por lo que el Ministerio decide “posponer la entrada en vigor del cuaderno de explotación digital, con el objeto de dar más tiempo al sector, agricultores y ganaderos y también a las entidades colaboradoras, para que se puedan familiarizar con las nuevas herramientas necesarias para su aplicación”.

En paralelo, hasta su entrada en vigor, se ponen en marcha medidas que promuevan el uso del cuaderno de explotación digital de manera voluntaria, con vantaxes e axudas para os agricultores e gandeiros que o utilicen. 

Quién debe usar el cuaderno digital y a partir de cuándo

La aplicación del cuaderno de explotación digital se realizará de forma progresiva a partir del 1 de septiembre de 2024. A partir de esa fecha, el cuaderno de explotación digital será obligatorio para las explotaciones que cuenten con una superficie total, sumando la superficie de tierras de cultivo y de cultivos permanentes, superior a 30 hectáreas; para las que sobre el total de su superficie de tierras de cultivo y de cultivos permanentes, tengan más 5 hectáreas de regadío; y para las que dispongan de cultivos bajo invernadero.

Las explotaciones pequeñas, exentas

A partir del 1 de septiembre de 2025 deberán emplear el cuaderno de explotación digital el resto de los productores, aunque se flexibiliza el uso del cuaderno de explotación digital, eximiendo de la obligación de su empleo a los agricultores con menor base territorial.

En concreto, las explotaciones más pequeñas quedarán exentas de la obligación de emplear el cuaderno digital cuando cuenten con una superficie agraria total menor o igual a 5 hectáreas, no dispongan de invernaderos ni de una superficie de regadío superior a 1 hectárea.

No tendrán obligación de cubrir el cuaderno digital las explotaciones con menos de 5 ha de superficie y aquellas que realicen pastoreo y no abonen

También estarán exentas de utilizar el cuaderno digital las ganaderías que dispongan únicamente de superficie de pastos, siempre que no realicen en ellas aplicaciones de fertilizantes que no sean las derivadas del propio ejercicio de pastoreo de los animales.

No obstante, estas explotaciones estarían obligadas en caso de solicitar los ecorregímenes de la PAC, ya que los titulares de explotación que soliciten ayudas por determinadas prácticas ambientales ligadas a superficies de pastos permanentes deben anotar determinadas acciones para beneficiarse de estos pagos (identificación de las parcelas de pastoreo, fechas, actividades en relación con la siega sostenible y las islas de biodiversidad, entre otras).

Medidas para fomentar el uso voluntario del cuaderno digital

Los agricultores que así lo deseen, podrán realizar, de forma voluntaria, todas las anotaciones del cuaderno digital a partir del 1 de enero de 2024.

El Ministerio de Agricultura promoverá la aplicación voluntaria mediante distintos tipos de acciones: concesión de ayudas específicas para promover la implantación del cuaderno digital y priorización o incremento de los importes cuando los beneficiarios hagan uso del cuaderno digital.

Menos controles en la PAC

El cuaderno de explotación digital supone cambiar del soporte en papel del cuaderno de explotación tradicional a un soporte digital que permita al agricultor sacar mejor provecho de la información que genera y poder trasmitirla a las administraciones por métodos telemáticos.

El cuaderno digital permitirá a las comunidades autónomas comprobar si se cumplen los requisitos de concesión de ecorregímenes y ayudas directas

La información individualizada sobre el uso de insumos en la agricultura permite a las autoridades competentes poder comprobar de una forma más sencilla el cumplimiento de la normativa, como es el caso de las anotaciones relacionadas con el cumplimiento de ciertos requisitos de los ecorregímenes y de las ayudas asociadas de los pagos directos de la PAC.

Por eso, el Ministerio indica de forma expresa que “en las solicitudes de ayuda de la PAC los beneficiarios que empleen el cuaderno de explotación digital de manera voluntaria estarán sometidos a menos controles y, en caso de aplicarse penalizaciones, éstas serán más reducidas”.

Planes de abonado

El cuaderno de explotación digital incluye la anotación de las aplicaciones de fitosanitarios y fertilizantes en todas las explotaciones agrícolas, con motivo de la entrada en vigor de la nueva normativa sobre nutrición sostenible de suelos agrarios. La herramienta de sostenibilidad agraria para nutrientes entrará en vigor el 1 de enero de 2024.

Los titulares de invernaderos con acceso al interior deberán utilizar el cuaderno digital de manera obligatoria para las aplicaciones de fertilizantes y fitosanitarios.

En los casos de ganaderías extensivas en las que se aplican fertilizantes a los pastos, los titulares deberán anotar las aplicaciones en el cuaderno digital a partir de 1 de septiembre de 2025.

La herramienta de sostenibilidad agraria para nutrientes entrará en vigor el 1 de enero de 2024

Con respecto a la fertilización, los agricultores que hagan uso voluntario del cuaderno de explotación digital con anterioridad a su empleo obligatorio podrán hacer uso de una herramienta digital de fertilización, con la que podrán dar cumplimiento a la obligación de disponer de un asesor de fertilización para cumplimentar el plan de abonado; estarán eximidos de la obligación de establecer medidas de mitigación ligadas al uso de urea; y podrán superar las tolerancias de nitrógeno y/o de fósforo si se cumplen el resto de los requisitos.

Reducción de costes de producción

La información registrada en los cuadernos de explotación es clave para la mejora en la gestión, permitiendo un uso más eficiente y sostenible de los insumos y, con ello, una reducción de los costes de producción.

El cuaderno digital permite combinar los datos con otras herramientas de fertilización, meteorológicas y con la información obtenida por la maquinaria de siembra y recolección

La introducción del cuaderno digital permite al agricultor la toma de decisiones basadas en datos y, con ello, mejorar la eficiencia en el consumo de inputs, contribuyendo además de a la reducción de costes, a aumentar su contribución medioambiental.

El cuaderno digital permite acceder a la lista de productos fitosanitarios autorizados, sistematizar la información sobre fertilización y conocer si se está haciendo un uso optimizado de estos insumos, acorde con el tipo de explotación, tipo de suelo, cultivo y zona.

“Intentamos facilitar las cosas al agricultor con un cuaderno de campo muy sencillo de utilizar”

José Senande es uno de los responsables del cuaderno de campo y explotación digital Osigris, una aplicación informática creada hace casi 4 años y que a día de hoy utilizan ya más de 10.000 explotaciones.

La intención de esta empresa gallega, que empezó en Cambre en 2019 y en la que trabajan 8 personas, es la de “facilitar al agricultor la transición hacia el cuaderno digital a través de una herramienta fácil de utilizar”, explican.

Más de 10.000 explotaciones utilizan ya a día de hoy el cuaderno de campo de Osigris

“Hemos creado un cuaderno de campo que es rápido y sencillo y que cuenta con el mejor soporte de apoyo. El agricultor, ganadero o técnico puede llamarnos en cualquier momento y les vamos guiando sobre cómo realizar las anotaciones o resolver posibles dudas o incidencias. Intentamos facilitar lo máximo posible los cambios que se avecinan”, explica Senande.

Ventajas de Osigris

Utilizar el cuaderno de campo de Osigris aporta una serie de ventajas a los titulares de las explotaciones agrícolas y ganaderas frente a otras herramientas disponibles. Por ejemplo, permite tener conectado a su técnico agrícola, para que pueda realizar las anotaciones y supervisar y corregir los datos introducidos.

“La norma establece un plazo muy corto, de sólo 30 días, para meter los datos de los distintos tratamientos fitosanitarios y aplicaciones de abonado; es un plazo muy ajustado, sobre todo en plena campaña, y no cumplirlo puede acarrear sanciones y penalizaciones importantes en la PAC”, advierte Senande.

La aplicación emite alertas individualizadas que avisan al agricultor si se pasa de las dosis máximas permitidas o comete un error en las anotaciones

Osigris actualiza cada semana los datos del Ministeiro relativos a los índices de referencia oficiales que se toman como base y genera alertas individualizadas sobre los límites de aplicación. “Avisamos si te pasas de las dosis permitidas o si se ha realizado una anotación incorrecta”, explica.

La aplicación está conectada a la herramienta SIEX del Ministerio, el sistema oficial para explotaciones agrícolas y ganaderas, pero a diferencia de esta plataforma, Osigris permite corregir los datos introducidos y subir la información una vez esta haya sido supervisada por el técnico agrícola que asesora a la explotación. “En la plataforma oficial si cometes un error tienes un problema”, alerta Senande.

Asequible a cualquier tipo de explotación

Osigris permite de forma sencilla cubrir el cuaderno de campo digital realizando las anotaciones de tratamientos fitosanitarios, aplicaciones de fertilización, siembras, labores y recolectas parcela a parcela tanto desde el móvil como desde la web.

La mayoría de cooperativas, distribuidores, técnicos y empresas de asesoramiento agrícola trabajan ya con Osigris, que es asequible para cualquier tipo de explotación.

Para recibir más información sobre el Cuaderno de Campo Osigris puede accederse a su página web, llamar al teléfono 627797153 o enviar un email a info@osigris.com.

“Quien trabaje fincas que no declara en la PAC tendrá problemas para justificar los fertilizantes y fitosanitarios”

Diana Freijeiro, durante su intervención en la jornada organizada por la Cooperativa Central de Frades El 2024 traerá cambios normativos de calado que van a obligar a las explotaciones ganaderas a llevar un control exhaustivo de las aplicaciones de purines, fertilizantes químicos y tratamientos fitosanitarios que hacen en cada parcela. Esta trazabilidad implica mayor dificultad para justificar el uso de abonos o herbicidas en fincas no declaradas en la PAC, que será la superficie que se tomará de referencia para el cálculo de los niveles medios de fertilizantes y fitosanitarios empleados por la explotación. “La información que se vuelca es la de la PAC, que normalmente es mucho menor que la superficie que realmente trabajan muchas explotaciones y van a saltar alertas de que a esas ganaderías les sobran por ejemplo 50 litros de herbicida o tantos kilos de abono”, alerta Diana Freijeiro, ingeniera agrónoma de la entidad de asesoramiento y gestión Agroenxeñería Galega, que recientemente participó en una jornada organizada por la Cooperativa Central de Frades sobre las nuevas normativas de uso de antibióticos, control de IBR, nutrición sostenible de suelos agrícolas y cuaderno digital. Llevar fincas sin contrato de arrendamiento Es una práctica habitual en Galicia que las explotaciones lecheras lleven fincas sin contratos de arrendamiento puesto que sus propietarios siguen declarándolas en la PAC para seguir cobrando los derechos históricos que poseen, a pesar de no ser ya en la realidad productores en activo. Esta situación, que se da de manera frecuente y que la última reforma de la PAC perpetuó hasta 2027, va a suponer un problema importante para muchas explotaciones a partir del próximo año, cuando el desfase entre superficie trabajada y superficie declarada sea importante.
Muchos propietarios con derechos históricos siguen cobrando la PAC sin trabajar las tierras
“Intentad convencer a la gente para que os alquile esas parcelas para ir regularizando ese tema, porque en Europa consideran eso un fraude. Hay que tratar de comprar los derechos y tener un contrato de alquiler con esos propietarios, ya que la PAC quiere que se comunique todo lo que se cultiva, donde se cultiva y los tratamientos y fitosanitarios que se les aplica”, les recomendó Diana a los ganaderos socios de la cooperativa de Frades. Muchos de ellos reconocieron estar en esta situación y reclamaron la implicación directa de la Administración, debido a toparse en muchos casos con la negativa de los dueños de las fincas a arrendárselas legalmente, para poder seguir de este modo cobrando ellos la PAC. “Es cierto que es difícil convencer a los propietarios, pero tiene implicaciones muy importantes para las explotaciones profesionales. Es un problema muy gordo que habría que resolver en conjunto”, concuerda Diana. Planes de Abonado Una de las obligaciones que tendrán todas las explotaciones agroganaderas que trabajen más de 10 hectáreas de terreno es la elaboración y aplicación de un Plan de Abonado que sirva de guía para la fertilización de todas las parcelas, y que será obligatorio a partir del 1 de septiembre de 2024. “Hay que hacer el Plan de Abonado, subirlo a la aplicación del SIEX (Sistema de Información de Explotaciones) y hacer las anotaciones pertinentes de las aplicaciones de fertilizantes: tipo de abono, dosis, fecha de aplicación, parcela, etc. Lo que hay que anotar es similar al de los fitosanitarios”, comparó Diana.
No veo viable cumplir esta normativa al 100% para el próximo año; no hay técnicos suficientes para gestionar todo esto
“No veo viable cumplir esta normativa al 100% para el próximo año; no hay técnicos suficientes para gestionar todo esto. Hay que marcarse objetivos pequeños e ir cumpliéndolos y las ganaderías tenéis que buscar ayuda, igual que tenéis un veterinario deberéis tener un ingeniero agrónomo que os lleve estos temas”, aseguró. Analíticas de suelos El Real Decreto de Nutrición Sostenible de Suelos Agrarios aboga por una aplicación de dosis ajustadas a las necesidades del suelo y el cultivo, para lo cual se hará imprescindible hacer analíticas tanto del nivel de nutrientes de las parcelas como de la composición de los abonos orgánicos que se vayan a aplicar.
En Galicia no hay ninguna empresa que haga análisis de metales pesados; hay que irse fuera y son caras
“El primer follón importante en comunidades como Galicia, donde abunda el minifundio, es tener que hacer una analítica de cada parcela que la explotación tiene. Las analíticas que realiza el CIAM cuestan 30 euros, pero para el análisis de metales pesados no existe en Galicia empresa que la haga, hay que irse a fuera y cuesta mucho más”, indica Diana, que explicó que “la Xunta está planteando como alternativa hacer una serie de catas por toda Galicia y realizar un mapa de referencia”. Aplicaciones de purín Las explotaciones tienen el deber de aumentar o, por lo menos, mantener el contenido en materia orgánica del suelo, bien mediante enmiendas orgánicas o con sistemas de cultivo que aporten materia orgánica al suelo. Para evitar esta pérdida de materia orgánica, se prioriza la aplicación de abonos orgánicos, preferentemente generados en la propia granja, a la utilización de abonos de síntesis química. “La norma enfatiza todo el tiempo el aprovechamiento de los fertilizantes orgánicos de la propia explotación. El estiércol y el purín es oro en este momento, pero no se puede echar en cualquiera sitio, de cualquier manera o en cualquier época”, matiza Diana, que advierte: “ahora hay normativa con la que se puede sancionar cuando no se respeten las franjas de 5 metros de seguridad a cauces fluviales”.
Si se va a llevar el purín a otra persona o traer purín o estiércol de otra granja, tiene que llevar una analítica NPK
Otra de las novedades que habrá que tener en cuenta a partir del año que viene es que si el purín o estiércol no se echa en una finca que forma parte de la explotación deberá contar con un análisis sobre su composición, lo que de nuevo va a dificultar su uso en parcelas sin contrato de arrendamiento o en las declaradas por otro titular en la PAC. “Si se va a llevar el purín a otra persona o traer purín o estiércol de otra granja, tiene que llevar una analítica NPK”, advirtió la ingeniera agrónoma. Índices nacionales de referencia El sistema que se va a aplicar a la hora de calcular los excesos de aplicación de abonos o fitosanitarios es semejante al que se va a poner en marcha en relación a los antibióticos, estableciendo unos índices nacionales medios de referencia y ejerciendo un control sobre las explotaciones que más se desvíen de esa media.
El sistema de control que se va a aplicar es semejante al de los medicamentos, solo que en el de los abonos estamos en el punto de partida mientras en los antibióticos está ya mucho más avanzado
“El objetivo de la Comisión Europea es llegar a 2030 con el 50% menos de fitosanitarios, al igual que en el caso de los antibióticos, solo que no hay datos a nivel nacional de aplicación de sulfatos y abonos, mientras que sí que los hay ya de antibióticos, pero en los próximos años se establecerá un índice nacional de referencia de abonos y fitosanitarios y cuanta mayor desviación tengamos en nuestra explotación con respecto a esos índices nacionales de referencia, mayor riesgo de sufrir una inspección vamos a tener”, argumenta Diana.

“En épocas de mucho trabajo, un mes es un plazo muy justo para hacer las anotaciones en el Cuaderno Digital”

Los nuevos reales decretos aprobados el año pasado trasladan a los titulares de explotaciones agroganaderas nuevas responsabilidades, como la de realizar el registro de los aportes de nutrientes y materia orgánica al suelo en un plazo no superior a un mes desde la fecha en la que se realiza la aplicación. Esta anotación debe realizarse en la nueva sección de fertilización del Cuaderno de Campo Digital, donde también deben subirse las aplicaciones de fitosanitarios. Este registro de tratamientos y abonado puede hacerla el propio ganadero, entrando con su certificado digital, o bien autorizar a un técnico o a una tercera persona para volcar los datos. “Yo entiendo que los ganaderos estéis enfadados, porque implica pasar más horas delante de un ordenador que con las vacas”, aseguró Diana, que recomendó a las explotaciones que se apoyen en técnicos externos o en aplicaciones informáticas existentes. “Existen herramientas que facilitan la toma de datos y las anotaciones, como puede ser Xeaga, el Cuaderno Digital de la Xunta, o Osigris, una aplicación creada por una empresa gallega”, ejemplificó.
Yo entiendo que los ganaderos estén enfadados, porque todo esto implica pasar más horas delante de un ordenador que con las vacas
Y llamó la atención sobre la necesidad de hacer bien esas anotaciones: “Si te equivocas poniendo una dosis, una fecha o una parcela después ya no se puede modificar, con todos los problemas que eso puede ocasionar de sanciones y demás implicaciones de cara a la PAC, por ejemplo”, alertó. Diana consideró también insuficiente un mes de plazo para hacer las anotaciones de fertilización y fitosanitarios en el Cuaderno Digital de Campo. “Un mes es muy justo, sobre todo en plena campaña o en épocas de mucho trabajo. Da poco tiempo y debería ampliarse ese plazo, porque por ejemplo en el caso de los medicamentos hay 2 meses para hacer la inscripción en PRESVET", comparó. 
El Cuaderno Digital entra en vigor el 1 de enero de 2024, pero desde el 1 de julio de este año ya se puede cubrir de forma voluntaria
El Cuaderno Digital pasará a ser obligatorio a partir del 1 de enero de 2024 para las explotaciones que declaren en la PAC más de 30 hectáreas de tierras de cultivo, más de 30 hectáreas de pastos permanentes o tengan más de 5 hectáreas de regadío. Para el resto de explotaciones se ha pospuesto la entrada en vigor hasta el 1 de septiembre de 2024. ITV de las abonadoras Además de asesoramiento a explotaciones en materia de abonado o fitosanitarios, Agroenxeñería Galega está autorizada para la realización de las inspecciones técnicas a los aperos y maquinaria destinada a la aplicación de tratamientos (ITEAF). Se pretende garantizar con estas inspecciones obligatorias de los distintos equipos su buen funcionamiento, lo que redunda en una aplicación segura para el medio ambiente y eficiente desde el punto de vista económico, permitiendo una aplicación de las dosis idóneas.
Va a haber que hacer controles de calibración de los aperos, por lo que si no tenéis dadas de alta las abonadoras aprovechad ahora para darlas de alta en el ROMA, porque después la cosa se complica
“Lo que viene ahora es la ITV de las abonadoras. Va a haber que hacer controles de calibración de los aperos empleados en la aplicación de abonos, como los que ya se hacen en las sulfatadoras y otra maquinaria de aplicación de fitosanitarios. Si no tenéis dadas de alta las abonadoras aprovechad ahora para darlas de alta en el ROMA, porque después la cosa se complica”, recomendó Diana a los ganaderos que asistieron a la jornada organizada por la Cooperativa Central de Frades.

¿Cuando entrará en vigor el cuaderno digital y el plan de abonado?

El Ministerio de Agricultura acaba de publicar una nota aclaratoria sobre la entrada en vigor del cuaderno digital de explotación agrícola. De forma general se puede considerar que la entrada en vigor de las obligaciones de realizar anotaciones en el cuaderno digital se retrasa hasta el 1 de enero de 2024 en las explotaciones grandes y hasta el 1 de enero de 2025 en las explotaciones pequeñas. Únicamente en casos muy puntuales donde dichas anotaciones sean relevantes para comprobar el cumplimiento de determinados ayudas de la PAC de la campaña 2024 o 2025, dichas obligaciones se adelantan al 1 de septiembre de 2023 y al 1 de septiembre de 2024 respectivamente: -Sólo afecta a beneficiarios de ecorregímenes que realicen las siguientes prácticas: . o Rotación con cultivos mejorantes/Siembra directa en tierras de cultivo de regadío, donde habrá que anotar información relativa a aplicación de fertilizantes. o Cubiertas vegetales e inertes en cultivos leñosos, respecto a las que habrá que anotar la información pertinente. - Sólo deben anotarse estos datos en relación con la campaña agrícola 2024 que deban ser tenidos en cuenta a efectos de la solicitud de estos ecorregímenes en la PAC 2024, en el caso de las explotaciones grandes. Y en el caso de las pequeñas, solo los datos relativos a la campaña PAC 2025.

Fases de entrada en vigor:

El artículo 16 del Real Decreto-ley 4/20231 establece una entrada en vigor progresiva del Cuaderno digital de Explotación Agrícola (CUE) en 4 fases. Estas fases se establecen en base a dos criterios: - Tamaño e intensificación de las explotaciones; - Tipo de información a cumplimentar. a) En función del tamaño e intensificación de la explotación las explotaciones se clasifican como: -GRANDES: aquellas explotaciones que cumplan alguna de las siguientes condiciones: 1.º Que superen alguna de las dimensiones máximas siguientes, establecidas por grupo de cultivo: i) 30 hectáreas de tierra de cultivo o ii) 30 hectáreas de pastos permanentes o iii) 10 hectáreas de cultivos permanentes o 2.º Que, sobre el total de su superficie agraria, tengan más de 5 hectáreas de regadío o 3.º Que dispongan de alguna parcela de invernadero. - PEQUEÑAS: el resto de las explotaciones. b) En función de la información a cumplimentar obligatoriamente en el CUE, se distinguen dos tipos de información: - Información relativa a la PAC: Se trata de la información a cumplimentar que se establece en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, relativa a las anotaciones de ecorregímenes y ayudas asociadas. - Resto de información establecida en el Real Decreto 1054/2022 y en la Orden APA/204/2023: Tratamientos fitosanitarios y fertilización, incluyendo los aspectos relativos al plan de abonado, en los casos en los que sea obligatorio disponer del plan de abonado.

Fechas para la entrada en vigor del cuaderno digital:

Se establecen 4 fechas de entrada en vigor en función de los criterios descritos en los anteriores apartados. - EXPLOTACIONES GRANDES: 1 de septiembre de 2023: Esta fecha coincide con el comienzo de la campaña agrícola de la PAC 2024. A partir de esa fecha, el titular de explotación solo deberá anotar en el cuaderno digital la información exigida para las ayudas de la PAC, y únicamente la relativa a la campaña 2024. Así, solo tendrá que realizar las anotaciones de los siguientes ecorregímenes, en caso de que los solicite: ▪ Tierras de cultivo de regadío: Rotación con cultivos mejorantes/Siembra directa: anotar hlas aplicaciones de fertilización. ▪ Cultivos leñosos: Cubiertas vegetales/inertes: Para ambas cubiertas: anotar la fecha de establecimiento, anchura de la cubierta y la anchura libre de la proyección de copa. Para cubiertas vegetales: anotar el tipo de mantenimiento que realiza sobre la cubierta. - 1 de enero de 2024: A partir de esa fecha, deberá cumplimentar el resto de información establecida en la normativa (tratamientos fitosanitarios, resto de información exigida para las ayudas de la PAC y aplicación de fertilizantes, incluyendo fertirrigación). - EXPLOTACIONES PEQUEÑAS - 1 de septiembre de 2024: Esta fecha coincide con el comienzo de la campaña agrícola de la PAC 2025. A partir de esa fecha, el titular de explotación solo deberá anotar en el cuaderno digital la información exigida para las ayudas de la PAC, y únicamente la relativa a la campaña 2025. Así, solo tendrá que realizar las anotaciones de los siguientes ecorregímenes, en caso de que los solicite: ▪ Tierras de cultivo de regadío: Rotación con cultivos mejorantes/Siembra directa: anotar las aplicaciones de fertilización. ▪ Cultivos leñosos: Cubiertas vegetales/inertes. Para ambas cubiertas: anotar la fecha de establecimiento, anchura de la cubierta y la anchura libre de la proyección de copa. Para cubiertas vegetales: anotar el tipo de mantenimiento que realiza sobre la cubierta. - 1 de enero de 2025: A partir de esa fecha, deberá cumplimentar el resto de información establecida en la normativa (tratamientos fitosanitarios, resto de información exigida para las ayudas de la PAC y aplicación de fertilizantes, incluyendo fertirrigación).

ACLARACIONES RESPECTO AL PLAN DE ABONADO:

La exigencia de disponer de un plan de abonado también va a depender de la tipología de la explotación y de las ayudas solicitadas. En primer lugar, cabe recordar que, ya desde la campaña 2023, todos los beneficiarios de los ecorregímenes que incluyen entre sus requisitos de subvencionabilidad una gestión sostenible de insumos (Rotación con cultivos mejorantes/Siembra directa en Tierras de cultivo de regadío, así como Espacios de biodiversidad en cultivos bajo agua), tanto explotaciones grandes como pequeñas, deben contar con un plan de abonado. En el resto de los casos, la obligación de disponer de un plan de abonado comienza el 1 de septiembre de 2024, salvo las explotaciones que no superen las 10 ha, siempre que sean de secano o que estén dedicadas únicamente a pastos o cultivos forrajeros para autoconsumo, que están exceptuadas de esta obligación. Además de disponer del Plan de abonado, en determinados casos será necesario que se anoten en el cuaderno digital de explotación determinados campos recogidos en dichos planes de abonado: • A partir del 1 de enero de 2024, en el caso de las explotaciones grandes que solicitan ecorregímenes que exigen la gestión sostenible de insumos. • A partir del 1 de septiembre de 2024, en el resto de las explotaciones grandes que no solicitan los ecorregímenes que exigen la gestión sostenible de insumos. • A partir del 1 de enero de 2025 en el caso de las explotaciones pequeñas en las que se exija disponer de un plan de abonado.